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Derecho_Proyecto_Mensual


Enviado por   •  22 de Marzo de 2020  •  Ensayo  •  2.059 Palabras (9 Páginas)  •  120 Visitas

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Tabla de contenido

Introducción1

Antecedentes2

Función Económica3

Características y régimen de responsabilidad4

Obligaciones de los socios5

Patrimoniales6


ANTECEDENTES HISTÓRICOS.

     En la clasificación tradicional se consideran sociedades intermedias aquellas que contienen los mismos elementos de las sociedades llamadas personalistas, pero que también participan de algunos aspectos relativos a las sociedades de capital. En este grupo de sociedades identificamos a la sociedad de responsabilidad limitada.

     Dicha sociedad no responde al esquema histórico, sino es una creación de los juristas destinada a satisfacer las necesidades de las empresas medianas y pequeñas que requieren de una base capitalista, casi como la anónima en cuanto a limitaciones así como de una base personas de confianza entre los socios.

     Las características de esta sociedad, le permiten ser flexible para constituirse como una sociedad de personas, de capitales y/o mixta, pero sin que tenga que ser intuitu pecuniae[1].

     Dice Roberto Mantilla Molina [2]que este tipo de sociedad nace de la evolución de la colectiva, que más tarde se convirtió en comandita simple, hasta la era moderna donde la sociedad colectiva, dio el tercer paso y acepto la posibilidad de que sus socios respondieran solo hasta cierto límite por las obligaciones de la sociedad; mientras tanto para Jorge Barrera Graf, este tipo de sociedad es demasiado joven, pues asegura que nace a finales del siglo XIX en Inglaterra y Alemania, y surge de la acción y necesidad de los comerciantes por formar sociedades de personas con algunas características de la anónima, pero sin que los integrantes tengan una responsabilidad solidaria o sus aportaciones se representen en título de nómina, sino en partes sociales.

     Graf[3] menciona en su libro Instituciones del Derecho Mercantil, que la sociedad de responsabilidad limitada quedo en virtud ante la ley alemana, el 19 de mayo de 1892, conociéndola a partir de ese día como Geselchaft mit Bersrachten Haftung, (S. de R.L) sometiéndola a formalidades menos rigurosas, más elástica en su organización y más personalista en su régimen, es decir, una sociedad anónima económicamente modesta y desde una perspectiva doméstica y familiar; y 15 años más tarde en Inglaterra la conocerían como la Private Companies Act. En España definitivamente tardo un poco más, pues no fue hasta 1995 en que el derecho español expidió la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

     Graziani[4] define a la S. de R.L como la persona jurídica que ejercita una actividad económica con el patrimonio aportado por los socios y con las utilidades eventualmente acumuladas, y en la cual, la cuota de participación de los socios no puede ser representada por acciones. Ello no significa que la sociedad no pueda otorgar a los socios certificados de tal cualidad, pero tienen solamente valor de documentos probatorios privados de la naturaleza y del régimen de circulación de los títulos de crédito, por ello la imposibilidad de transferir la cuota.

     Así, en la exposición de motivos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se señala que este tipo de sociedad se establece con el objeto de abrir un cauce natural de desenvolvimiento para las empresas de amplitud media, para limitar la responsabilidad de los socios y no tener que recurrir para ello al esquema de la anónima, manteniendo el crédito y reputación personal, de sus miembros asó como la enorme carga organizacional que se exige en sociedades de mayor magnitud.

     Durante el cuarto gobierno de J. de J. Porfirio Díaz de la Morí (1884), el Código de Comercio de México, ya regulaba a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, sin embargo, seguía siendo Sociedad Anónima; y no fue hasta la presidencia de Abelardo L. Rodríguez que la Ley General de Sociedades Mercantiles derogó las disposiciones que el C.D.C disponía, el 4 de Agosto de 1934, y se reconoció a la sociedad de Responsabilidad Limitada De Interés Público, con propia naturaleza, en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Agosto de dicho año. Obviamente con sus respectivos cambios, hasta su última reforma el 09 de Abril de 2012, bajo la jefatura de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.

Sociedad De Responsabilidad Limitada En El Mundo.

A continuación una representación de cómo se le conoce a la sociedad de responsabilidad limitada, en varios países del mundo.

País

Nombre

Abreviatura

Alemania

Gesellschaft mit beschränkter Haftung

GmbH

Argentina

Sociedad de Responsabilidad Limitada

S.R.L.

Albania

Shoqëri me Përgjegjësi të Kufizuar

Sh.p.K., Sh.p.k.

Australia

Proprietary Limited Company

Pty. Ltd

Austria

Gesellschaft mit beschränkter Haftung

GmbH

Bielorrusia

Таварыства з абмежаванай адказнасцю

TAA

Bulgaria

Drujestvo s ogranichena otgovornost / Дружество с Ограничена Отговорност

OOD/ООД

Chile

Sociedad de responsabilidad limitada

LTDA.

China

有限公司

Croacia

društvo s ograničenom odgovornošću

d.o.o

Dinamarca

Anpartsselskab

ApS

Estados Unidos

Limited Liability Company

LLC, LC, Co Ltd

Francia

Société À Responsabilité Limitée

Sàrl, SARL, SàRL

Italia

Società A Responsabilità Limitata

S.R.L

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