ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DATO DE INTERES SOBRE EL DIRECTOR DEL SII


Enviado por   •  8 de Octubre de 2018  •  Apuntes  •  402 Palabras (2 Páginas)  •  148 Visitas

Página 1 de 2

DATO DE INTERES SOBRE EL DIRECTOR DEL SII

El artículo 116 del Código Tributario vulnera el artículo  5º de la Constitución Política, al facultar al Director  Regional del Servicio de Impuestos Internos para delegar  la   facultad   jurisdiccional   que   le   ha   confiado   el  legislador, en el artículo 115 del mismo Código, y que se  traduce en el ejercicio de la potestad de conocer y  fallar las reclamaciones tributarias que deduzcan los  contribuyentes. Ello   importa,   indudablemente,   un  conflicto de intereses de relevancia jurídica y que sólo  puede ser resuelto por los tribunales establecidos por la  ley y por los jueces designados por ella.

El Director Nacional del SII (Servicio de Impuestos Internos) mediante una serie de disposiciones estipuladas tanto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, como en el Código Tributario entrega a este y a los Directores Regionales diversas facultades, entre la que destaca el delegar facultades en otros funcionarios de la misma entidad. Lo anterior, queda señalado en el art. 6 A N° 3 del Código Tributario, donde se menciona que el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos puede autorizar a los Directores Regionales, Subdirectores, entre otros funcionarios, para que estos puedan resolver determinadas materias o para también hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando siempre bajo el alero de "por orden del Director del Nacional".

También es dable señalar, que el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos cuenta con la facultad de ser intérprete administrativo de las leyes que conforman el ramo. En este sentido, es él mismo quien determinaba el alcance que establecen las leyes tributarias, quitándoles de esta forma la libertad a quién en definitiva se encargaba de resolver la controversia, en este caso, el juez tributario (Directores Regionales u otros funcionarios), para aplicar la normativa y de esta forma evaluar las pruebas con la debida autonomía de un tribunal. Siguiendo en esta línea, se puede entender por ejemplo por que los Directores Regionales, Subdirectores, Abogados Jefes, ni menos los funcionarios delegados, se atrevían a resolver sobre un determinado asunto que vaya en contra del criterio del Director Nacional del SII, ya que de esa decisión se podía también determinar la permanencia de este juez designado, y cuya carrera funcionaria dependía de la voluntad del Director Nacional.  

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb) pdf (54 Kb) docx (10 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com