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Cálculo Del IETU


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  1.247 Palabras (5 Páginas)  •  333 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Considerando que en el mes de marzo vence el

plazo para cumplir con la obligación fiscal de

presentar la declaración anual del ejercicio fiscal

de 2012 de las personas morales que tributan en

el régimen general de la Ley del Impuesto sobre la

Renta (LISR), en este artículo se abordan los aspectos

siguientes:

1. Principales lineamientos a observar y considerar en

la aplicación del procedimiento previsto en las disposiciones

fiscales para determinar el impuesto empresarial

a tasa única (IETU) correspondiente al ejercicio fiscal

de 2012.

2. Aspectos que generan dudas en cuanto a su aplicación,

tales como tratamiento de saldos a favor del IETU

o del impuesto sobre la renta (ISR), al ser complementarios

ambos gravámenes.

3. Aspectos que consideramos deben tener presentes

las personas encargadas de las áreas de impues-

Cálculo del IETU del

ejercicio fiscal 2012

tos de las empresas al elaborar el cálculo fiscal de

referencia.

A continuación, de manera esquemática se detalla el

procedimiento del cálculo del IETU del ejercicio:

Ingresos percibidos en el ejercicio, efectivamente cobrados

menos:

Deducciones autorizadas en el ejercicio, efectivamente pagadas

igual:

Base gravable para el IETU

o

Base para el crédito fiscal por deducciones mayores a los ingresos

por:

Tasa del 17.5%

igual:

IETU del ejercicio

o

Crédito fiscal por deducciones mayores a los ingresos del ejercicio

menos:

Crédito fiscal por deducciones mayores a los ingresos de ejercicios

anteriores

menos:

Crédito fiscal por pago de salarios y asimilados gravados, así como

de aportaciones de Seguridad Social

menos:

Crédito fiscal por inversiones adquiridas desde el 1 de enero de

1998 y hasta el 31 de diciembre de 20071

menos:

Crédito fiscal por inventarios adquiridos hasta el 31-XII-20071

menos:

Crédito fiscal por pérdidas fiscales generadas de la aplicación de la

deducción inmediata, inversiones que se dedujeron al 100% o deducción

de terrenos, conforme al artículo 225 de la LISR1

menos:

Crédito fiscal por enajenaciones a plazos efectuadas al 31-XII-20071

igual:

IETU del ejercicio, después de acreditar los créditos fiscales

menos:

ISR propio del ejercicio efectivamente pagado

igual:

IETU del ejercicio, después de acreditar el ISR correspondiente

menos:

Pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes

al mismo ejercicio

igual:

IETU a pagar del ejercicio o saldo a favor

A continuación se abordan aspectos relevantes de los

principales elementos del cálculo del IETU, tales como:

los ingresos y deducciones, acreditamientos y forma de

aplicar o recuperar saldos a favor del IETU o del ISR considerando

la complementariedad de ambos impuestos,

así como aspectos críticos a observar y evaluar por parte

de las personas involucradas en la elaboración de los

cálculos fiscales de las empresas para el ejercicio que

terminó el 31 de diciembre de 2012.

INGRESOS PARA FINES DEL IETU

Se considera ingreso gravado el precio o la contraprestación

a favor de quien enajena el bien, presta el

servicio independiente u otorga el uso o goce temporal

de bienes,2 así como las cantidades que además

se carguen o cobren al adquirente por impuestos o

derechos a cargo del contribuyente, intereses normales

o moratorios, penas convencionales o cualquier

otro concepto, incluyendo anticipos o depósitos, con

excepción de los impuestos que se trasladen en los

términos de ley.

Igualmente se consideran ingresos gravados los anticipos

o depósitos que se restituyan al contribuyente,

así como las bonificaciones o descuentos que reciba,

siempre que por las operaciones que les dieron origen

se haya efectuado la deducción correspondiente.

Cuando el precio o la contraprestación que cobre el

contribuyente por la enajenación de bienes, por la prestación

de servicios independientes o por el otorgamiento

del uso o goce temporal de bienes, no sea en efectivo ni

en cheques, sino total o parcialmente en otros bienes

o servicios, se considera ingreso el valor de mercado o

en su defecto el de avalúo de tales bienes o servicios.

Cuando no exista contraprestación, para el cálculo del

IETU se utilizarán los valores mencionados que correspondan

a los bienes o servicios enajenados o proporcionados,

respectivamente.

En las permutas y los pagos en especie, se deberá

determinar el ingreso conforme al valor que tenga cada

bien cuya propiedad se transmita o cuyo uso o goce temporal

se proporcione o por cada servicio que se preste.

Tratándose de los ingresos por enajenación de bienes

o prestación de servicios independientes que se exporten,

los ingresos se obtienen

...

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