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ANTOLOGIA MERCANTIL


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  634 Palabras (3 Páginas)  •  219 Visitas

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PRINCIPIOS PROCESALES MERCANTILES.

1.- Principio de la autonomía de la voluntad. El procedimiento mercantil preferente a todos es que libremente convengan las partes. 1051. (Convenio). Escritura pública. Póliza entre corredor. Convenio judicial “Respetando las formalidades esenciales del procedimiento”.

Para la validez del convenio se deben respetar las siguientes reglas:

1.- En el convenio se debe contener la previsión para el desahogo de la demanda, la contestación, las pruebas y los alegatos y además:

a).- El negocio o negocios en que se habrá de observar el procedimiento convenido.

b).- Substanciación que debe de observarse en el procedimiento pactado pudiéndose excluir algún medio de prueba siempre que no afecte las formalidades esenciales del procedimiento.

c).- Los términos que deberán seguirse durante el juicio cuando se modifiquen los que la Ley establece.

d).- Los recursos legales que se renuncien siempre que no se afecten formalidades esenciales del procedimiento.

e).- El juez que debe de conocer el litigio para el cual se conviene el procedimiento en los casos en que pueda prorrogarse la competencia.

f).- Se debe establecer el nombre de los otorgantes, su capacidad para obligarse, el cargo con el que contratan, sus domicilios y cualquier otro dato que defina la especialidad del procedimiento.

FUNDAMENTO ARTÍCULOS 1051, 1052 Y 1053 DEL CODIGO DE COMERCIO.

2.- PRINCIPIO DE RESERVA DE DERECHOS

En los juicios mercantiles ejecutivos si en la sentencia se desestima la acción sin estudiar el fondo del negocio, se reservan los derechos al actor para que los haga valer en el procedimiento que estima pertinente.

NOTA: No aplica tratándose de la improcedencia de vía ejecutiva cambio o vía ordinaria. (Fundamento artículo 1127 segundo párrafo del Código de Comercio

3.- PRINCIPIO DISPOSITIVO.

En los juicios mercantiles el impulso procesal le corresponde exclusivamente a las partes excepto en la suspensión de pagos y en la quiebra, procedimiento en los que puede obrar de oficio el juez.

4.- PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIA.

La resolución en los juicios mercantiles son apelables por regla general. (ya no con la reforma solo en juicios que excedan $200,000.00. Fundamento artículo 1339 del Código de Comercio)

5.- SUPLETORIEDAD DE LA LEY.

Se fundamenta en la analogía y está contemplado en el artículo 2 del Código de Comercio (para actos anteriores al 23 de Julio de 1996 son aplicables a los actos de comercio el derecho común, después del mes de Junio del 2003, son aplicables las del derecho común contenidas en el Código Civil aplicable en materia federal) y ahora después del mes de julio del 2008 la Legislación Civil Federal y en caso de que

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