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Principios Contables


Enviado por   •  15 de Enero de 2015  •  438 Palabras (2 Páginas)  •  208 Visitas

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PRINCIPIO DE LEGALIDAD:

Se conoce como principio de legalidad a la prevalencia de la ley sobre cualquier actividad o función del poder público. Esto quiere decir que todo aquello que emane del Estado debe estar regido por la ley, y nunca por la voluntad de los individuos.

Un gobernante, de este modo, no puede actuar de manera contraria a lo establecido por la Constitución, que recopila las normas esenciales del Estado. De acuerdo al principio de legalidad, no alcanza con que el gobernante en cuestión haya sido elegido para ocupar su cargo por la votación popular ni que, al ganar una elección, haya sido investido como mandatario: todas sus medidas de gobierno deben ser sometidas a la ley.

Cuando un Estado respeta el principio de legalidad, puede ser calificado como un Estado de Derecho. El accionar estatal, en estos casos, encuentra su límite en la Constitución y no avasalla los derechos de ningún ciudadano.

En las democracias, el principio de legalidad es protegido por la división de poderes. Existe un ordenamiento jurídico que impide que el poder que interpreta las leyes sea el mismo que las propone o que las ejecuta. De lo contrario, un gobierno que cree las leyes a su antojo y que se encargue además de custodiar de manera directa su cumplimiento, siempre estará dentro del principio de legalidad aún cuando cometa atropellos, ya que las leyes serán meros instrumentos gubernamentales.

Aunque sus alcances están determinados según la Constitución de cada país, por lo general el derecho penal encuentra su base en el principio de legalidad. De este modo, se establece que un delito sólo puede ser considerado como tal cuando la ley lo especifica de manera expresa. Así, el principio de legalidad impide que una persona sea acusada y condenada de manera arbitraria por un delito.

http://definicion.de/principio-de-legalidad/#ixzz3OvFsmrMh

BIEN JURÍDICO

El concepto de bien jurídico ha cumplido hasta hoy importantes funciones

en la dogmática penal; lo ha hecho como criterio para la clasificación de

los delitos, y como elemento de base y límite al orden penal. Así, el bien jurídico

ha servido al liberalismo como barrera contenedora del poder punitivo. Sin

embargo, esta idea de bien jurídico como noción reductora de la coerción estatal

se encuentra actualmente en una de sus más fuertes crisis. Las críticas más duras

provienen de la pluma de Jakobs, en la doctrina alemana, y de la pluma de

Sancinetti, en la doctrina argentina. Pretendemos aquí exponer sucintamente las

aristas de la discusión actual en torno a la relevancia o no de esta noción desde

las teorías actuales.

http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/lye/revistas/86/07-ensayo-kierszenbaum.pdf

EXCLUSIVA INCRIMINACION

Debe

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