El Derecho En Las Ciencias Humanas
Enviado por juanpablo • 29 de Junio de 2011 • 2.226 Palabras (9 Páginas) • 1.415 Visitas
Las ciencias humanas han sufrido un importante cataclismo. El derecho no ha
logrado escapar a los coletazos de la tragedia de la razón. El abismo abierto
por la caída de los absolutos ha generado nuevos espacios para el surgimiento
de preocupaciones renovadas sobre los límites que el derecho establece a la
conducta de los hombres y sobre los límites a los que, a su vez, éste también
está sometido. Ningún derecho objetivo o subjetivo carece de límites. El
conocimiento de dichos límites es uno de los primeros pasos que es preciso dar
en el extenso y no siempre claro camino de comprender su sentido. El presente
ensayo pretende esclarecer la cuestión de los límites del derecho en el
escenario de los contratos colectivos laborales, desde la perspectiva del
principio de la autonomía de la voluntad, a partir de dos recientes
pronunciamientos jurisprudenciales de la Corte Constitucional y de la Sala de
Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
En algunos ensayos recientes y en diversos pronunciamientos jurisprudenciales
se ha reconocido la presencia de límites para el derecho y para los derechos
y, paralelamente, se ha tratado de dilucidar las eventuales consecuencias de la
existencia de dichos límites. Los límites están presentes en todas las
dimensiones de la disciplina jurídica; la creación de normas de derecho debe
enmarcarse dentro de los parámetros fijados por la Constitución; su aplicación
debe realizarse sin vulnerar lo establecido por ésta y por la ley; su imposición
judicial debe estar en armonía con éstas; y, finalmente, la creación normativa
que pueden realizar los particulares al celebrar contratos, también debe estar
conforme con los referidos parámetros . Así, pues, no es posible hablar
validamente en derecho de nociones absolutas. Por tanto, no existen derechos
absolutos, o normas absolutas o libertades absolutas, o, en rigor, cualquier
cosa absoluta, todo en derecho está limitado.
§ 3. La autonomía de la voluntad y los contratos.
El principio de la autonomía de la voluntad, pese al amplio y creciente
influjo de la legislación, sigue siendo el fundamento principal del derecho del
trabajo en Colombia. La relación de trabajo, a pesar de las muchas
restricciones que la ley establece, no ha dejado de ser ni por un momento un
contrato y, en tanto tal, corresponde al ejercicio del principio de la autonomía
de la voluntad. Este principio, a más de ser plenamente reconocido por el
derecho como fuente de las obligaciones, se erige en el fundamento de la
capacidad de creación normativa que tienen los particulares para regir sus
relaciones mutuas. De hecho, es muy ilustrativo apreciar como en países
marcados por un incesante proceso de inflación legislativa, como es el caso del
nuestro, la mayoría de normas de conducta no son dadas por el Estado mediante
la ley o los actos administrativos, sino por los particulares mediante los
contratos que celebran. El dinamismo propio de los negocios y las complejidades
de la vida actual hacen que difícilmente podamos pasar un día sin celebrar uno
o varios contratos. La mayoría de nuestras conductas tiene alguna relación con
un contrato, sea con su celebración, sea con su ejecución, y en cada uno de
esos momentos está presente el principio de la autonomía de la voluntad.
El derecho ha establecido un preciso marco para el ejercicio del principio de
la autonomía de la voluntad, en virtud del cual se exige capacidad de las
partes para celebrar negocios, libertad de las mismas para manifestar su
consentimiento exento de vicios, licitud del objeto del contrato y de su causa.
Así, pues, este marco que confina al principio de la autonomía de la voluntad,
además de hacer evidente la existencia de unos límites, pone en claro que no
todo puede ser materia de un contrato, a la par que precisa unos referentes
normativos a los cuales éste debe conformarse, a los cuales debe agregarse, en
privilegiado lugar, al principio de la buena fe, que debe estar omnipresente en
la contratación, es decir: desde su principio hasta su fin, pasando por su
transcurso.
Uno de los más recurrentes yerros en los que incurrimos a diario, es en fijar
la atención con esmero en lo que está más próximo a nosotros, al punto de
olvidar o dejar de apreciar aquello que, aunque más alejado, también es
incumbente en una situación dada. Siguiendo la vieja metáfora: por mirar
detalladamente el árbol muchas veces perdemos la perspectiva del bosque. En el
escenario contractual es muy frecuente referirlo todo al contrato, como si la única
norma existente y aplicable para cualquier punto en discusión fuese éste; a
fuerza de ser sobre atendido, el contrato se transforma en lo único a
considerar; nada que no esté en el contrato es tenido en cuenta, pues se asume
al contrato no sólo como ley para las partes, sino como algo parecido a la
verdad revelada, absoluta, eterna e inmodificable. La devoción necia por el
contrato, unida a la restricción de juicio que produce, degeneran en el
sacrificio de todo por el contrato, como si la libertad pudiese ser autora de
los absolutos, de aquellos ídolos ante los cuales debe sacrificarse cualquier
otra consideración.
La autonomía de la voluntad no es un principio absoluto. Como cualquier otro
principio está sometido a unos límites precisos. Estos límites tienen una
condición doble: de una parte están dados por la naturaleza misma del principio
y por su ejercicio y, de otra, están fijados por el derecho. En cuanto a los
primeros, el que el principio opere de determinada manera excluye de suyo
cualquier otra forma de operación incompatible con ésta; la exclusión
antedicha, que se origina en la naturaleza misma del principio que está siendo
ejercido, implica que ese ejercicio es apenas uno de los múltiples posibles,
quedando éstos como un límite. Así, pues, el que en un contrato el ejercicio
del principio de la autonomía de la voluntad se concrete en una compraventa, de
hecho excluye la posibilidad de que se concrete en una donación o una permuta o
un mutuo, etc. El primer límite de la autonomía de la voluntad está dado por su
concreción,
...