Agente Aduanal
Enviado por NADIASANTOYO • 26 de Noviembre de 2012 • 5.498 Palabras (22 Páginas) • 724 Visitas
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¿Qué es un Agente Aduanal, y un Apoderado Aduanal?1
Agente Aduanal
Es una persona física que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
autoriza mediante una patente, para realizar trámites del despacho de las
mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera.
Para obtener la patente es necesario cumplir con los requisitos señalados en el
artículo 159 de la Ley participando en una Convocatoria que se publica en el
Diario Oficial de la Federación.
El agente aduanal es responsable de los siguientes conceptos:
Veracidad y exactitud de los datos e información suministrados
Determinación del régimen aduanero de las mercancías y de su correcta
clasificación arancelaria
Del cumplimiento de las demás obligaciones que en materia de
regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas mercancías,
de conformidad con lo previsto por la Ley Aduanera y por las demás leyes y
disposiciones aplicables
Apoderado Aduanal
Es la persona a la cual los importadores otorgan poder para llevar a cabo
operaciones de comercio exterior. Sus funciones son las mismas que las de un
agente aduanal, pero con la diferencia de que solamente puede realizar
trámites de comercio exterior en representación de la persona física o moral de
quien dependa y por la cual fue autorizado.
Sus características y funciones se encuentran especificadas dentro de la Ley
Aduanal, en el Título Séptimo que lleva por título AGENTES ADUANALES,
APODERADOS ADUANALES Y DICTAMINADORES ADUANEROS.
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Reglamentación y Sanciones 2
Para efectos de señalar términos y disposiciones oficiales, en México como
en los demás países, tiene una Ley Aduanera, que posee un Reglamento de la
Ley Aduanera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre
de 1995, y al cual se le han venido haciendo diversas modificaciones (Última
reforma publicada DOF 09-04-2012).
En él se establecen los trámites y pasos a seguir para la importación y
exportación, turismo, en diversas modalidades (aéreo, marítimo o terrestre), así
como la manera de hacer declaraciones y pagos a las autoridades
correspondientes (SHCP).
Así, tenemos que la legislación aduanera nacional se divide en tres niveles
normativos3:
1) Ley Aduanera
2) Reglamento de la ley aduanera y
3) Reglas fiscales de carácter general den materia de comercio exterior.
Las infracciones y sanciones son el título octavo de este reglamento, que es un
capítulo único que a la fecha va del art. 176 al 202, siendo originalmente de tres
artículos más los transitorios. En éstos se determinan las multas y sanciones a
proceder en caso de infringir alguna especificación, omitir pagos, impuestos o
trámites, comercio con mercancía que no esté comprobada como legal (art. 179)
se especifica también en qué casos las mercancías pueden pasar a ser propiedad
del Fisco Federal (art.183-A), entre otros.
Por otro lado y no menos importante, se tiene también la Ley del Comercio
Exterior4, del 30 de diciembre de 1993, (Última reforma publicada DOF 29-12-
2000, al art. 48), que para efectos de establecer un orden y autoridad en este
rubro, se establece, de manera más específica en su artículo 2do, una Comisión
de Comercio Exterior:
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ARTICULO 2o.- La Comisión estará integrada por representantes de cada una de
las siguientes dependencias y organismos:
I. Secretaría de Relaciones Exteriores;
II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III. Secretaría de Desarrollo Social;
IV. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;
V. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos;
VI. Secretaría de Salud;
VII. Banco de México, y
VIII. Comisión Federal de Competencia.
Tienen como funciones principales (Cap. III, art.9) el aumento, disminución o
eliminación de aranceles, medidas de regulación de mercancías, la exigencia del
cumplimiento de normas oficiales, etc.
A su vez, e imprescindible, es la Ley de los Impuestos Generales de Importación y
de Exportación5, la ley más reciente fue publicada el 18 de junio de 2007 (Última
modificación a la Tarifa de la Ley DOF 29-06-2012), en donde se presenta una
lista con las especificaciones de tarifa, medidas y tipos, códigos y descripciones de
mercancía a importación y exportación.
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Mercancía Prohibida6
En nuestro país el ingreso o exportación de las siguientes mercancías está
prohibida según la Ley Aduanera (De conformidad con la Ley de los Impuestos
Generales de Importación y de Exportación):
Peces vivos depredadores, en sus estados de alevines, juveniles y adultos
Totoaba, fresca o refrigerada (pescado)
Totoaba congelada (pescado)
Huevos de tortuga de cualquier clase
Semilla de amapola (Adormidera)
Harina de semillas de amapola (Adormidera)
Semilla de amapola (Adormidera)
Semillas y esporas de marihuana (Cannabis indica), aun cuando esté
mezclada con otras semillas
Marihuana (Cannabis indica)
Jugos y extractos de opio, preparado para fumar
Extractos y jugos derivados de marihuana (Cannabis indica)
Mucílagos y espesativos derivados de la marihuana (Cannabis indica)
Estampas o calcomanías impresas a colores o en blanco y negro,
presentadas para su venta en sobres o paquetes, aun cuando incluyan
goma de mascar, dulces o cualquier otro tipo de artículos, conteniendo
dibujos, figuras o ilustraciones que representen a la niñez de manera
denigrante o ridícula, en actitudes de incitación a la violencia, a la
autodestrucción o en cualquier otra forma de comportamiento antisocial,
conocidas como Garbage Pail Kids, por ejemplo, impresas por cualquier
empresa o denominación comercial
Sulfato de talio
Insecticida (Isodrin o Aldrin)
Insecticida (Heptacloro o Drinox)
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Insecticida (Endrin o Mendrin o Nendrin o Hexadrin)
Insecticida (Leptofos)
Heroína, base o clorhidrato de Diacetilmorfina
Preparaciones medicamentosas a base de marihuana (Cannabis indica)
Preparaciones medicamentosas a base de acetil morfina o
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