Contribuciones.Señale en un círculo el inciso de la respuesta correcta
Enviado por mdeleonlop001 • 8 de Febrero de 2016 • Examen • 513 Palabras (3 Páginas) • 204 Visitas
Nombre del Docente | M. en C. Moisés De León López | Coordinador Ana Ma. Díaz Bautista | ||
Materia | Contribuciones 1 | |||
Nombre del Alumno | ||||
Grupo | ||||
Fecha de Aplicación | 13 de Diciembre de 2014 | |||
Examen Parcial | 1 | 2 | Valor del Examen : 100 pts | |
Calificación : | Evaluación Examen: 40% | Evaluación Continua: 60% |
Instrucciones: Señale en un círculo el inciso de la respuesta correcta
1.-Según la LISR, ¿Cuántos años se tiene para amortizar las pérdidas fiscales?:
- 3 años
- 10 años
- 5 años
- 15 años
- Ninguno de los anteriores
2.- ¿Cuándo se tiene que presentar la declaración anual de 2014?:
- 31 de diciembre de 2014
- 15 de febrero de 2015
- El día 17 de cada mes
- El 31 de Marzo de 2015
- A más tardar el 31 de Marzo del siguiente ejercicio
3. Según el CFF, las contribuciones se clasifican en:
- Activo circulantes, pasivos a corto plazo, activos no circulantes, pasivos a largo plazo, capital contable.
- Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, contribuciones de mejoras y derechos
- ISR, IVA, IMSS, Tenencia, IEPS, Recargos, Actualizaciones
- Pérdidas fiscales, créditos fiscales, ajuste anual por inflación
- Ninguna de las anteriores
4.- La tasa de ISR para 2014:
- 29%
- 30%
- 16%
- Exento
- 17.5%
5.- Según la LISR ¿Qué artículos hablan sobre las pérdidas fiscales?:
- 1 al 8.
- 76 al 78
- 44 al 46
- 57 al 58.
- Ninguna de las anteriores
6.- Si se tiene un saldo a favor de IVA este se puede:
- Compensar
- Acreditar
- Amortizar pérdidas
- Solicitar en devolución
- a), b) y d)
7.- El factor de actualización se utiliza para aplicar a:
- las perdidas fiscales
- deducción de inversiones
- Ajuste anual por inflación
- créditos fiscales
- a), b) y d)
8.- ¿El derecho de amortizar las pérdidas fiscales se pueden transmitir? :
- Solo en fusión
- Solo en escisión
- En fusión y escisión
- En ningún caso se pueden transmitir
- Ninguna de las anteriores
9.- Los postulados básicos son:
- Existencia/Ocurrencia, Integridad, Exactitud, Corte, Clasificación, Derechos y obligaciones, Valuación, Clasificación
- Inspección, observación, indagación, analíticos, re-cálculos, re ejecución, confirmación externa, etc.
- Entidad económica, Sustancia económica, Asociación de costos y gastos con ingresos, Negocio en Marcha, devengación contable, Valuación, dualidad económica, consistencia
- Ninguna de las anteriores
10.- Si tenemos gastos no deducibles por $1,000, ¿Cuánto pagaríamos de impuesto?:
- $ 30.00
- $ 300.00
- $ 0.00
- $ 290.00
- Ninguna de las anteriores
Instrucciones: Con los siguientes conceptos, realice la Conciliación Contable Fiscal y determine el impuesto a pagar.
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