Ensayo Empresa Y Su Presentacion
Enviado por • 11 de Agosto de 2014 • 2.535 Palabras (11 Páginas) • 614 Visitas
TEMA: 4 CONCEPTO DE PERSONA MORAL
DISTINCION ENTRE PERSONA FISICA Y PERSONA MORAL
Art. 22 Bis.- Son sujetos de derecho:
l.- Las personas físicas, a quienes la ley reconoce personalidad jurídica por el solo hecho de su naturaleza humana; y
II.- Las personas morales, que son las entidades reconocidas como tales por la ley, en virtud de haber sido legalmente constituidas.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS MORALES
1.- Capacidad
2.- Denominación o razón social
3.- Domicilio
4.- Patrimonio
5.- Nacionalidad
Capacidad: La capacidad de las personas morales se distingue de la personalidad de las personas físicas en dos aspectos:
a) En las personas morales no puede darse la incapacidad de ejercicio, puesto que ésta depende exclusivamente de circunstancias inherentes al ser humano, tales como la minoría de edad, privación de la inteligencia, locura, etc.
b) En las personas morales, su capacidad de goce está limitada en razón de su objeto, naturaleza y fines.
Como regla general se debe considerar el hecho de que las personas morales no pueden adquirir bienes o derechos o bien reportar obligaciones que no tengan relación con su objeto y fines propios.
Denominación a sociedades de capital
Razón social es el concepto nombre, es lo que se la da a la sociedad de personas
Domicilio: es el atributo de la personalidad jurídica de una sociedad.Para todos los efectos, domicilio de una sociedad es el municipio donde se constituye.
Patrimonio: En cuanto al patrimonio de las personas morales, se debe poner especial atención en que aun cuando de hecho algunas entidades como los sindicatos y las asociaciones políticas, científicas, artísticas o de recreo pueden funcionar sin tener un patrimonio, existe siempre por el hecho de ser personas la posibilidad de tenerlo. Es decir, cualquiera que sea su objeto y finalidad deben, las personas morales contar con la posibilidad jurídica de poseer o adquirir bienes, derechos y obligaciones relacionados con sus fines.
Existen, sin embargo, algunas entidades como las sociedades civiles o mercantiles que por su naturaleza misma requieren para constituirse de un patrimonio, o sea, un capital social que es indispensable formar desde el nacimiento del ente y a través de las aportaciones que lleven a cabo los socios, tanto en dinero como en bienes y trabajo o servicios.
Como ya se señaló con anterioridad la doctrina tradicional aplicable en nuestro país distingue de dos tipos fundamentales en las personas jurídicas: las corporaciones y las fundaciones y a éstas pueden reducirse las demás especies admitidas, debiendo entender a las primeras como una organización de personas, mientras que las segundas habrán de ser identificadas como un conjunto de bienes, un patrimonio convertido en un ente autónomo y destinado a un fin.En las personas morales, concluyendo, el patrimonio es tan esencial, en el sentido expresado, que sin el no pueden existir. La carencia de los medios materiales para el cumplimiento de sus fines determina la liquidación de la persona moral que equivale a la muerte.
CLASIFICACION DE LAS PERSONAS MORALES
Clases de personas jurídicas personas morales de derecho público
Personas morales de derecho privado
CONCEPTO DE ASOCIACIÓN CIVIL Y SOCIEDAD CIVIL
Asociación Civil : (art. 252 bis ) asociación de personas para la constitución de un objeto social común de carácter social , religioso, cultural, etc
Sociedad Civil: (art. 2688) declara: "por el contrato de sociedad de los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realizacion de un fin comun, de caracter preponderantemente economico, pero que no constituya una especulaciòn comercial"
SIGNIFICADO DE LUCRO Y ESPECIALIZACION COMERCIAL
Fines de lucro comprar , transformar , vender y obtener utilidades
Especulación Comercial
VOCACION GANANCIAS O PÉRDIDAS
Algunos autores señalan como uno de los caracteres esenciales del concepto de sociedad, la vocación a las ganancias y a las perdidas; el que todos los socios estén llamados a soportar las ultimas y a obtener las primeras.
ENUMERACION DE SOCIEDADES MERCANTILES (ARTICULO 1)
I.- Sociedad en nombre colectivo;
II.- Sociedad en comandita simple;
III.- Sociedad de responsabilidad limitada;
IV.- Sociedad anónima;
V.- Sociedad en comandita por acciones, y
VI.- Sociedad cooperativa.
ASOCIACION EN PARTICIPACION
Asociación en participación Cuando se persigue en fin mercantil consistente en obtener y repartir utilidades, tal como explotar una negociación mercantil o celebrar uno o varios actos de comercio, y a tal efecto se aportan bienes o servicios a una persona encargada de realizar dicho fin, se celebra un contrato llamado asociación en participación, que viene a ser una especia de las sociedades mercantiles, caracterizada por no exteriorizarse frente a terceros y porque le es indispensable una finalidad de especulación comercial. El criterio de distinción es paralelo y completamente armónico la aplicado a las sociedades civiles.
SOCIEDADES MERCANTILES CON FINALIDAD CIVIL Y SOCIEDADES CIVILES CON FINALIDAD MERCANTIL
Sociedad civil con finalidad mercantil Se contravendría abiertamente la definición contenida en el artículo 2688 del C.C y por ello considero que no sería válida como sociedad civil la que persiguiera un fin comercial. como, por hipótesis, existe de hecho una agrupación que persigue un fin de naturaleza mercantil y que se ostenta como una sociedad, debe considerarse, como una sociedad mercantil irregular, y someterla a las mismas reglas que a las de esta clase.
Sociedad mercantil con finalidad civil la hipótesis de una sociedad comercial con fin civil está prevista y resuelta por nuestra legislación. Art. 4 LSM: "se reputaran mercantiles todas las sociedades que se constituyan en alguna de las formas conocidas en el artículo 1 de esta ley".
EL COMERCIANTE INDIVIDUAL Y EL COMERCIANTE SOCIAL
Comerciante individual responde a terceros ¿con que responde las operaciones que realiza? Con su patrimonio
No todas las sociedades mercantiles están en la ley de sociedades
Ejemplo: producción rural.
TEMA 5 .- PERSONALIDAD DE LAS SOCIEDADES
NORMAS GENERALES (ARTICULO 1 AL 24 )
Artículo 1º esta ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:
Sociedad en nombre colectivo;
Sociedad en comandita simple;
Sociedad de responsabilidad limitada;
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