ENCAJE LEGAL
Enviado por JCFER • 27 de Noviembre de 2013 • 632 Palabras (3 Páginas) • 1.161 Visitas
ENCAJE LEGAL
El Encaje Legal es un instrumento de política monetaria mediante el cual la Junta Monetaria establece a las entidades de intermediación financiera la obligatoriedad de mantener en el Banco Central o donde ésta lo determine, un porcentaje de la totalidad de los fondos captados del público en cualquier modalidad o instrumento, sean éstos en moneda nacional o extranjera de acuerdo con lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera. Esta obligación podrá extenderse a otras operaciones pasivas, contingentes o de servicios, si así lo considera la Junta Monetaria.
A continuación se definen los aspectos fundamentales para la aplicación del régimen de encaje legal, relativos a los coeficientes de reservas requeridos. El régimen de encaje legal es aplicable a las entidades de intermediación financiera detalladas a continuación:
• Bancos Múltiples
• Bancos de Ahorro y Crédito
• Corporaciones de Crédito
• Asociaciones de Ahorros y Préstamos
• Banco Agrícola de la República Dominicana
COEFICIENTE DE ENCAJE LEGAL
El Coeficiente de Encaje Legal es el porcentaje establecido por la Junta Monetaria a las entidades de intermediación financiera como reserva obligatoria, sobre el pasivo sujeto a encaje legal.
Las entidades de intermediación financiera deberán constituir el porcentaje del pasivo sujeto a encaje legal requerido tanto en moneda nacional como extranjera, en este Banco Central o donde determine la Junta Monetaria.
• Los bancos múltiples deberán cumplir con un coeficiente de encaje legal del veinte por ciento (20%) sobre el pasivo sujeto a encaje, tanto en moneda nacional como extranjera.
• Los bancos de ahorro y crédito, las asociaciones de ahorros y préstamos y las corporaciones de crédito, deberán cumplir con un coeficiente de encaje legal del quince por ciento (15%) sobre el pasivo sujeto a encaje en moneda nacional.
• Las nuevas captaciones de recursos del público por parte de las casas de préstamos de menor cuantía que se hubieren transformado en corporaciones de crédito, deberán cumplir con un coeficiente de encaje legal del quince (15%) por ciento.
• Las casas de préstamos de menor cuantía convertidas en corporaciones de crédito, deberán cumplir con un coeficiente de encaje legal de un cinco por ciento (5%), tomando como base las captaciones del público que presenten sus registros contables en ese momento, en el entendido de que dichas captaciones serán integradas gradualmente al encaje legal de un quince (15%), en un período de seis (6) meses.
• El Banco Agrícola de la República Dominicana deberá cumplir con un coeficiente de encaje legal del diez por ciento (10%) sobre el pasivo sujeto a encaje en moneda nacional.
Las entidades de intermediación financiera
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