Debentura
Enviado por brendade • 14 de Septiembre de 2013 • 783 Palabras (4 Páginas) • 242 Visitas
Formas de emisión
• A la orden, designan a una persona como titular del derecho, a favor de la cual habrá de satisfacerse. Siempre realizan una función de giro. Este tipo de pagarés permiten que el legítimo tenedor transmita mediante endoso el pagaré a un tercero.
• Nominativos, sin cláusula a la orden, en este caso la operatoria es similar a la de los pagarés a la orden.
• Nominativos no a la orden, mediante esta fórmula el firmante expresa la prohibición de que el título sea transmisible mediante endoso, aunque se podrá transmitir mediante la cesión ordinaria para su cobranza.
• Sin vencimiento, en este caso nos encontramos con un pagaré con vencimiento a la vista, puesto que tan sólo con la cumplimentación de la fecha de vencimiento al momento de cobro lo podemos cobrar.
• Para abonar en cuenta, incluyen una cláusula en su anverso donde se indica que para su cobro se deberán abonar en cuenta.
• Cruzados, presentan dos líneas paralelas en el anverso. En este caso el pagaré tan sólo podrá ser cobrado por el legítimo tenedor mediante abono en cuenta, sólo en el caso de que sea cliente de la entidad librada, podrá cobrarlo por ventanilla.
a. Cruzado general, entre las dos líneas no se especifica el nombre de ninguna entidad financiera por lo que podrá ser cobrado mediante abono en cuenta en cualquier entidad bancaria.
b. Cruzado especial, en este caso entre ambas barras aparece la identificación de una entidad financiera de tal modo que el pagaré deberá ser cobrado mediante abono en una cuenta de dicha entidad.
REQUISITOS
• Al ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida.
• Mención de ser pagaré
• Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.
• Promesa incondicional de pago
• El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento.
• Nombre del beneficiario
• Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o
...