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Estudio y análisis sobre la trazabilidad de la mercancía


Enviado por   •  1 de Abril de 2024  •  Trabajo  •  1.053 Palabras (5 Páginas)  •  54 Visitas

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Caso 2: Estudio y análisis sobre la trazabilidad de la mercancía

Descripción

La trazabilidad la podemos definir como el conjunto de acciones, medidas y procedimientos que permiten identificar y registrar cada producto desde su origen hasta el final de la cadena de comercialización. La trazabilidad animal significa la posibilidad de reconstruir lo que ha ocurrido al animal o lote de animales desde su explotación de nacimiento hasta su sacrificio, con el objetivo de que la información llegue al consumidor final.

Hubo un acontecimiento con un gran impacto, la encefalopatía espongiforme bovina, que provocó una crisis que desestabilizó el mercado bovino a nivel mundial. A partir de ahí se pusieron en marcha toda una serie de medidas (identificación, etiquetados, etc.) con el fin de recuperar la confianza de los consumidores finales y poder así estabilizar el mercado bovino.

Debes estudiar y analizar, siempre bajo la perspectiva de la trazabilidad, lo siguiente:

  • Requisitos en la importación de productos cárnicos de bovino en el etiquetado y referenciación.

Todos los etiquetados para alimentos cárnicos deberán contar con su fecha de beneficio, de empaque, de vencimiento, nombre especifico del corte de acuerdo a la especie de la que provenga el producto, condiciones de conservación y declaración de conversación y declaración de aditivos o conservas según el caso. Los ítems del etiquetado a tener en cuenta son los siguientes; nombre competo del alimento que especifique el corte, listado de todo ingrediente, contenido neto, nombre y dirección del productor, identificación del lote y fecha de caducar el país debe de miembro OIE cumpliendo con las normas de la organización, instrucciones para garantizar su conversación, instrucciones para su debido uso, verificar que existan requisitos sanitarios establecidos por el ICA que permitan realizar este tipo de importaciones procedentes del país de interés

  • Requisitos en el transporte de productos cárnicos de bovino y sobre los vehículos que la transportan.

Todo vehículo transportador de carne debe estar autorizado por la secretaria distrital de salud.

La cabina del conductor debe estar separada físicamente de la unidad de transporte, no transportar en un mismo vehículo carne de diferentes especies de animales para consumo humano, a menos de que estén empacadas e independientes, en un mismo vehículo se permitirá el transporte de canales de distinta especie siempre y cuando se proceda a la desinfección y en momentos diferentes, identificarse con un aviso visible en cada costado del vehículo que diga “Transporte de carne o productos cárnicos”.

Todo vehículo debe contar con requisitos como, estar construido en material sanitario, garantizar limpieza y desinfección, mantener la temperatura del producto de acuerdo a lo establecido, los productos no deben estar en contacto directo con el piso, los utensilios deben estar en óptimas condiciones sanitarios, contar con una barrera que proteja la carne del exterior.

Inspección fronteriza sobre las importaciones de carne y productos cárnicos tienen que entrar en el respectivo país a través de un puesto de inspección fronterizo del mismo territorio autorizado, bajo la responsabilidad de un veterinario oficial. Cada envío se somete sistemáticamente a un control documental y a un control de identidad y, en su caso, a un control físico. La frecuencia de los controles físicos depende del riesgo que presenta el producto, así como de los resultados de controles anteriores. Si delos mencionados controles se deriva que una partida no cumple los requisitos de la legislación comunitaria del país, destruirá, o, en determinadas condiciones, se reenviará en un plazo de sesenta días. Con el fin de proteger la salud, se prohíben todas las importaciones personales de viajeros o pasajeros de productos cárnicos.

  • Requisitos sobre la conservación y almacenamiento de los productos.

Sólo se autorizan importaciones de establecimientos autorizados, por ejemplo, mataderos, salas de despiece, establecimientos de manipulación de las piezas de caza, almacenes   frigoríficos   o   centros   de   transformación   de   la   carne, inspeccionados por la autoridad competente del país exportador, que, a raíz de la inspección, ha determinado que cumplen todos los requisitos comunitarios. La autoridad proporciona las garantías necesarias y tiene obligación de llevar a cabo inspecciones con regularidad. Por lo que se refiere a la importación de carne de ganado de especies bovinas, los países exportadores deben solicitar que se determine su estado en relación con la EEB. Este estado se basa en una evaluación del riesgo y está relacionado con condiciones específicas de importación relacionadas con la EEB.  Es preciso que la Oficina Alimentaria y Veterinaria de la Comisión lleve a cabo una inspección con objeto de confirmar   el   cumplimiento   de   los   requisitos   mencionados.   Esta   misión   de inspección constituye la base para establecer una relación de confianza entre y las autoridades competentes entes del país exportador.

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