Caso práctico La empresa Suministros Martínez S.A
Enviado por LUCAR6871 • 19 de Enero de 2016 • Trabajo • 609 Palabras (3 Páginas) • 2.778 Visitas
Caso práctico[pic 1]
Trabajo: Suministros Martínez
La empresa Suministros Martínez S.A. es una pequeña empresa de suministros de fontanería que se dedica a la venta y colocación de todo tipo de accesorios de baño. La plantilla consta de 7 trabajadores: 2 comerciales, 2 administrativos y 3 operarios de almacén.
La empresa cuenta con una amplia experiencia y está formada por un equipo humano altamente cualificado, ofreciendo una amplia gama de servicios y especializada en el suministro y colocación de:
- Sanitarios
- Mamparas de baño y ducha
- Muebles de baño y accesorios
- Grifería
- Hidromasaje
- Línea para minusválidos
Para la colocación de los accesorios, a petición de cliente, el empresario acude a los servicios de varios autónomos que suelen trabajar para él.
El empresario y gerente de la empresa dispone de formación básica en PRL y suele estar de forma habitual en el centro de trabajo.
Preguntas del profesor
Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de la unidad, responde a las siguientes cuestiones:
- En primer lugar, indica los criterios legales que serían de aplicación en este caso, indicando las disposiciones y artículos relacionados.
- ¿Estaría el empresario cumpliendo con la normativa que hemos analizado en el apartado uno? Y en todo caso, ¿qué debería de realizar para dar cumplimiento a dicha normativa?
- Si la actividad que se realizase fuese alguna de las consideradas como actividades peligrosas del Anexo I del RD 39/1997, ¿sería obligatoria la constitución de un servicio de prevención propio? Razona la respuesta.
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1. En primer lugar, indica los criterios legales que serían de aplicación en este caso, indicando las disposiciones y artículos relacionados.
Al caso práctico habría que aplicarle la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Artículos destacables de la Ley:
-El artículo 4 donde aparece la definición de diversos términos, con el fin de establecer con precisión su concepto.
-El artículo 5 donde se habla de la mejora de las condiciones de trabajo como fin de la política preventiva.
-El artículo 6 donde el gobierno a través de las normas reglamentarias y consultas a las organizaciones sindicales y empresariales regulara las materias que se relacionan en dicho artículo. (RD39/1997, RD485/1997…)
2. ¿Estaría el empresario cumpliendo con la normativa que hemos analizado en el apartado uno? Y en todo caso, ¿qué debería de realizar para dar cumplimiento a dicha normativa?
Con la información que tenemos del caso práctico se observa que el empresario no cumple con el RD 39/1997 de 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de los servicios de Prevención.
La empresa Suministros Martínez S.A. es una pequeña empresa que consta de 7 trabajadores y la prevención la lleva el gerente, que aunque suele estar de forma habitual en el centro solo dispone de formación básica, siendo insuficiente para llevar la prevención.
El empresario debe contratar un servicio de prevención ajeno.
3. Si la actividad que se realizase fuese alguna de las consideradas como actividades peligrosas del Anexo I del RD 39/1997, ¿sería obligatoria la constitución de un servicio de prevención propio? Razona la respuesta.
El empresario debe constituir un Servicio de prevención propio cuando se trate de empresas que cuenten con:
-Más de 500 trabajadores.
-Empresa con más de 250 trabajadores que desarrollen alguna actividad incluida en el Anexo I del RD 39/1997
-Decisión de autoridad actual.
En nuestro caso, aun considerando que realizamos una actividad peligrosa incluida en el Anexo I del RD 39/1997, no tiene más de 250 trabajadores, luego no sería necesario tener un servicio de prevención propio.
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