Análisis de balances
Enviado por mcjcrack • 7 de Febrero de 2016 • Tarea • 611 Palabras (3 Páginas) • 131 Visitas
1. Explicación cuenta: Resultado negativo ejercicios anteriores (121):
Cuando realizamos las operaciones de cierre del ejercicio tratamos la regularización contable con el fin de obtener el resultado, positivo o negativo, de nuestra actividad. En caso de afrontar una situación de pérdida, procederemos a traspasar el saldo deudor, registrado en la cuenta 129 (resultado del ejercicio), a la cuenta 121 (resultados negativos de ejercicios anteriores). Dicha cuantía negativa será situada en nuestro balance, dentro del patrimonio neto, con signo negativo.
Contablemente podemos aplicar dicho resultado, dependiendo de cada situación particular, de manera voluntaria u obligatoria; Si bien es cierto que con carácter general, siempre y cuando existan reservas disponibles, habrá que compensar nuestro saldo deudor a fin de garantizar la imagen más fiel de nuestro patrimonio.
En todo caso, se procederá a la eliminación de las pérdidas (antes de repartir posibles dividendos) cuando sea de aplicación el artículo 273.2 párrafo 2º de la Ley de sociedades de Capital sobre distribución de beneficios, según el cual, “si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que el valor del patrimonio neto fuera inferior a la cifra del capital social el beneficio se destinará a la compensación de pérdidas”.
En otros casos, según dispone el artículo 327 LSC, se deberá reducir capital cuando los resultados negativos minoren el patrimonio neto de la sociedad por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital, habiendo transcurrido un ejercicio sin que se haya revertido la situación. En este sentido, es oportuno reflejar lo dispuesto por el artículo 322.3 LSC, en el que se limita la imposición anterior, al establecer que no se podrán compensar pérdidas mediante reducción de capital en aquellos casos en los que la sociedad anónima cuente con reservas voluntarias o la reserva legal supere el 10% de la cifra de capital.
ANÁLISIS DE BALANCES
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2. Diferencia entre dividendo a pagar y dividendo activo a cuenta:
Una vez conocido el tratamiento o aplicación del resultado del ejercicio, procedemos a explicar las principales diferencias entre el dividendo a pagar y el dividendo activo a cuenta, suponiendo que previamente se han satisfecho las obligaciones legales y estatutarias que marca la Ley de Sociedades de Capital.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 277, la LSC permite, vía dividendos a cuenta, la distribución de beneficios antes de la finalización del ejercicio, siempre y cuando se proceda en base a los resultados obtenidos desde el fin del último periodo. A estos dividendos, basados en beneficios futuros, son aplicables los límites previstos en los apartados a) y b) del citado artículo. De este modo, se cumple el principio de buena fe para la protección del accionista (art. 278), incluso ante la situación de fondos insuficientes.
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