ANÁLISIS ETIQUETADO NESQUIK
Enviado por Martha HC • 20 de Octubre de 2015 • Apuntes • 1.489 Palabras (6 Páginas) • 620 Visitas
ANÁLISIS ETIQUETADO NESQUIK
ETIQUETA
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Denominación del producto por parte de la empresa: “preparado alimenticio al cacao de disolución instantánea en leche caliente o fría, idóneo para el desayuno o la merienda.”
Ingredientes: Azúcar, cacao desgrasado (21,6%), minerales (carbonato de magnesio, pirofosfato férrico, sulfato de zinc), sal, vitaminas (C, B1, D), aceite de girasol, aroma, canela, emulgente (lecitina de soja).
REGLAMENTOS QUE APLICAN
Regulation (EU) No 1169/2011
Por ser un producto que lleva cacao en sus ingredientes podríamos pensar en que le aplique el Real Decreto 1055/2003, de 1 de Agosto de 2003, Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre los productos de cacao y chocolate destinados a la alimentación humana (B.O.E. 05.08.2003).
No aplica el decreto anterior porque nuestro producto, Nesquik, no se ajusta a ninguna de sus definiciones ya que no es sólo cacao en polvo, contiene a parte de cacao desgrasado más ingredientes como vitaminas, azúcares
Ficha de autocomprobación del etiquetado obligatorio para alimentos en general
INFORMACIÓN ALIMENTARIA OBLIGATORIA
1. Denominación del alimento
Preparado alimenticio al cacao de disolución instantánea en leche caliente o fría, idóneo para el desayuno o la merienda.
2. Denominación de nutriente/s y/o otra/s sustancia/s característico/s del producto.
No aplica
3. Lista de ingredientes en orden decreciente e indicación de los alérgenos con una referencia clara a la denominación de la sustancia o producto según figura en el anexo II del Reglamento y de manera destacada al resto.
Azúcar, cacao desgrasado (21,6%), minerales (carbonato de magnesio, pirofosfato férrico, sulfato de zinc), sal, vitaminas (C, B1, D), aceite de girasol, aroma, canela, emulgente (lecitina de soja).
4. Cantidad neta.
400 g
5. Fecha de caducidad o fecha de duración mínima.
Si cumple.
6. Las indicaciones 1, 4 y 11 están en el mismo campo visual.
Si cumple.
7. Condiciones de conservación o de utilización. Se indicarán, si procede, las condiciones y/o fecha límite de consumo una vez abierto el envase.
Consérvese en lugar fresco y seco.
8. Identificación de la empresa (responsable de la información alimentaria). Nombre/razón social y domicilio.
Si cumple.
9. Lugar de origen o procedencia (si su omisión puede inducir a error al consumidor).
No aplica
10. Modo de empleo.
Si cumple.
11. Las bebidas que tengan más de un 1,2% en volumen de alcohol, se especificará el grado alcohólico volumétrico adquirido.
No aplica.
16. No se incluyen afirmaciones que indiquen que una dieta equilibrada no aporta las cantidades adecuadas de nutrientes (obligatorio para complementos alimenticios y cualquier alimento que haga declaraciones nutricionales o de salud).
Si cumple.
LOTE
17. Hay que tener en cuenta que la indicación del lote es información obligatoria que debe aparecer en el etiquetado pero no viene establecido en el Reglamento 1169/2011, sino por el Real Decreto 1808/1991
Si cumple.
INFORMACIÓN NUTRICIONAL
18. Información cuantitativa nutricional de los o sustancias con declaraciones nutricionales o de propiedades saludables del producto por dosis diaria de producto recomendado y en % de la ingesta diaria de referencia (si la tiene).
Si cumple.
19. Información nutricional obligatoria (y en este orden): Valor energético (kJ y kcal), grasas, ácidos grasos saturados (se permite indicarlo como saturadas), hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal por 100 g o por 100 ml.
Si cumple.
20. Esta información nutricional se puede completar con la indicación de la cantidad de una o varias de las siguientes sustancias: ácidos grasos monoinsaturados (o monoinsaturadas), ácidos grasos poliinsaturados (o poliinsaturadas), polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas y/o minerales
Si cumple.
Añade la información nutricional de vitaminas y minerales.
21. Si se realiza alguna indicación cuantitativa sobre vitaminas y/o minerales, expresarlas además de por 100 g o 100 ml, en % de los valores de referencia de nutrientes (VRN) (anteriormente llamadas CDR) por 100 g o 100 ml.
Si cumple.
22. En caso de incluir los porcentajes de las ingestas de referencia (o GDA) por 100 g o 100 ml, se indicará la mención “Ingesta de referencia de un adulto medio (8400 kJ/2000 kcal)”.
Si cumple.
23. Opcionalmente, se puede repetir cierta información en el campo visual principal del envase: valor energético o valor energético, junto con grasas, ácidos grasos saturados (o saturadas), azúcares y sal.
Esta información se puede presentar por 100 g o 100 ml o por porción. Si se indica solo por porción, el valor energético además deberá incluir la información por 100 g o 100 ml.
No aplica.
DECLARACIONES NUTRICIONALES O DE PROPIEDADES SALUDABLES
24. En caso de realizar alguna declaración nutricional o de propiedades saludables (según lo establecido en el Reglamento 1924/2006) sobre algún nutriente o sustancia incluido en la lista de información nutricional obligatoria o adicional, se indicará la cantidad del nutriente o sustancia objeto de la declaración en la tabla de información nutricional.
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