Codigo De Etica De Los Mercadologos
Enviado por 130619 • 23 de Mayo de 2015 • 2.614 Palabras (11 Páginas) • 601 Visitas
Contenido
Introducción 2
Marco conceptual 3
Capítulo 1 4
DISPOSICIONES GENERALES 4
Capítulo 2 5
DE LOS DEBERES DEL MERCADOLOGO 5
Capítulo 3 6
DE LOS DEBERES PARA CON SUS COLEGAS 6
Capítulo 4 7
DE LOS DEBERES PARA CON SUS CLIENTES 7
Capítulo 5 8
DE LOS DEBERES PARA CON SU PROFESIÓN 8
Capítulo 6 9
DE LOS DEBERES PARA CON LA SOCIEDAD 9
Transitorio 10
Juramento 11
Introducción
La Ética Profesional facilita y permite que los actos de una persona se basen en principios y valores, lo que redunda en beneficio propio y de la sociedad. Se trata de promover la conducta fundamental en toda actividad humana que conlleve los comportamientos moralmente correctos.
Es necesario reconocer que la ética, en su concepto más puro, no debe ser objeto de una reglamentación. La necesidad de tener un código, nace de la aplicación de las normas generales de conducta en la práctica diaria. Puesto que todos los actos humanos son regidos por la ética, también las reglas escritas deben ser de aplicación general. Con objeto de ofrecer mayores garantías de solvencia moral y establecer normas de actuación profesional.
De ahí nace la necesidad de la creación de un Código de Ética Profesional para la Licenciatura en Mercadotecnia Internacional.
Por lo tanto, el Código ha sido elaborado por la propia profesión, a fin de tener una serie de reglas que permitan regir la actuación de todos los Mercadologos. Un Código de Ética Profesional, no sólo sirve de guía a la acción moral; también, mediante él, la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad, patrocinadora de sus servicios, para servirla con lealtad y diligencia y de respetarse ella misma.
• Aceptar la responsabilidad por las consecuencias de sus actos, así como esforzarse por asegurar que sus decisiones, recomendaciones y acciones identifiquen, sirvan y satisfagan a todos los públicos relevantes: consumidores, organización y sociedad.
• Estar conscientes de no hacer daño y de adherirse a todas las leyes y reglamentos establecidos.
• Ser honestos al servir a los consumidores, clientes, empleados, proveedores, intermediarios y público en general.
• Notificar la existencia de conflicto de intereses a las partes involucradas.
• Asegurar que la comunicación acerca de los productos y/o servicios que ofrecen no sea engañosa.
• Brindar métodos de ajuste equitativo y/o remedios a las quejas relacionadas con compras.
• Evitar la publicidad falsa y engañosa y las promociones de ventas fraudulentas o manipuladoras.
• Evitar la guerra de precios y la fijación de precios depredadores.
• Evitar la utilización de estudios de mercado para promover la venta de productos. Además, debe mantener la integridad de la investigación de mercados evitando la omisión de datos.
Marco conceptual
El Código de Ética Profesional tiene como función sensibilizar al mercadologo para que el ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad legitimidad y moralidad en beneficio de la sociedad.
Sin perjuicio de las normas jurídicas plasmadas en las leyes que regulan el ejercicio de los profesiones y el cumplimiento de las obligaciones surgidas de los contratos de prestación de servicios profesionales es deseable que un sentido ético prevalezca en el ánima de quienes tienen el privilegio de poseer los conocimientos y habilidades propio de una profesión. Para alcanzar este objetivo se debe contribuir solidariamente al reencuentro de nuestra identificación con los valores que propicien una vida digna, justa e igualitaria pero también se debe estar convencido del compromiso que se contrae al recibir la investidura que acredita para el ejercicio profesional.
Puede y debe ser propósito esencial de los Colegios de Mercadologos tener una presencia gremial en el ejercicio de las profesiones capaz de contribuir a que se realicen como una expresión fructífera de los más altos valores morales y sociales. Los mercadologos agrupados en colegios y desde el ascendiente social y moral que éstas tienen en los ámbitos de cada uno de las profesiones deben propiciar que su ejercicio se desenvuelva en planos morales elevados y con plena observancia de las normas legales aplicables.
En el hombre, la tendencia al gobierno de los instintos proviene del espíritu y de la razón, que son las facultades humanas que permiten la percepción del entorno natural en el que se habita y facilita la vinculación intelectual con él.
Así, la opinión o valoración respecto de este bien es indispensable para formar la voluntad de aceptar o rechazar la norma ética y comprometerse a cumplirla.
La fuente de la norma ética es entonces, la propia conciencia del individuo o del grupo que a ella se adhiere, formada por los valores heredados de la tradición y asimilados en la vida, que inspiran actitudes de comportamiento congruentes con la dignidad, con lo que es virtuoso, trascendente y honorable.
Además de hacer notar las características distintivas de los dos sistemas normativos, legales y éticas, conviene señalar que jurídicamente existen preceptos legales establecidos por la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, que sancionan los actos u omisiones del Mercadologo que viole los preceptos jurídicos en el ejercicio profesional. Igualmente se debe señalar que como consecuencia de una mala práctica profesional ética, el Mercadologo enfrenta el alejamiento de sus colegas, asesores y trabajadores, así como aislamiento y desprestigio en la comunidad profesional.
Capítulo 1
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- El presente Código orientará la conducta del mercadologo en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, sus socios, clientes, superiores, subordinados, sus colegas y consigo mismo, el cual será aplicable en cualquier actividad profesional.
Capítulo 2
DE LOS DEBERES DEL MERCADOLOGO
Artículo 2°.- El mercadologo debe poner todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos en el desempeño de su profesión.
Artículo 3°.- El mercadologo debe conducirse con justicia, honradez, honestidad, diligencia, lealtad, respeto, formalidad, discreción, honorabilidad, responsabilidad, sinceridad, probidad, dignidad, buena fe y en estricta observancia a las normas legales y éticas de su profesión.
Artículo 4°.- El mercadologo solamente se responsabilizará de los asuntos cuando tenga capacidad para atenderlos e indicará los alcances de su trabajo y limitaciones inherentes. Aceptará únicamente los cargos para los cuales cuente con los
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