Cultura Y Estructura Organizacional
Enviado por kar7m • 12 de Diciembre de 2013 • 599 Palabras (3 Páginas) • 514 Visitas
INTRODUCCIÓN
COMPROBANTES DE PAGO
Es un documento que les será de mucha utilidad para acreditar ya sea:
• La transferencia de bienes
• Entrega en uso
• Prestación de servicio
Por tal razón es indispensable que los comprobantes de pago para ser impresos o emitidos cumplan con ciertas características y requisitos mínimos establecidos en el reglamento de comprobantes de pago aprobado por la SUNAT
¿Quiénes están obligados a entregar comprobantes de pago?
Están obligados a entregar comprobantes de pago todas aquellas personas naturales y jurídicas que brinden bienes o presten servicios.
¿Cuáles son el tipo de comprobantes de pago que más se utilizan?
Los comprobantes de pago más utilizados por los contribuyentes son:
• Las boletas de venta
• Los tickets emitidos por máquina registradora
• Las facturas
• Recibos por honorarios
• La liquidación de compra
LIQUIDACIÓN DE COMPRA
CONCEPTOS.-
Es un documento que sirve para sustentar el costo o gasto de una empresa que le esta comprando a un productor primario (*). El productor primario al carecer de RUC, no puede emitir un comprobante de pago. Ese comprobante lo asume la empresa que esta comprando.
(*) productor primario: Derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho.
Es un comprobante de pago emitido por todos aquellos que realizan adquisiciones a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal, extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho que no cuentan con número de RUC
La Liquidación de Compra es un documento que acredita las adquisiciones que efectúen las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho y otros entes colectivos a productos y/o acopiadoras (Persona Natural) de productos primarios. Siempre que éstas (reiteramos, personas naturales) no otorguen comprobante de pago por estar imposibilitados de obtener número de RUC.
La base legal es el numeral 3 del artículo 6 de la resolución de superintendencia número 007-99/SUNAT;
¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS HABILITADOS PARA PODER EMITIR UNA LIQUIDACIÓN DE COMPRA?
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