Acta De Asamblea De Fundacion
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Acta de Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Civil “Movimiento Cultural Guayana”.
En el Centro de la ciudad de San Félix, casa Nº 2, Calle 5-B, Municipio Autónomo Caroní, del Estado Bolívar, siendo las cinco de la tarde (5:00 p.m.), del día 01 de Octubre de 2009, oportunidad fijada para que tenga lugar la Asamblea General Extraordinaria de la Junta Directiva de la Asociación Civil “Movimiento Cultural Guayana”, debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Caroní del Estado Bolívar de fecha Veintiocho (28) de Junio de 1988 y quedando anotado bajo el N° 34, Protocolo Primero, Tomo 28, Segundo Trimestre del año 1988. La misma se celebró en la sede de la Asociación, ya descrita anteriormente, con la asistencia de los siguientes Directivos: CIFREDO JOSÉ LIRA: Presidente; HENRY GUEVARA: Secretario de Propaganda y Publicidad; ORLANDO IBARRA: Secretario de Disciplina; DANNY EUREA: secretario de Acatas y Correspondencias; y RAFAEL MOTA: Tesorero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-6.614.320, V-9.281.019, V-9.945.328, V-10.385.446, V-4.940.384, V-8.954.107, V-8.180.425, respectivamente, y en calidad de invitados a los ciudadanos Alpidio Pacheco y Virgilio Castillo, titulares de las Cédula de Identidad Nº V-9.281.019 y V-9.945.328, respectivamente, en virtud de encontrarse presente la totalidad de la junta Directiva, se declaró válidamente constituída la Asamblea General Extraordinaria, seguidamente el ciudadano CIFREDO JOSÉ LIRA, antes identificado y en su carácter de Presidente dió lectura a la orden del día y señala: Primer Punto: Renuncia del Ciudadano Cipriano Díaz, al cargo de Secretario General; Segundo Punto: Renuncia del Ciudadano José Medina al cargo de Secretario de Organización; Tercer Punto: Nombramiento de la nueva Junta Directiva e inclusión en la misma como nuevos miembros, de los ciudadanos Alpidio Pacheco y Virgilio Castillo, ya identificados. Cuarto Punto: modificación de las cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta y Octava del Acta Constitutiva elaboración de los Estatutos Sociales que regirán a la Asociación; Primer Punto: Toma la palabra el ciudadano Cipriano Díaz, ya identificado y expone: por motivos netamente personales, me veo en la obligación de renunciar en este acto al cargo de Secretario General, de la Asociación Civil “Movimiento Cultural Guayana”, de igual forma dejo expresa constancia que no tengo nada que reclamar por ningún motivo a la directiva de dicha Asociación, terminó su exposición; Segundo Punto: seguidamente toma la palabra el ciudadano José Medina ya mencionado y expone: por motivos personales he tomado la decisión renunciar al cargo de Secretario de Organización de dicha Asociación Civil, igualmente expongo que la referida Asociación no me debe nada por ningún concepto, terminó su exposición. Toma la palabra el Presidente ciudadano CIFREDO JOSÉ LIRA, y expone: en virtud de haber escuchado los alegatos de los ciudadanos Cipriano Díaz y José Medina, los demás integrantes de la Junta Directiva en este acto aceptamos las referidas renuncias; Tercer Punto: seguidamente, pasan a nombrar los nuevos integrantes de la referida Junta Directiva: como Secretario General: se nombra al ciudadano Alpidio Pacheco, ya identificado y quien estando presente acepta el cargo y como Secretario de Organización se designa al ciudadano Virgilio Castillo, también identificado y estando presente acepta el cargo que se le asigna, quedando en definitiva la Junta Directiva de la siguiente manera: CIFREDO JOSÉ LIRA: Presidente; ALPIDIO PACHECO: Secretario General; VIRGILIO CASTILLO: Secretario de Organización; HENRY GUEVARA: Secretario de Propaganda y Publicidad; ORLANDO IBARRA: Secretario de Disciplina; DANNY EUREA: secretario de Actas y Correspondencias; y RAFAEL MOTA: Tesorero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-6.614.320, V-9.281.019, V-9.945.328, V-10.385.446, V-4.940.384, V-8.954.107, V-8.180.425. Cuarto Punto: de inmediato toma la palabra el presidente CIFREDO JOSÉ LIRA, suficientemente identificado y explica de manera muy detallada, clara y transparente, los motivos que llevan a la solicitud de modificación de las referidas Cláusulas, y él mismo pregunta a la totalidad de los Asociados que se encuentran presentes, Estamos todos de acuerdo con la modificación de las Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima y Octava, así como también de los Estatutos aquí discutidos, a lo cual todos los Asociados unánimemente y sin coacción alguna de manera clara y enfática respondieron si estamos de acuerdo con lo solicitado y estos quedaron de la siguiente manera:
CAPITULO I
DENOMINACIÓN, DURACIÓN DOMICILIO Y OBJETO
Cláusula Primera: La Sociedad se denominará: Movimiento Cultural Guayana, con carácter privado sin fines de lucro.---------------------------------
Cláusula Segunda: Su Domicilio será la ciudad de San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar, pero puede establecer dependencias en cualquier otro lugar del país en la consecución de sus objetivos.------------- Cláusula Tercera: Su objeto es la lucha contra el consumo de drogas de todas las especies y sustancias psicotrópicas, así como también la lucha contra el consumo de bebidas alcohólicas. Este objetivo se hará mediante la programación de actividades de tipo cultural y deportivas en las diversas manifestaciones, preparación de seminarios y conferencias, impartidas por ciudadanos especialistas en la materia, tanto médicos, abogados, sicólogos, pediatras, o personas con conocimientos sobre los flagelos que afectan al mundo y muy especialmente a la juventud. También nuestro objeto se cumplirá mediante actos de publicidad escrita, como folletos, hojas, volantes, publicaciones sobre el tema a través de la prensa y los medios de comunicación hablados, así como cualquier otro que contribuya llevar un mensaje sano a las mayorías juveniles y en especial a los jóvenes de los centros educativos. Estad actividades tendientes a lograr el desarrollo de nuestros objetivos `pueden realizarse bien en sitios abiertos o cerrados.------------------------------------------------------------------------------------------
Cláusula Cuarta: el tiempo de duración de la Asociación Civil será de cincuenta (50) años, prorrogables por tiempo menor, igual o superior, según acuerden los directivos.--------------------------------------------------------------
Cláusula Quinta: La Asociación Civil será dirigida y administrada por una Junta Directiva elegida por la Asamblea Ordinaria de la Asociación. La Junta Directiva tendrá siete (7) miembros principales, un Presidente, un Secretario General, Secretario de Organización,
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