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Caracteristicas Del Ica


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  358 Palabras (2 Páginas)  •  304 Visitas

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GENERALIDADES DEL ICA-CASO ESPECÇIFICO BOGOTA

CARACTERÍSTICAS DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

• Es un impuesto de carácter municipal.

• Recae sobre actividades industriales, comerciales y de servicios.

• El ejercicio de la actividad puede cumplirse con establecimientos de comercio o sin ellos.

ICA – CASO BOGOTÁ

Sujeto activo

Municipio: Bogotá D.C.

Entidad:

• Dirección Distrital de Impuestos.

• Secretaría de Hacienda.

• Alcaldía Mayor.

Sujeto pasivo

Hecho Generador en Bogotá D.C.:

• Persona natural,

• Persona jurídica, ó

• Sociedad de hecho.

REQUISITOS RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Contribuyentes que cumplan con la totalidad de requisitos para pertenecer al regimen simplificado en el iva.

Comerciantes Minoristas o Detallistas Prestadores de Servicios

Ser persona natural Ser persona Natural

Haber obtenido en el año inmediatamente anterior ingresos brutos provenientes de su actividad comercial inferiores a 400 SMLMV Haber obtenido en el año inmediatamente anterior ingresos brutos provenientes de su actividad gravada por un valor inferior a 200 SMLMV

No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerzan su actividad

DECLARACIÓN Y PAGO

Régimen Simplificado

ACUERDO 65 DE 2002

Declaración anual • Formulario único – período 7.

• Tarifas establecidas para cada actividad.

• Régimen sancionatorio general.

• Si se descuentan retenciones.

Sistema Preferencial de Pago • Desaparece a partir del año gravable 2003.

Los contribuyentes que pertenezcan al régimen simplificado que obtengan durante el año gravable ingresos netos inferiores a 80 salarios mínimos mensuales vigentes no tendrán que presentar la declaración del impuesto de industria y comercio y su impuesto será igual a las sumas retenidas por tal concepto.

Obligaciones Régimen Simplificado

• Inscribirse en el Registro de Información RIT e informar actualizaciones y cese de actividades.

• Conservar y proveer información.

• Llevar el libro fiscal de operaciones.

• Informar el NIT en correspondencia.

• Atender requerimientos.

• Declarar y pagar anualmente el impuesto. (A partir de 2003).

• Cumplir las obligaciones que en materia contable.

Los contribuyentes que pertenezcan al régimen común, sólo podrán acogerse al régimen simplificado cuando demuestren que en los 3 años fiscales anteriores, se cumplieron, por cada año, las condiciones establecidas en el artículo 4 del presente acuerdo.

Régimen Común

• Inscribirse en el Registro de Información RIT e informar actualizaciones y cese de actividades.

• Conservar

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