Escrituracion
Enviado por Marta5000 • 10 de Noviembre de 2014 • 2.836 Palabras (12 Páginas) • 221 Visitas
FELIPE A.GOMEZ – LOBOSOMAVIA
NOTARIO PÚBLICO
NOTARIA DE PEÑALOLEN
AV. GRECIA 6765, 2º PISO
Fono/Fax: 279 11 43
REPERTORIO Nº 177-2013
CONSTITUCION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
“COMERCIAL NEW STYLE FOR YOU”
-O-
“NEW STYLE FOR YOU LTDA.”
***********
En Peñalolén Santiago de Chile, a uno de Julio de dos mil trece, ante mí, FELIPE ANTONIO GOMEZ-LOBO SOMAVIA, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Peñalolén, con Oficio en Avenida Grecia número seis mil setecientos sesenta y cinco, segundo piso, comparecen: Doña CYNTHIA VERÓNICA CHAMORRO TROPA, chilena, soltera, según se acreditará, estudiante, domiciliada en calle Veintiséis de Enero número mil ciento setenta y seis, Villa Bernardo Leigthon, Comuna de Puente Alto, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y dos guión tres, Doña ALEJANDRA DEL CARMEN INOSTROZA CARVAJAL, chilena, soltera, según se acreditará, estudiante, domiciliada en calle B número cuatrocientos noventa y nueve, Población Ignacio Carrera Pinto, Comuna de San José de Maipo, cédula de identidad número dieciocho millones ochocientos ochenta y cuatro mil doscientos noventa y dos guión cinco, Doña CINTIA GISELLA ORTEGA CUIDAD, chilena, soltera, según se acreditará, estudiante, domiciliada en calle El Corregidor número cero treinta y cinco treinta y seis, Villa Santiago Nueva Extremadura, Comuna de La Pintana, cédula de identidad número quince millones novecientos veintinueve mil ochocientos setenta y dos guión ocho, y Doña ROMINA VALESKA VALENZUELA ZAMORANO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, dueña de casa y estudiante, domiciliada en calle Plaza Magna Poniente número mil ciento treinta y ocho, Comuna de Puente Alto, cédula de identidad número trece millones quinientos mil quinientos veintiuno guión cinco; todas mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas y exponen: PRIMERO.- Que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las disposiciones de la Ley Tres mil novecientos dieciocho del catorce de Marzo de mil novecientos veintitrés, y sus modificaciones, teniendo presente ademases las disposiciones contenidas en los Códigos Civil y de comercio que vencen sobre la materia, y de acuerdo al siguiente estatuto.- TITULO PRIMERO.-DE LA RAZON SOCIAL, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION.-ARTICULO PRIMERO.- El nombre o razón social será “COMERCIAL NEW STYLE FOR YOU LIMITADA”, pudiendo usarse para fines comerciales, publicitarios e incluso ante Bancos el nombre de fantasía “NEW STYLE FOR YOU LTDA.”.-ARTÍCULO SEGUNDO.- La sociedad tiene por objeto: cortes, peinados, tinturación, decoloración, permanente, masaje y lavado capilar. Creación y desarrollo de estilos. Compra de herramientas y productos. Servicio de peluquería. Asesoría y orientación de presentación personal. Servicio basado en el tratamiento del cabello, cuero cabelludo; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades, y cualquier otro negocio que acordaren las socias.-ARTICULO TERCERO.- El domicilio de la sociedad será cuidad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que las socias acuden establecer en otras ciudades del país o en el extranjero.-ARTICULO CUATRO.- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura, tendrá una duración de cinco años, plazo que se extenderá prorrogando en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años cada uno, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término por medio de una declaración formulada por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación al final del respectivo periodo.-TITULO SEGUNDO.-DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.-ARTICULO QUINTO-. El capital de la sociedad será la suma de seis millones de pesos, que las socias aportan y enteran de la siguiente manera: a) la socia Cynthia Verónica Chamorro Tropa aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, dinero en efectivo y de contado en este acto, b) la socia Alejandra del Carmen Inostroza Carvajal, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, en dinero efectivo y de contado en este acto, c) la socia Cintia Gisela Ortega Cuidad, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, dinero en efectivo y de contado en este acto, y d) la socia Romina Valeska Valenzuela Zamorano, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, en dinero efectivo y de contado en este acto.-ARTICULO SEXTO.- La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.-TITULO TERCERO.-DE LA ADMINISTRACION.-ARTICULO SEPTIMO.- La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a las socias en forma separada e indistintamente, quien anteponiendo a su firma la razón social “COMERCIAL NEW STYLE FOR YOU LIMITADA “ o nombre de fantasía “NEW STYLE FOR YOU LTDA.”, tendrá las más altas facultades de administración y disposición de bienes, y sin que la enumeración siguiente sea taxativa sino meramente enunciativa, especialmente podrán: a) comprar, vender, gravar, enajenar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles, inmuebles y valores; b)cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad por cualquier causa o capitulo; c) suscribir, firmar y otorgar escrituras públicas, recibos, cancelaciones y toda clase de documentos públicos , oficiales o privados, sin limitación alguna; d) constituir, acertar, ceder, posponer, alzar y cancelar hipotecas, prendas, gravámenes, cauciones, renunciar a la acción resolutoria y constituir a la sociedad en codeudora solidaria y fiadora.-TITULO CUARTO.-DEL BALANCE Y LAS UTILIDADES Y PERDIDAS.-ARTICULO OCTAVO.- La sociedad practicará Balance General de sus operaciones anuales al treinta y uno de diciembre de cada año, y las utilidades y pérdidas que arrojen serán distribuidas entre las socias en proporción a sus aportes.-ARTICULO NOVENO.- Las socias solo de común acuerdo, determinarán las cantidades que, con cargo a la cuota de las utilidades que cada una de ellas corresponda en la sociedad, podrán retirar para sus gastos personales.-TITULO QUINTO.-DE LA DISOLUCION DE LA LIQUIDACION Y DEL ARBITRAJE.-ARTICULO DECIMO.- La liquidación será practicada por las socias de común acuerdo. Si no se lograre el acuerdo la liquidación la efectuará un Árbitro designado de la forma que se establece en la cláusula siguiente. En caso de fallecimiento de alguna de las socias, la sociedad continuará con su respectiva sucesión el cónyuge sobreviviente si lo hubiere.-La
...