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Actividades Agropecuarias


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  553 Palabras (3 Páginas)  •  246 Visitas

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Tributación emitió resolución que reglamenta el Iragro

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) reglamentó, a través de la Resolución General Nº 28, el impuesto a la renta de las actividades agropecuarias (Iragro).

La resolución, según un informe del fisco, establece normas de carácter temporal aplicables para el primer ejercicio fiscal que comprende del 1 de enero al 30 de junio de 2014.

También determina los valores que los contribuyentes que inician sus actividades, o aquellos que a partir de un determinado período deban liquidar el impuesto por el régimen contable, deben asignar al activo fijo, activos biológicos, bienes de cambio y otros bienes y derechos.

La depreciación de los activos sujetos a depreciación será deducible, siempre que los mismos estén debidamente documentados, añade. Además, el valor de los activos fijos, corrientes o biológicos será deducible al momento de la enajenación siempre que su adquisición se encuentre documentada con comprobantes de venta y no haya sido deducido en ejercicios anteriores conforme a regímenes simplificados.

Iragro regirá desde el 1 de enero con nuevas obligaciones tributarias

La Subsecretaría de Estado de Tributación señala que a partir de la ley 5061/2013, que pone en vigencia el Iragro y generaliza el IVA para el sector agropecuario, los contribuyentes del Imagro, independientemente al régimen de liquidación al cual se encuentran afectados, tienen algunas obligaciones que cumplir a partir del 1 de enero del 2014.

Viernes, 27 DIC 2013 - 16:57 |

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Los contribuyentes del Iragro deberán, a partir del 1 de enero de 2014, emitir comprobantes con IVA al momento de la venta o entrega de los productos agropecuarios en estado natural. A tal efecto, los contribuyentes deben dar cumplimiento a esta medida sin que esto signifique que los mismos tengan realizar trámites adicionales si ya se encuentran inscriptos en el RUC.

En tal sentido, la Administración Tributaria generará de oficio la obligación tributaria de este Impuesto (IVA) en la cuenta corriente del contribuyente.

En cuanto a las documentaciones, la subsecretaría informa que los contribuyentes del Imagro que se encuentran habilitados por la Administración Tributaria, atendiendo que para el 1 de enero del 2014 deben tener los nuevos talonarios con el IVA correspondiente para documentar sus ventas, ya pueden solicitar el timbrado de facturas como comprobante de ventas para las operaciones que realicen a partir de esa fecha.

Asimismo, los productores empresas unipersonales que

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