Elementos Constitutivos De La Empresa Mercantil
Enviado por drekfer • 5 de Diciembre de 2012 • 2.381 Palabras (10 Páginas) • 8.474 Visitas
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA EMPRESA MERCANTIL
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA SOCIEDAD.
1. Capital social.
Es el aporte realizado por los socios a la sociedad constituyendo en principio un activo; es decir, una garantía tanto personal como real para el acreedor y posteriormente ésta se considera como pasivo con respecto a sus socios de acuerdo a los aportes realizados,
tenemos en caso de la disolución y liquidación de la sociedad en donde el patrimonio resultante se distribuye entre sus miembros.
Los aportes vienen a constituir aquellos bienes materiales o inmateriales, derechos o
servicios que pueden ser valorados pecuniariamente.
No obstante, en base Artículo 51° de la LGS, los aportes realizados a las sociedades anónimas son los bienes o derechos mas no así los servicios que otorgue uno de los miembros de la sociedad para el cumplimiento de su fin social.
2. Patrimonio Social.
El patrimonio social se divide en etapas que son: el activo y el pasivo de la sociedad, en
cuanto al primero son los bienes tanto materiales como inmateriales y el pasivo está
conformado por las obligaciones sociales. Se debe recalcar que el patrimonio de la sociedad
es susceptible de variación ante la existencia de aumento o disminución del mismo.
Es preciso hacer mención lo prescrito en el Artículo 31° de la LGS: “El patrimonio social responde por las obligaciones de la sociedad, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los socios en aquellas formas societarias que así la contemplan”.
Este artículo, no pretende definir el concepto de patrimonio. Se limita a reproducir la fórmula del artículo 14° de la LGS anterior, expresando que el patrimonio de la sociedad responde por sus obligaciones, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los socios en aquellas formas societarias que no son de responsabilidad limitada. La fórmula es ambigua pues su única significación literal es que los activos responden por los pasivos, lo cual es, que el patrimonio neto liquido responde por las obligaciones, lo que también lo es.
3. Patrimonio Neto.
El patrimonio neto, es la diferencia real entre el valor total de los activos y el monto de los pasivos en una determinada fecha.
Y citando a ELÍAS LAROZA, el patrimonio neto o liquido “se expresa en el balance de
la sociedad a través de las cuentas de capital, beneficios, reservas, primas y en general todo
aquello que la sociedad adeuda a sus socios en condición de tales”. 27 HUNDSKOPF
EXEBIO, señala que “En resumen, si del valor total de los activos, deducimos en un día
cualquiera, el monto de los pasivos frente a terceros, la diferencia es el valor neto del
patrimonio, y si resultara que el valor de los pasivos frente a terceros supera al de los activos,
nos encontramos ante un patrimonio negativo”. 28 Igualmente explica que el capital social se
rige por unos principios reguladores u ordenadores como son los principios de:
determinación, efectividad o relatividad, integridad o suscripción integra, desembolso
mínimo, estabilidad o permanencia, y vinculación que además cumple 3 importantes
funciones: a) organizativa de la estructura financiera y corporativa de la sociedad, b) función
de garantía frente a los acreedores, y c) una función pre concursal.
4. Acciones.
Según el Artículo 82° de la LGS: “Las acciones representan partes alícuotas del capital,
todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto (…)”.
De esta concepción de la acción se desprenden varios efectos (29) siendo las más
importantes las siguientes:
- Las acciones se encuentran inseparablemente vinculadas al pasivo “capital social”, se debe eliminar los servicios personales.
- El capital está dividido en fracciones ideales, que son las acciones.
- La división del capital en fracciones y su adjudicación a los socios, de acuerdo a sus respectivos aportes, permite la asignación correcta de los derechos sobre el capital a cada socio y facilita las votaciones, los repartos de utilidades y, en general, el ejercicio de los derechos de cada socio.
- Cada acción es indivisible.
Como bien menciona el artículo 91° en su primer párrafo de la LGS: “La sociedad
considera propietario de la acción a quien aparezca como tal en la matrícula de acciones”. Y
en concordancia con el Código Civil en su Artículo 886° “son muebles, inciso 8: Las
acciones o participaciones que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas
pertenezcan bienes inmuebles”.
Además cabe mencionar que en la matricula de acciones se anotan también las
transferencias, los canjes y desdoblamientos de acciones, la constitución de derechos y
gravámenes sobre las mismas, las limitaciones a la transferencia de las acciones y los
convenios entre accionistas o de accionistas con terceros que versen sobre las acciones o que
tengan por objeto el ejercicio de los derechos inherentes a ellas.
Para tener una visión clara de las acciones es preciso diferenciarla de las participaciones, si bien en ambos casos hay una representación y división del capital social.
Las acciones son propias de las sociedades anónimas en sus tres modalidades: la llamada
sociedad anónima clásica, la sociedad anónima abierta y la sociedad anónima cerrada. En las
demás organizaciones previstas en la LGS lo que hay son participaciones, existiendo una
prohibición expresa de darle a éstas el carácter de títulos valores y mucho menos denominarlas acciones.
5. Accionistas - Socios.
El presupuesto para adquirir la calidad de socio de una sociedad anónima es ser propietario de por los menos una acción. El status de accionistas permite el ejercicio de un conjunto de derechos. El derecho a participar en el reparto de utilidades, el derecho de intervenir y votar en las juntas generales, el derecho de preferencia para la suscripción de acciones en caso de aumento de capital, el derecho de separación, el derecho de cobrar intereses, el derecho de participar en la revalorización del patrimonio, el derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación, el derecho a no responder con su patrimonio por las obligaciones sociales. Estos derechos pueden clasificarse en derechos económicos y derechos políticos (dentro de las cuales considero que se encuentran los derechos de control de gestión).
Los accionistas eligen a los directores, y estos nombran al gerente general y a los demás
funcionarios de la sociedad. Los miembros
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