Derechos De Autor
Enviado por econde • 5 de Agosto de 2012 • 1.619 Palabras (7 Páginas) • 429 Visitas
Derechos de autor.-
El derecho de autor se define como: la facultad exclusiva que tiene el creador intelectual para explotar temporalmente, por si o por terceros, las obras de su autoría, y en la de ser reconocido siempre como autor de tales obras con todas las prerrogativas inherentes a dicho reconocimiento.
Los derechos de autor, aplican para cualquier persona, por ejemplo:
• Escritores
• Pintores
• Arquitectos
• Músicos
• Dramaturgos
• Intérpretes
• Compositores
• Diseñadores
• Caricaturistas
• Escultores
• Fotógrafos
• Coreógrafos
• Cineastas
• Artistas en general
• Programadores
• Radiodifusores
• Televisoras
• Publicadores de paginas Web en Internet.
• Editores de periódicos y revistas
• Publicistas
Cualquier persona puede reservar los derechos de su obra, entendiéndose como obra la expresión personal de la inteligencia que desarrolla un pensamiento que se manifiesta bajo una forma perceptible, tiene originalidad o individualidad suficiente, y que es apta para ser difundida y reproducida.
Según el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, las clases de obras que son objeto de protección son las siguientes:
• Literaria;
• Musical, con o sin letra;
• Dramática;
• Danza;
• Pictórica o de dibujo;
• Escultórica y de carácter plástico;
• Caricatura e historieta;
• Arquitectónica;
• Cinematográfica y demás obras audiovisuales;
• Programas de radio y televisión;
• Programas de cómputo;
• Fotográfica;
• Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y
• De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.
Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.
La protección se obtiene en el momento en que las ideas son plasmadas en un soporte material susceptible de ser reproducido, independientemente del mérito o destino de las mismas, pero se recomienda ampliamente el registro en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ya que el certificado de registro, es una documental pública que en caso de litigio se convierte en la base de la acción para iniciar acción civil o penal.
La protección que otorga la Ley Federal del Derecho de Autor a las obras es la vida del autor y cien años después de su muerte, en caso de coautoría, este término se computa a partir de la muerte del último autor.
El trámite se realiza ante el departamento de registro del Instituto Nacional del Derecho de Autor, se llena el formato Indautor 001, se pagan derechos por la inscripción, y en un término de treinta (30) días hábiles se le regresa el certificado de registro correspondiente.
Cabe mencionar que las personas morales no pueden ser autores, la Ley Federal del Derecho de Autor no posibilita que las personas morales o jurídicas sean autores de obras, solo lo pueden ser los seres humanos, simple y sencillamente por que las personas físicas son las únicas que tienen aptitud para realizar actos de creación intelectual. Aprender, pensar, componer y expresar obras literarias, artísticas y musicales, constituyen acciones que solo pueden ser realizadas por los seres humanos.
Aun así, existe la posibilidad de pluralidad de titulares de una Obra, esto se da cuando varios autores contribuyeron a la creación de una obra trabajando juntos, o bien por separado, pero creando sus aportes, del mismo o de diferente género, para que sean explotados en conjunto y formen una unidad, en este caso nos encontramos frente a obras en coautoría.
Simbología.
El símbolo (una letra “P” mayúscula ubicada dentro de un circulo) representa la reserva de los “derechos de autor sobre una grabación sonido” (música) y es la abreviatura para la palabra fonógrafo (phonograph en inglés). Este símbolo hace referencia más directamente a la obra musical en si grabada en un determinado disco, cassette, CD, etc.
Por otro lado, el símbolo © (una letra “C” mayúscula dentro de una circunferencia) hace referencia más propiamente al derecho de autor (copyright) sobre obras intelectuales de otra índole, como por ejemplo: libros, folletos, obras dramáticas, obras cinematográficas y audiovisuales; dibujos, pinturas, etc…
Clases de derechos de autor.
En la tradición jurídica del derecho continental se suele distinguir los siguientes derechos de autor:
Derechos patrimoniales.- Tratándose de su patrimonio, un autor tiene el derecho de explotar su obra, o bien, autorizar o prohibir su explotación, no dejando con esto de ser el titular de los derechos. Así, un autor puede transmitir con libertad sus derechos patrimoniales: trasladarlos o adjudicar licencias con exclusividad y no exclusividad de uso, durante un tiempo determinado y de manera onerosa, quedando determinados los montos, el procedimiento y los términos para el pago de remuneraciones.
Los convenios o contratos para transmitir los derechos patrimoniales deben realizarse por escrito, además de inscribirse en el Registro Público del Derecho de Autor. Ante
...