CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA ENTRE DIPPER LIMITADA
Enviado por pacodile • 30 de Agosto de 2016 • Informe • 1.162 Palabras (5 Páginas) • 316 Visitas
CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA ENTRE DIPPER LIMITADA
Y
ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS AUDITORES AIEP LIMITADA
En Santiago de Chile, a 04 de Agosto de 2016, entre la DIPPER LIMITADA, RUT N° _____________representada por María Etelvira Leal Ávila, Cédula Nacional de Identidad N° __________________, domiciliados, para estos efectos, en calle Huérfanos N° 56, comuna de Santiago, en adelante "DIPPER" , y por la otra, ASESORÍAS Y CONSULTORÍAS AUDITORES AIEP LIMITADA, Rut: 77777777-8, representada por don Claudio García Salinas, Rut N°: 15.472.178-9, en adelante "LA CONSULTORA", domiciliados en Ejército Libertador N°680, comuna de Santiago, convienen lo siguiente:
PRIMERA: DEL OBJETIVO GENERAL DEL CONTRATO
La Consultora se obliga a realizar la consultoría y estudio denominado "ELABORACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA Y FORMULACIÓN DE LA MISIÓN Y VISÓN EMPRESARIAL".
DIPPER, por su parte deberá pagar por estos servicios el precio señalado en la cláusula Octava.
SEGUNDA: DE LOS ALCANCES ESPECÍFICOS DEL SERVICIO
El alcance específico de la consultoría y estudio es el que se describe a continuación:
La Consultora deberá confeccionar la ELABORACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA Y FORMULACIÓN DE LA MISIÓN Y VISÓN EMPRESARIAL. Con este objeto se utilizará como mecanismo de trabajo la realización, primero, de un Estudio general, donde se realizará la apreciación que se hace de la fisonomía y características generales de la organización, en base al juicio profesional y experiencia de la consultora, segundo, la observación, donde se apreciará mediante el uso de los sentidos, los hechos y circunstancias relacionadas con proceso de planificación estratégica, tercero, la inspección, donde deberá constatar en forma técnica las características, componentes, accesorios, atributos de la empresa y el lugar que ocupa en el mercado, y finalmente, cuarto, la indagación, para intentar averiguar, inquirir o con preguntas, todo para determinar la planificación estratégica y el establecimiento de la misión y visón empresarial, a partir del día 7 de agosto y hasta el día 27 de septiembre de 2016.
El servicio prestado por la Empresa comprende la elaboración de cuestionarios, la aplicación de encuestas, la recopilación de datos, el procesamiento y análisis de la información y la evacuación de un informe final de la consultoría y estudio realizado.
TERCERA: OBLIGACIONES DE DIPPER
Para la ejecución de este Contrato, DIPPER, a través de su Administración deberá dar las facilidades a la Consultora otorgar todo tipo de documento a solicitud de la consultora, referente a la empresa, y no contenga un contenido reservado o familiar..
CUARTA: OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
La Consultora deberá ejecutar el contrato de acuerdo al presente contrato, guardando la debida confidencialidad de todos los antecedentes que de DIPPER conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a la Consultoría.
Bajo ninguna circunstancia, la Consultora, podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del Contrato o después de su finalización.
Esta prohibición afecta a la Consultora, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del Contrato.
La Consultora sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para el cumplimiento del Contrato a cabalidad.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, DIPPER podrá terminar anticipadamente el Contrato, de acuerdo con lo especificado en la cláusula Décimo Segunda, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
QUINTA: SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS
La Consultora no podrá subcontratar ni ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del Contrato, por tratarse de un servicio contratado en consideración a su idoneidad y experiencia en la materia.
SEXTA: DURACIÓN DEL CONTRATO
Este contrato se extenderá desde la fecha de su suscripción hasta el día 7 de agosto al 27 de septiembre de 2016.
Podrá siempre prorrogarse la duración del contrato previo informe favorable de DIPPER.
SÉPTIMA: APROBACIÓN DEL CONTRATO
...