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ANALISIS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO


Enviado por   •  29 de Marzo de 2015  •  2.275 Palabras (10 Páginas)  •  345 Visitas

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

TLC

MEXICO – URUGUAY

ASIGNATURA : ANALISIS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

ASESOR : EDUARDO F. CONDOR SANCHEZ

ALUMNO : GALLEGOS TtITO NICO

CODIGO : 1120797

FACULTAD : ADMINISTRACIÓN y NEGOCIOS

AULA : A0803

SABADO 22 DE FEBRERO DEL 2014

INDICE

1. Resumen ejecutivo y reseña histórica. 1

2. Marco jurídico de los TLC. 2

3. Objetivos que persigue el tratado. 5

4. Temas de negociación. 6

5. Partidas arancelarias. 9

6. Indicadores macro económicos. 11

7. Identificación de oportunidades de negocio para el Perú. 11

8. Conclusiones y recomendaciones 12

9. Referencias bibliografía. 13

.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

1. RESUMEN EJECUTIVO Y RESEÑA HISTÓRICA

En julio de 2002, México y los Estados Partes del Mercosur suscribieron un acuerdo marco con el objetivo de crear un Área de Libre Comercio. En ese contexto, un mes después, México y Uruguay iniciaron la negociación de un Tratado de Libre Comercio (TLC), tomando como base las condiciones y preferencias arancelarias pactadas en el Acuerdo de Complementación Económica N° 5 (ACE 5).

El Tratado fue suscrito el 15 de noviembre de 2003 por los Presidentes Vicente Fox y Jorge Batlle, en el marco de la XIII Cumbre Iberoamericana, celebrada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia y entrará en vigor el 15 de julio de 2004.

Ambos gobiernos, decididos a:

 Reafirmar los lazos especiales de amistad y cooperación entre sus naciones;

 Fortalecer la integración económica regional, asegurando una mejor calidad de vida para sus pueblos;

 Desarrollar sus respectivos derechos y obligaciones derivados de los acuerdos de la organización mundial del comercio;

 Establecer un marco jurídico que propicie las condiciones necesarias para el crecimiento y la diversificación de las corrientes de comercio,

 Ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles para el desarrollo del comercio y la inversión;

 Crear un mercado más extenso y seguro para los bienes y los servicios producidos en sus territorios;

 Alentar la innovación y la creatividad y fomentar el comercio de bienes y servicios que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual;

 Asegurar un marco comercial previsible para la planeación de las actividades productivas y de inversión;

Han acordado:

2. MARCO JURÍDICO DE LOS TLC

Artículo 1-01: Establecimiento de la zona de libre comercio.

Las Partes establecen una zona de libre comercio de conformidad con lo dispuesto en el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994) y el artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios.

Artículo 1-02: Objetivos.

1. Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

• Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;

• Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios entre las Partes;

• Promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;

• Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;

• Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte;

• Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y

• Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.

2. Las Partes interpretarán y aplicarán las disposiciones de este Tratado a la luz de los objetivos establecidos en el párrafo 1 y de conformidad con las normas aplicables del derecho internacional.

Artículo 1-03: Relación con otros tratados y acuerdos internacionales.

1. Las Partes confirman los derechos y obligaciones vigentes entre ellas conforme al Acuerdo sobre la OMC y otros tratados y acuerdos de los que sean parte.

2. En caso de incompatibilidad entre las disposiciones de los tratados y acuerdos a que se refiere el párrafo 1 y las disposiciones de este Tratado, éstas últimas prevalecerán en la medida de la incompatibilidad.

Artículo 1-04: Observancia del Tratado.

Cada Parte asegurará, de conformidad con sus normas constitucionales, el cumplimiento de las disposiciones de este Tratado en su territorio en el ámbito federal o central, estatal o departamental, y municipal, respectivamente, salvo en los casos en que este Tratado disponga otra cosa.

Artículo 1-05: Sucesión de tratados.

Toda referencia a cualquier otro tratado o acuerdo internacional se entenderá hecha en los mismos términos a un tratado o acuerdo sucesor del cual sean parte las Partes.

Artículo 1-06: Petróleo.

El comercio del petróleo queda exceptuado de las disposiciones contenidas en el presente Tratado y se regirá por las respectivas normas vigentes en ambas Partes.

Artículo 1-07: Sector Automotriz.

El comercio de los bienes automotrices comprendidos en el ACE 55 y sus protocolos adicionales, se regirá exclusivamente por lo dispuesto en dichos instrumentos.

3. OBJETIVOS QUE PERSIGUE EL TRATADO

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de Trato Nacional, Trato de Nación más Favorecida y Transparencia, son los siguientes:

Estimular

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