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Contrato Por Servicios Profesionales


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  594 Palabras (3 Páginas)  •  394 Visitas

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CONTRATO POR SERVICIOS PROFESIONALES

NOSOTROS: María Teresa Arce Espinoza, mayor de edad, casa, licenciada en farmacia, y con domicilio en la ciudad de Jinotepe, Carazo, y propietaria de la Farmacia San José ubicada en el municipio ya indicado; y que en lo sucesivo se denominará el contratante, por una parte y el licenciado Juan Alberto Vado Cruz, mayor de edad, casado, licenciado en farmacia y con domicilio en la ciudad de Diriamba, a quien en lo sucesivo se denominará el contratado, por otra parte; hemos convenido celebrar el presente contrato de trabajo por servicios profesionales bajo las siguientes condiciones:

PRIMERA: El contratado ofrece laborar prestando sus servicios profesionales como regente, y todo lo que conlleve al buen funcionamiento de los servicios públicos que oferte la farmacia San José, la cual está ubicada de la Iglesia Católica cuadra y media al sur en la ciudad de Jinotepe, departamento de Carazo, o en otra ubicación que se destinare por razones de fuerza mayor, relacionada con su actual ubicación.

SEGUNDA: El contratante pagará al contratado por los servicios objetos de este contrato la cantidad de Cuatro Mil Córdobas Netos (C$ 4,000.00) de manera mensual, los que se hará efectivo en el lugar de sus labores.

TERCERA: El contratante pagará al contratado el valor de los servicios descritos y establecidos en la cláusula que antecede los días últimos de cada mes en efectivo y en moneda nacional, siendo el primer mes de labores el que va del Primero de Septiembre al Treinta del mismo mes.

CUARTA: Se establece un horario laboral de Lunes a Viernes que va de ocho de la mañana a doce meridiano, y de la una de la tarde a cinco de la tarde, lo que resume ocho horas diarias de labores correspondientes a cuarenta y ocho horas semanales.

QUINTA: El presente contrato tendrá una vigencia de un plazo de un año a partir del primero de Septiembre del año dos mil dos hasta el treinta y uno de Agosto del año dos mil tres. Pudiendo ser prorrogable de según acuerdo entre las partes con un mes de anticipación a la fecha del vencimiento. Así mismo se establece que el presente contrato laboral podrá darse por finalizado antes de su vencimiento por parte del contratante si a su juicio ocurrieran las causales establecidas en el Arto. 48 del Código de Trabajo (Ley N° 185); también el contratante se obliga al pago por concepto de treceavo mes.

Firmamos el presente contrato laboral, claros de lo antes expuesto y estando conforme de cada una de sus cláusulas lo firmamos sin hacerle ninguna modificación alguna en dos tantos de un mismo tenor el día Uno del Mes de Septiembre del año dos mil dos, en la ciudad de Jinotepe, Carazo.

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María Teresa Arce Espinoza

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