CONTRATO DE LA FRANQUICIA PANDEBONOS VALLUNO NÚMERO 28032016
Enviado por MARIAURBANO • 28 de Febrero de 2017 • Documentos de Investigación • 4.170 Palabras (17 Páginas) • 369 Visitas
CONTRATO DE LA FRANQUICIA PANDEBONOS VALLUNO
NÚMERO 28032016
Entre la empresa PANDEBONO'S VALLUNO S.A.S, sociedad con domicilio en la ciudad de Bogotá, D.C., debidamente constituida de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio que se anexa, representada legalmente por el Señor JOSÉ PALMERSTON FAVENClO CALVO GUILLÉN, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá, D.C., identificada como aparece al píe de su firma, quien se denominará el FRANQUIClANTE, por una parte, y por la otra parte XXXXXXXX identificado con NIT No XXXXXX, representada legalmente por la Señora XXXXXX Mayor de edad, Identificada con cédula de ciudadanía número XXXXXX de XXXXquien se denominará EL FRANQUIClADO, se ha convenido en celebrar como en efecto se celebra, el presente CONTRATO DE FRANQUICIA COMERCIAL, el cual se regirá por las siguientes estipulaciones:
DECLARACIONES
I.- DECLARA "EL FRANQUICIANTE":
I.1. Tener su domicilio para todos los efectos legales que se deriven del presente instrumento en la Ciudad de Bogotá, Colombia Calle 180 Número 7-30, Módulo 6, Bodega 8 CODABAS, Teléfono 6696318 / 6771561 Celular 311-2926991.
I.2. Que es propietario de la enseña comercial "PANDEBONO'S VALLUNO", y cederá el uso del nombre al FRANQUIClADO, y si así lo determinan las partes, se suscribirá el respectivo contrato de Licencia de Uso de la enseña.
I.3. Que toda vez que cuenta con los conocimientos técnicos necesarios, ha desarrollado un sistema de franquicias denominado "PANDEBONO'S VALLUNO" integrado por puntos comerciales dedicados a la venta de productos alimenticios en general.
11.- DECLARA "EL FRANQUIClADO":
II.1. Tener su domicilio para los efectos legales que se deriven del presente instrumento en la Ciudad de Bogotá, XXXXXXXXXX, Teléfono XXXXXXXXXX, E MAIL XXXXXXXXXX
II.2. "EL FRANQUIClADO" entiende que la Franquicia otorgada según este Contrato no es una inversión pasiva, sino más bien un negocio que depende de los esfuerzos independientes, juicio comercial, iniciativa, liderazgo administrativo y otras destrezas de "EL FRANQUIClADO", así como de las condiciones del mercado.
II.3. Que conoce el sistema de franquicias "PANDEBONO'S VALLUNO" y que se encuentra interesado en adquirir una franquicia de dicha empresa, para operarla en un espacio físico aprobado previa y expresamente por ambas partes según las condiciones establecidas en el presente contrato. Queda plenamente entendido que EL FRANQUIClADO no podrá movilizar el punto para comercializar productos fuera del punto inmobiliario aprobado o asignado sin previa autorización por escrita DEL FRANQUIClANTE. Dicho punto estará ubicado en la ciudad de Bogotá en la XXXXXXXXX
FRANQUICIANTE EL FRANQUICIADO
______________________ _______________________________________
PANDEBONO'S VALLUNO S.A.S XXXXXXXXXX
JOSE PALMERSTON F. CALVO GUILLEN XXXXXXXXXX
Representante legal- Vendedor Representante Legal- Comprador
C.C: 19.139.507 XXXXXXXX
Para efectos del presente contrato las partes acogerán las siguientes definiciones:
DEFINICIONES
SISTEMA: Los procedimientos técnicos, métodos y sistemas de operación, promoción, formatos, diseños, programas, especificaciones, estándares de calidad y de servicio, uniformes, mantenimiento de los puntos mobiliarios o unidades de venta, y programas de entrenamiento y capacitación necesarios para la operación de las Unidades "PANDEBONO'S VALLUNO".
NOMBRES DEL SISTEMA: Enseñas comerciales, logotipos o diseños relativos a las unidades "PANDEBONO'S VALLUNO", de las cuales EL FRANQUIClANTE es legítimo propietario y cuyo uso a su vez se autoriza en virtud de la Franquicia que se otorga en el presente instrumento.
IMAGEN: Colores, letreros y diseños decorativos y corporativos, así como cualquier otro aspecto que determine EL FRANQUIClANTE, los que en su conjunto identifican a las Unidades como parte del Sistema "PANDEBONO'S VALLUNO".
PRODUCTOS: Son aquellos que EL FRANQUIClADO deberá adquirir obligatoriamente del FRANQUIClANTE o de los proveedores autorizados por éste y por escrito. Los PRODUCTOS que serán exclusivamente distribuidos por EL FRANQUIClANTE se encuentran descritos en el Anexo 2 del presente contrato.
FUERZA MAYOR: Para los efectos de este contrato, el término fuerza mayor significará además de lo previsto en el Código Civil, cualquier acto de la naturaleza, guerra, motines, epidemias, incendios u otras catástrofes o cualquier causa similar fuera del control de la parte afectada que impida el cumplimiento de sus obligaciones.
ANEXOS: Todos los anexos que se adjuntan al presente contrato debidamente firmado por las partes, que son interdependientes entre sí, que forman parte integrante de este acuerdo y a continuación se enumeran:
1. Enseña comercial (aviso), logotipo y la identificación del nombre comercial.
2. Lista de PRODUCTOS.
3. Registro de Cámara de Comercio.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO Y EN ATENCIÓN A LAS CONSIDERACIONES ANTERIORES, CONVIENEN EN LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
1.1 EL FRANQUIClANTE otorga al FRANQUIClADO una franquicia en los términos y condiciones establecidos en el presente contrato, para instalar y operar un punto de "PANDEBONO'S VALLUNO" en la ubicación autorizada por EL FRANQUIClANTE descrita en la Declaración II.3 de este acuerdo, con autorización de uso de las enseñas comerciales, logos y nombre comercial.
...