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Entorno político-legal


Enviado por   •  7 de Marzo de 2013  •  Tesis  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  1.055 Visitas

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• Entorno político-legal: El entorno político y legal de las bebidas gaseosas carbonatadas Esta basado en dos leyes fundamentales que rigen este tipo de productos (gaseosas), la primera hace referencia a la reglamentación que deben cumplir las bebidas gaseosas, la segunda las exigencias respecto del envase y el rotulado del producto y por último, las normas legales que se deben cumplir en cuanto al uso del agua.

Normas de envase y rotulado

Envase: Los envases para las bebidas gaseosas serán de una manera que no alteren el producto y aseguren una adecuada protección, almacenamiento, transporte y expendio con cierre que impida su alteración.

Rotulado: En el rotulo deberá aparecer el siguiente texto en español

Nombre del producto

Nombre del fabricante

Contenido neto expresado en unidades Sistema Internacional

Listas de ingredientes

Código de fabricación

Numero del riesgo sanitario

La Leyenda Industria Colombiana

Para bebidas gaseosas que tengan sabor artificial a frutas, es necesario denominarlas con el nombre de la fruta “con sabor a naranja”

Normatividad de funcionamiento – Postobón-

La normalización bajo el modelo de la norma ISO 9000 y el sello de conformidad ICONTEC, les permite asegurar que en todas y cada una de las etapas del proceso, cumplan con el compromiso propuesto y los estándares de calidad.

El 5 de marzo de 1997 la Compañía obtiene para sus productos el Sello de Calidad ICONTEC, convirtiéndose en la primera empresa del sector de bebidas de Colombia en obtenerlo.

Este hecho garantiza que los productos son fabricados bajo un sistema de calidad eficiente, confiable y establecen el tiempo y que cumplen con los requisitos exigidos en la NTC 2740 “Bebidas Gaseosas” garantizando así la seguridad y durabilidad del producto y generando un alto grado de satisfacción del cliente.

El 20 de octubre de 1998 le otorgan a la cervecería leona el sello de calidad ICONTEC para sus productos.

Legislación ambiental

Reglamentación Legal del Uso del Agua

El decreto No. 1594 del 26 de Junio de 1984 del Ministerio de Salud, hace mención en cuanto a usos del agua y residuos líquidos. Del anterior decreto, se aplican del capitulo 1 (definiciones), los Artículos 5, 6, 10, 12 y 13, del Capitulo III (de la legislación genérica de las aguas superficiales, subterráneas, marítimas y servidas), los artículos 29 y 30; Capitulo VI (vertimientos de los residuos líquidos), VII (de los registros de los vertimientos, Capitulo VIII (de la obtención de los permisos de los vertimientos y de los planes de cumplimiento para usuarios existentes) Capitulo X (de las autorizaciones sanitarias) capitulo XI (de los procedimientos para la modificación de normas de vertimientos y criterios de calidad) Capitulo XII (de las tasa retributivas ), Capitulo XIII (de los estudios de efecto ambiental o impacto ambiental), Capitulo XIV (de los métodos de análisis y tomas de muestras) Capitulo XV (de vigilancia y control) y XVI (de las medidas sanitarias, sanciones y los procedimientos) en su totalidad.

Registro De Emisiones : Se presentan informes a la CARDER, ya que es esta la que define en que rangos deben estar las emisiones al agua, en este caso a la quebrada La Víbora y la emisión al aire por la caldera, también cumple con la tasa retributiva por los vertimientos.

Licencias y permisos ambientales: La resolución 1228/2000 se encuentra en renovación ya que se venció el 23 de Enero del 2006, el que menciona que Postobón S. A, debe realizar mediciones diarias de Caudal, Ph, temperatura, y semanalmente los Sólidos Sedimentables, alcalinidad y ácidos orgánicos volátiles y una medición mensual de los SST, DQO. DBO5, y grasas / Aceites.

La empresa debe cumplir con los siguientes parámetros:

Ph entre 5 y 9 unidades

Temperatura 400C

Material: Ausente

Grasa Aceites: Remoción del 80% en carga

Sólidos suspendidos: Remoción 50% en carga

DBO5: Remoción 30% en carga

• Entorno socio-cultural: Lo natural es la tendencia que actualmente se filtra en todos los estadios de consumo incluidos néctares y jugos. Lograr que un producto sea catalogado como saludable, o por lo menos, asociado a ello, obedece a su fabricación y exhibición mediática fiel a los

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