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Articulo 2° - Las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  3.075 Palabras (13 Páginas)  •  399 Visitas

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Articulo 2° - Las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones. se añade al articulo (disposición anterior).

Decreto de reforma: Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.

Con esto añade a la ley : así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales. Con esto lo que continua de la ley nos hace referencia de que se entiende por equilibrio entre los factores de producción y justicia social y también de lo que se entiende por trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.

Articulo 3°- en este artículo se reforma y deja de aparecer en el texto: exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. Para lo cual considero que se puede interpretar como una pérdida de derechos hacia al trabajador ya que no prevé un nivel decoroso de vida ni el sustento económico de la familia.

Se amplían los criterios que se entenderán por “Discriminación” y especifica que no se consideraran distinciones o preferencias las cualidades o calificaciones que tengan que ver con específica labor. También se aumenta texto y hace referencia al interés social de promover y vigilar la capacitación y como se deberá llevar acabo esta y las características que tendrá.

Art 3° bis- para efectos de ley hace referencia a lo que se entiende por “hostigamiento” y “acoso sexual”.

Articulo 4°-se modifican letras en el apartado donde nos especifican cuando se atacan los derechos de terceros en la fracción a) cuando se trate de substituir o substituya a un trabajador que reclame la reinstalación en su empleo sin haberse resuelto el caso por junta de conciliación y arbitraje. Haciéndonos tomar en cuenta que se lesionaran derechos de terceros solo en caso de que se reclame la reinstalación en su empleo haciendo de este caso una característica escencial a cumplir para que se violente el derecho.

Articulo 5°- en este articulo se agregan letras para efectos en la fracción VII: Un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a los obreros y a los trabajadores del campo; contemplando así también a los trabajadores de campo.

Articulo 15-A°, B,C,D .se adicionan fracciones que regulan los actos de subcontratación para efectos de ley.

Artículo 22 Bis.- se adiciona el artículo que habla de las disposiciones que se tendrán cuando autoridades encuentren a un menor de 14 años laborando fuera del círculo familiar y las sanciones que pueden imputarse a los que incurren en este delito.

Articulo 25°-que nos habla sobre los escritos de trabajo y lo que deben contener Se adicionan letras en fracciones 1, 2 y 4:

I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón;

II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba;

IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo;

Articulo 28°- nos habla de las prestaciones de servicios de trabajadores mexicanos a extranjeros y el legislador reforma casi por completo el artículo además de adicionar fracciones de ley a),b) c) d) que nos habla de las bajo qué condiciones será contratado y las disposiciones que se llegaran a dar, ya que antes solo se tomaba como referencia el articulo 25 de esta ley.

28-A° - Se adiciona, y nos habla de que en todo momento se salvaguardara los derechos del trabajador y las características y relaciones que se efectuaran entre gobiernos en una relación de trabajo en el extranjero.

Capítulo II

Duración de las Relaciones de Trabajo.

Artículo 35. Se reforman letras para efecto de ley y se adicionan Artículo 39-A ,b ,c ,d ,e ,f.

Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado. 39ª,b,c,d,f se habla de cómo se llevara acabo la relación de trabajo y que características tendrá.

Capítulo III

Suspensión de los Efectos de las Relaciones de Trabajo.

Artículo 42- que nos habla de las causas de suspensión temporal de la relación de prestar el servicio y pagar el salario se le adiciona la fracción VII que es anexada junto con la VII fracción que se refieren a los efectos de ley que generaran el trabajo por temporada y los contratos de temporada que deben darse.

Artículo 42 Bis.( se adiciona) En los casos en que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, que implique la suspensión de las labores, se estará a lo dispuesto por el artículo 429, fracción IV de esta Ley.

Articulo 43° . La suspensión a que se refiere el artículo 42 surtirá efectos: esto refiere a la fecha y circunstancias en la que la suspensión será efectiva.

Articulo 47°. Nos habla de las causas de la resección de la relación del trabajo sin ser responsabilidad del patrón y en su fracción II, VIII , XIVBIS, XV se adicionan letras para efectos de resección estas tienen que ver con conductas no adecuadas del empleado que generen recesión.

Articulo 48°. Se adicionan letras al artículo que nos hablan del proceder en la junta de conciliación y arbitraje en caso de que el patrón no compruebe la causa de la recesión de trabajo.

Articulo 50°. Habla de las indemnizaciones que se deberán hacer en caso de no comprobarse la recesión de trabajo y en su fracción III hace un anexo con el artículo 48 de esta ley para prever que se tendrá que cumplir con ella aunada a la indemnización.

Articulo 51°. Nos habla de las causas de la recesión de la relación del trabajo sin ser responsabilidad del trabajador, y se adicionan letras en sus fracciones II Y IX que como en las demás fracciones hacen referencia a las faltas en las que puede incurrir el patrón o cercanos del área de trabajo que sean causa de recesión de la relación sin responsabilidad para el trabajador.

Articulo 56°. Habla de las condiciones de trabajo que nunca deberán verse alteradas ni afectadas tomando como parámetro esta ley que da las características

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