El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Enviado por jenifer595959 • 8 de Junio de 2014 • Tesis • 1.312 Palabras (6 Páginas) • 355 Visitas
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), es un organismo autónomo del Estado Peruano encargado de la identificación de los peruanos, otorgando el Documento Nacional de Identidad (DNI), registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. Durante los procesos electorales, proporciona el Padrón Electoral que se utilizará en las elecciones.
Fue creado mediante la Ley N° 264971 del 12 de julio de 1995, en concordancia con los Artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú. Tiene su sede en Lima, Perú y su actual Jefe Nacional es el Dr. Jorge Luis Yrivarren Lazo, quien asumió el cargo en febrero del 2011.2
El RENIEC es una de las instituciones más modernas en materia de identificación y registros civiles de Latinoamérica. Asimismo, es la institución pública más confiable del país, según estudios de investigación realizados por importantes empresas encuestadoras.3
Actualmente, este organismo se encuentra en proceso de implementación del DNI electrónico desde el 15 de julio de 2013 4 el cual reemplazará gradualmente al DNI actual.
Índice [ocultar]
1 Historia
1.1 Durante el Virreinato del Perú
1.2 Inicios de la república del Perú
1.3 Época contemporánea
2 Funciones
3 DNI electrónico en el Perú
4 Organización
4.1 De la Alta Dirección
4.2 Órgano de Control Institucional
4.3 Órgano de Defensa Judicial
4.4 Órgano de Asesoramiento
4.5 Órganos de Apoyo
4.6 Órganos de Línea
5 Cobertura nacional e internacional
6 Premios y reconocimientos
7 Enlaces externos
8 Véase también
9 Referencias
Historia[editar]
Durante el Virreinato del Perú[editar]
Durante la colonia no existía una legislación sobre los registros de nacimientos, defunciones o estado civil, pues esta labor era ejercida por la Iglesia Católica a través de las parroquias, rigiéndose por el Derecho Canónico. La Corona Española mediante Real Orden del 21 de marzo de 1749,5 ordenó la formación de estados mensuales de los nacimientos, matrimonios y defunciones, encargándoles el cuidado y custodia de estos libros en las mismas parroquias.
Inicios de la república del Perú[editar]
El 28 de julio de 1852 se promulga el primer Código Civil Peruano,6 en el cual se crean los Registros del Estado Civil, cuya gestión estaba a cargo de los gobernadores distritales. Al establecerse las municipalidades mediante la Constitución peruana de 1856, son los alcaldes provinciales y distritales los encargados de administrar y llevar los libros de Registro del Estado Civil.
La finalidad de establecer registros de identificación se debió a la necesidad de conocer el número de ciudadanos con los que contaba cada jurisdicción para efectos de los procesos electorales. Con tal objeto, se creó un documento de identidad denominado libreta electoral.
Época contemporánea[editar]
La Constitución peruana de 1993 crea el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) como un organismo encargado de la inscripción de hechos vitales y modificatorios del estado civil. En 1995, mediante la Ley Orgánica del RENIEC se crea el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, estableciéndose el Documento Nacional de Identidad (DNI) como cédula de identidad personal y documento exclusivo para ejercer el derecho de sufragio, en sustitución de la libreta electoral.
Funciones[editar]
Características del DNI electrónico
Poblador rural mostrando su DNI
De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 527-2009-JEF-RENIEC7 del 18 de agosto de 2009, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, las funciones de este organismo son las siguientes:
Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia;
Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la ley;
Emitir las constancias de inscripción correspondientes;
Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales;
Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones;
Mantener el Registro de Identificación de las personas;
Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados;
Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral;
Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1, 5 y 6 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú
Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro;
Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción;
Implementar, organizar,
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