2.5concepto Y Aspectos Generales De Disolución, Liquidación, Fusión, Transformación, Escisión De Sociedad
Enviado por David1810 • 3 de Febrero de 2014 • 731 Palabras (3 Páginas) • 4.045 Visitas
Disolución.
como apunta Mantilla Molina, es necesario aclarar que cuando se alude a la disolución de la sociedad se está haciendo referencia a la resolución del negocio social, y no a la extinción de la persona moral nacida de él, pues ésta, aunque pierde su capacidad para realizar nuevas operaciones, subsiste para efectos de resolver, en una etapa posterior llamada liquidación, los vínculos jurídicos establecidos por la sociedad con terceros y con sus propios socios y por los socios entre sí.
1. Disolución parcial
a. Concepto. "Se habla de disolución parcial cuando un socio deja de participar en la sociedad, cuando el vínculo jurídico que lo une a la sociedad queda roto." Es la extinción del vínculo jurídico que liga a uno de los socios con la sociedad. La disolución parcial se puede presentar por separación o por exclusión del o de los socios, pero antes se expondrán las causas comunes legales y estatutarias o convencionales de disolución parcial.
b. Causas legales comunes de disolución parcial. Aunque no todas ellas son aplicables a cualquier tipo de sociedad, las siguientes son las causas que producen la disolución del negocio social respecto del socio:
• Ejercicio del derecho de retiro por parte del socio.
• Violación de sus obligaciones.
• Comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la compañía.
• Declaración de quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el comercio.
• Muerte de uno o varios socios
2. Disolución total
a) Concepto. Para Mantilla Molina, la "disolución total de la sociedad no es sino un fenómeno previo a su extinción, a lograr la cual va encaminada la actividad social durante la etapa que sigue a la disolución, es decir, la liquidación."
b) Causas de disolución comunes a todas las sociedades mercantiles. El artículo 229 de la Ley General de Sociedades Mercantiles enumera las causas de disolución total comunes a todos los tipos de sociedades mercantiles. De acuerdo con el precepto mencionado, las sociedades se disuelven:
• Por expiración del plazo de duración estipulado en el contrato social.
• Por imposibilidad de realizar el objeto principal de la sociedad o por su consumación.
• Por acuerdo de los socios.
• Por la pérdida de las dos terceras partes o más del capital social.
• Porque el número de accionistas llegue a ser inferior a dos (en las sociedades anónimas y en la comandita por acciones)
• Realización habitual de actos ilícito. (art. 3 LGSM).
• Fusión con otra sociedad. (art. 224 LGSM)
Liquidación
Disuelta la sociedad, dice el artículo 234 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se pondrá en liquidación. La liquidación constituye la fase final del estado de disolución.
"Se entiende por liquidación
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