El Colegio de Contadores de Chile A.G.
Enviado por lillanes • 1 de Abril de 2013 • Trabajo • 1.627 Palabras (7 Páginas) • 431 Visitas
El Colegio de Contadores de Chile A.G., de acuerdo con la atribución contenida en
la letra ―g‖del Art. 13 de la Ley N° 13.011, que lo obliga a dictar normas relativas al
ejercicio profesional, y respondiendo al compromiso asumido por el país en el
marco del proceso de la globalización de la economía, desde el año 2005, ha estado
abocado a desarrollar un proceso integral para la convergencia de los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados en Chile a las Normas Internacionales de
Información Financiera (NIIF o IFRS por su sigla en inglés). Lo anterior, con el
objeto de incorporar las Normas Internacionales de Información Financiera,
emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB), al cuerpo
normativo en Chile que respalda los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados en Chile. Como parte de este proceso, el 18 de abril de 2006, se aprobó
el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros.
02. Para cumplir con este objetivo, se evaluaron las dos alternativas internacionalmente
aceptadas por la Profesión para cumplir con el propósito de la armonización
contable: i) la adopción directa de las normas originales en inglés emitidas por el
IASB y ii) un proceso de convergencia de los principios contables del país a dichas
normas internacionales a través de la emisión de normas locales que, cumpliendo
con todos los requerimientos del marco legal y regulatorio del país, mantenga como
premisa fundamental el objetivo de adoptar integral, explícita y sin reservas las
NIIF, sin introducir ningún tipo de adaptaciones ni excepciones técnicas locales.
03. Luego de un largo proceso de debate e intercambio de opiniones con los diferentes
agentes involucrados del país y con el IASB, la decisión del Colegio de Contadores
de Chile A. G. fue que el camino que necesariamente debía seguir Chile era la
segunda de las alternativas indicadas en el párrafo 02. Esta decisión tomó en
consideración:
a) La necesidad de incorporar formalmente las NIIF al marco normativo del
Colegio de Contadores de Chile A.G. establecido para la emisión de normas
de contabilidad en Chile.
b) La conveniencia de contar con un cuerpo normativo en idioma castellano, para
utilizar, sólo como referencia última, el cuerpo normativo emitido en idioma
inglés por el IASB.
c) Las restricciones que adolece la versión oficial en español de las IFRS, debido
a su falta de actualización oportuna y por ciertas discrepancias de traducción.
d) La necesidad de facilitar a los preparadores de los estados financieros y a los
diferentes usuarios, el debido entendimiento de un cuerpo normativo
internacional de por sí complejo, el cual potencialmente se podría ver
negativamente afectado al considerar que la traducción disponible en español
de las NIIF incluye, además, una serie de particularidades semánticas y giros
idiomáticos que son diferentes a las prácticas del lenguaje financiero-contable
utilizado habitualmente en Chile, tanto en sus aspectos técnicos como en el
uso práctico del lenguaje.
04. La modalidad adoptada por el Colegio de Contadores de Chile A.G. para la
convergencia de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Chile a
las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por su sigla en
inglés), que se menciona en el párrafo anterior, se debe entender como una etapa
necesaria e inicial del proceso de adopción de las NIIF en Chile, ya que cuando esté
debidamente asimilado y además se consolide la estabilización de la plataforma
técnica internacional, bajo un principio contable auténticamente global (GAAP
Global), podría ya no ser necesario seguir manteniendo una versión local de estas
normas internacionales. En las circunstancias actuales y considerando los cambios
que sigue experimentando la plataforma técnica internacional, se estima que esta
etapa inicial del proceso se podría dar por concluida en un período de cuatro a cinco
años.
05. Conforme con todo lo anterior, el presente Boletín Técnico N° 79 es el instrumento
normativo del Colegio de Contadores de Chile A.G. que permite materializar en el
país el que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Chile
emitidos por el Colegio de Contadores de Chile A.G., efectivamente representen la
adopción integral, explícita y sin reservas de las correspondientes Normas
Internacionales de Información Financiera oficiales emitidas en inglés por el IASB
(NIIF o IFRS por su sigla en inglés) y corresponden a la versión actualizada de las
mismas al 26 de noviembre de 2008, incluyendo además los respectivos
documentos interpretativos emitidos por el IASB bajo la denominación IFRIC o
SIC. Las modificaciones a dichas normas internacionales y las nuevas normas
internacionales que emita el IASB con posterioridad a dicha fecha, darán origen a
actualizaciones a los correspondientes Anexos del presente Boletín Técnico.
06. Para efectos de lo anterior, las normas que el IASB tiene definidas como ―Normas
Internacionales de Información Financiera - NIIF‖ (IFRS por su sigla en inglés), se
adoptan en Chile bajo la denominación NORMAS DE INFORMACION
FINANCIERA DE CHILE (NIFCH) y las que el IASB tiene definidas como
―Normas Internacionales de Contabilidad -NIC‖ (IAS por su sigla en inglés), se
adoptan en Chile bajo la denominación NORMAS DE INFORMACION
CONTABLE DE CHILE (NICCH). Respecto a las normas internacionales de
interpretación que el IASB tiene definidas como ―Comité de Interpretaciones de
Normas Internacionales de Información Financiera – CINIIF‖ (IFRIC por su sigla
en inglés) se adoptan en Chile bajo la denominación COMPLEMENTO DE
INTERPRETACION DE NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA DE
CHILE (CINIFCH) y las que el IASB tiene definidas como ―Comité Permanente de
Interpretación
...