¿CUÁL ES EL NOMBRE DEL ORGANISMO FEDERAL ENCARGADO DE REGISTRAR UNA MARCA?
Enviado por regio08 • 20 de Octubre de 2017 • Documentos de Investigación • 3.104 Palabras (13 Páginas) • 440 Visitas
Contenido
INTRODUCCIÓN 2
MARCA 2
¿QUÉ SIGNO PUEDE CONSTITUIR UNA MARCA? 3
QUÉ NO ES REGISTRABLE COMO MARCA 3
LAS MARCAS COLECTIVAS 4
MARCAS NOTORIAMENTE CONOCIDAS 4
¿CUÁL ES EL NOMBRE DEL ORGANISMO FEDERAL ENCARGADO DE REGISTRAR UNA MARCA? 5
¿DÓNDE SE ENCUENTRA UBICADO FÍSICAMENTE? 6
¿TIENE SUCURSALES DONDE SE PUEDA REALIZAR EL MISMO TRÁMITE? 6
¿CUÁL ES SU ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL? 6
¿CUÁLES SON SUS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES? 7
DÓNDE SE PUBLICAN LAS RESOLUCIONES DE REGISTRO DE MARCA 7
EN QUÉ MOMENTO OPERA LA CADUCIDAD DE LA MARCA 8
CUANDO DEBE EMPLEARSE LA LEYENDA “MARCA REGISTRADA” (MR) 8
CUANDO OPERA LA RENOVACIÓN DEL REGISTRO DE MARCA 9
DESARROLLO 9
¿ QUE SUCURSAL CONVENDRÍA MÁS PARA REALIZAR EL TRÁMITE Y POR QUÉ? 11
LA BÚSQUEDA FONÉTICA DE LA MARCA EN LA PÁGINA ELECTRÓNICA DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. 11
EL PAGO QUE DEBES HACER POR EL REGISTRO DE LA MARCA 16
LUGAR DONDE PRESENTARE MI SOLICITUD 16
TÉRMINOS EN QUE LA AUTORIDAD DEBERÍA PROPORCIONARTE UN NÚMERO DE EXPEDIENTE Y TIEMPO APROXIMADO DE RESPUESTA POR PARTE DE LA AUTORIDAD 16
INFOGRAFÍA DESCRIPTIVA DEL PROCEDIMIENTO DEL REGISTRO DE UNA MARCA 17
CONCLUSIÓN 18
Bibliografía 19
INTRODUCCIÓN
La propiedad intelectual es una rama del derecho que busca por una parte fomentar la innovación, la creación y la transferencia tecnológica y por la otra, ordenar los mercados facilitando la toma de decisiones por el público consumidor.
Dentro del primer grupo se encuentran las patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos industriales, diseños industriales, las topografías de circuitos integrados, las variedades vegetales y el derecho de autor. Dentro del segundo grupo están las marcas, denominaciones de origen, indicaciones geográficas y la competencia desleal.
Es importante entender que varios tipos de PI pueden recaer o converger en un mismo objeto o servicio. Por ejemplo, quien desarrolle una nueva variedad vegetal resistente a sequías podrá protegerla mediante variedades vegetales, pero a la vez podrá pedir una marca y quizás también querrá proteger su investigación y documentación mediante derechos de autor.
Una de las principales funciones de la P.I. es el fomento a la innovación y al emprendimiento. A través de los distintos derechos de propiedad intelectual, el Estado entrega derechos exclusivos sobre las invenciones o creaciones a cambio de que éstas sean puestas a disposición del público en general y que pasen a ser parte del dominio público.
Los derechos de propiedad intelectual pueden ser también considerados como activos de un emprendimiento o empresa, más aun, en países que hacen un gran uso de la propiedad intelectual, como Estados Unidos, donde existen verdaderas industrias destinadas a la explotación de derechos de propiedad intelectual y es muy normal que ella tenga incluso más valor que los activos tangibles. Por ejemplo, Apple (marca), Coca Cola (secreto industrial).
MARCA
Todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.
Se obtiene el uso exclusivo mediante su registro.
Las marcas pueden consistir en una palabra (marca denominativa) o combinación de palabras (marca mixta), cifras; letras; símbolos; dibujos (marcas figurativas) y hasta signos auditivos (marcas sonoras).
Pueden inscribirse también las frases de propaganda o publicitarias, siempre que vayan adscritas a una marca registrada del producto, servicio o establecimiento para el que se vaya a utilizar. (Industrial, 2017)
¿QUÉ SIGNO PUEDE CONSTITUIR UNA MARCA?
De acuerdo con la legislación mexicana en su ARTICULO 89 de la Ley de propiedad intelectual son:
Pueden constituir una marca los siguientes signos:
I.- Las denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas, susceptibles de identificar los productos o servicios a que se apliquen o traten de aplicarse, frente a los de su misma especie o clase;
II.- Las formas tridimensionales;
III.- Los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales, siempre que no queden comprendidos en el artículo siguiente, y
IV.- El nombre propio de una persona física, siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado. (UNION, 2016)
QUÉ NO ES REGISTRABLE COMO MARCA
Las marcas descriptivas no son registrables, debido a que la autoridad no puede aceptar que un agente económico sea el único titular de una marca que describe los productos y servicios que protege la marca por principio de libertad de competencia económica.
Las marcas por principio deben ser distintivas y no descriptivas, pues su función es distinguir entre unos y otros productos y servicios, si las marcas registradas fuesen descriptivas no habría equilibrio de competencia económica.
El fundamento legal se encuentra en el artículo 90 fracción IV de la Ley de la Propiedad industrial que establece:
“no son registrables como marcas las denominaciones, figuras o formas tridimensionales que, considerando el conjunto de sus características, sean descriptivas de los productos o servicios que traten de protegerse como marca; quedando incluidas las palabras descriptivas o indicativas que en el comercio sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino, valor, lugar de origen de los productos o la época de producción
Prohibiciones:
Los nombres, palabras y signos que constituyan la designación necesaria o habitual del producto o servicio habitual a distinguir
los nombres; palabras, signos y frases publicitarias que hayan pasado al uso general antes de su solicitud de registro (FLORES, 2012)
LAS MARCAS COLECTIVAS
Son marcas comerciales o marcas de servicios utilizadas, o con la intención de ser utilizadas, en el comercio, por los miembros de una cooperativa, una asociación, u otro grupo colectivo u organización, incluyendo una marca que indique membresía en un sindicato, una asociación, u otra organización. (Reuters, 2016)
MARCAS NOTORIAMENTE CONOCIDAS
Es cuando un sector determinado del público o de los círculos comerciales del país, conoce la marca como consecuencia de las actividades comerciales desarrolladas en México o en el extranjero por una persona que emplea esa marca en relación con sus productos o servicios, así como el conocimiento que se tenga de la marca en el territorio, como consecuencia de la promoción o publicidad de la
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