Art. 153 De La Capacitación Y Adiestramiento De Los Trabajadores
Enviado por nanzii • 1 de Agosto de 2011 • 796 Palabras (4 Páginas) • 1.730 Visitas
Artículo 153-A.- Todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o
Adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad.
Artículo 153-B.- Los patrones podrán convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien mediante adhesión a los sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Artículo 153-C.- Las instituciones o escuelas que deseen impartir capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán estar autorizadas y registradas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Artículo 153-D.- Los cursos y programas de capacitación o adiestramiento de los trabajadores,
Podrán formularse respecto a cada establecimiento.
Artículo 153-E.- La capacitación o adiestramiento a que se refiere el artículo 153-A, deberá impartirse al trabajador durante las horas de su jornada de trabajo.
Artículo 153-F.- La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto:
I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad; así como
Proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella;
II. Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación;
III. Prevenir riesgos de trabajo;
IV. Incrementar la productividad; y,
V. En general, mejorar las aptitudes del trabajador.
Artículo 153-G.- Durante el tiempo en que un trabajador de nuevo ingreso que requiera capacitación inicial para el empleo que va a desempeñar, reciba ésta, prestará sus servicios conforme a las condiciones generales de trabajo que rijan en la empresa.
Artículo 153-H.- Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a:
I. Asistir puntualmente a los cursos
II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento
III. Presentar los exámenes de evaluación
Artículo 153-I.- En cada empresa se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación y
Adiestramiento.
Artículo 153-J.- Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas funcionen oportuna y normalmente.
Artículo 153-K.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá convocar a los Patrones,
Sindicatos y Trabajadores libres que formen parte de las mismas ramas industriales o actividades para constituir Comités Nacionales.
Artículo 153-L.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social fijará las bases para determinar la forma de designación de los miembros de los Comités Nacionales.
Artículo 153-M.- En los contratos colectivos deberán incluirse cláusulas relativas a la obligación
Patronal de proporcionar capacitación y adiestramiento
...