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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPOS DE LAVANDERIA FUNDACIÓN SANTA MARÍA


Enviado por   •  15 de Junio de 2016  •  Trabajo  •  1.408 Palabras (6 Páginas)  •  4.212 Visitas

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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPOS DE LAVANDERIA FUNDACIÓN SANTA MARÍA

- ATARDECERES VID OBRA DE LA CONGREGACIÓN MARIANA DE MEDELLÍN

Y ___________________________

Entre los suscritos JAVIER DUQUE RAMÍREZ, mayor de edad, domiciliado en Medellín, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 70.068.398 expedida en Medellín, obrando en su calidad de representante legal de la FUNDACIÓN SANTA MARÍA, entidad domiciliada en Medellín, con personería jurídica por medio de resolución 026 del 7 de marzo de 1968, expedida por la gobernación de Antioquia y quien para los efectos del presente contrato se denominará el COMPRADOR, y ________________________________, identificado con cédula de ciudadanía Nro. _________________   expedida en ________________, mayor de edad y vecino de _____________, obrando en calidad de representante legal de la Sociedad ______________ con Nit: _______________  y quien en adelante se denominará el VENDEDOR. Se ha determinado realizar el siguiente contrato el cual se regirá por las normas del Código de Comercio y el Código Civil.

OBJETO DEL CONTRATO

CLAUSULA PRIMERA: El Vendedor se obliga a hacer entrega al Comprador de los siguientes equipos de lavandería:

  •  LAVADORA IA 135 (14Kg) lavadora de anclaje rígido marca IPSO, con capacidad de 14Kg de ropa seca. X dos (2) unidades.
  • Anclaje fijo, centrifugación de 100 G
  • Panel superior y delantero en acero inoxidable, paneles laterales negras
  • Tambor y envolvente en acero inoxidable
  • Aries – programador fácil de manejar 
  • Válvula de desagüe de gran diámetro (Ø76mm)
  • Acceso fácil a todas las partes importantes desde el frontal de la máquina
  • Puerta con gran ángulo de apertura para facilitar la carga y descarga

  • SECADORA DR 75 (31.7Kg) Secadoras DR Series marca IPSO, con capacidad de 31.7Kg calentamiento a gas. X una (1) unidad.
  • Una amplia pantalla de pelusas autolimpiadoras que se traduce en un funcionamiento más eficiente y en una menor necesidad de limpieza. Las cintas autoajustables ahorran tiempo y reducen los costes de mantenimiento.
  • Las secadoras en las lavanderías de establecimientos son famosas por su excesiva utilización. El diseño resistente de IPSO y la puerta de alto rendimiento con bisagras puede soportar todo, sin importar la frecuencia de uso que le dé su personal.
  • Las secadoras IPSO equilibran a la perfección el calor, el flujo de aire y el diseño cilíndrico, que se traduce en el proceso de secado más eficiente. Esto quiere decir que los costes de utilización se mantienen bajos.

EL PRECIO

CLAUSULA SEGUNDA: El precio del objeto del presente contrato es de cincuenta y siete millones setecientos sesenta y siete mil quinientos diez pesos m/l ($ 57’767.510), los cuales incluyen el valor de los tres (3) equipos descritos en la cláusula primera del presente contrato, el transporte, instalación y puesta en marcha de dichos equipos y el IVA del 16% según lo dispuesto por la ley, conforme a las condiciones establecidas en la Propuesta Económica N° EST 000155 presentada por EL VENDEDOR.

FORMA DE PAGO

CLAUSULA TERCERA: El COMPRADOR se compromete a realizar el pago en la cuenta que el VENDEDOR brinde, un anticipo del 50% del valor total del presente contrato, junto con el envío de la orden de compra y firma del presente contrato para dar inicio al intercambio comercial, posteriormente el pago del 25% del valor total del presente contrato (30) días después de la recepción a conformidad de la factura y del producto instalado en el sitio determinado por las partes, y 25% del valor total del presente contrato (60) días después de la recepción a conformidad de la factura y del producto instalado, so pena de incurrir en intereses por mora.

PLAZO DE ENTREGA

CLAUSULA CUARTA: El VENDEDOR se obliga a hacer entrega de los equipos de lavandería en un plazo no máximo de ocho (8) semanas al COMPRADOR a partir del día de entrega de la orden de compra con el respectivo soporte de consignación por el 50% del valor total del contrato, en caso de no haber disponibilidad de equipos en inventarios se entregará en un plazo no superior a cien (100) días calendario:

GARANTÍA

CLAUSULA QUINTA: El VENDEDOR garantiza tres (3) años para REPUESTOS O DAÑOS DE LOS EQUIPOS IMPUTABLES A DEFECTOS DE FABRICACIÓN. La garantía incluye MANO DE OBRA, además de: 

- Mantenimiento preventivo con visitas semestrales gratuitas por 3 años.

- Reacción sobre contingencia de 48 a 72 horas.

- Stock de repuestos garantizado por mínimo 10 años.

Una vez concluida la GARANTIA DE, los repuestos originales LAVANTI, que se repongan tendrán también garantía.

No incluye ni ampara la GARANTÍA: _______________________________________________________________________________________________________________________________________

LA GARANTIA se pierde por: Preinstalaciones, instalaciones, conexiones y puestas en marcha de los equipos, que no hayan sido supervisadas, hechas o autorizadas de forma expresa por el VENDEDOR, Por instalaciones hechas por TERCEROS no autorizados por el VENDEDOR, tales como: arreglos, adaptaciones, cambios de piezas, modificaciones de sistemas y cambios de ubicación una vez hecha la instalación.

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