FUNCIONES DE LA UNIDAD DE CARTERA EN LO REFERENTE A LA REVISIÓN DE LA FACTURAS A RADICAR.
Enviado por MONALO • 11 de Abril de 2014 • 339 Palabras (2 Páginas) • 325 Visitas
FUNCIONES DE LA UNIDAD DE CARTERA EN LO REFERENTE A LA REVISIÓN DE LA FACTURAS A RADICAR.
1. Verificar que el número de factura global o de compraventa que agrupa las subfactura no se haya asignado con anterioridad o no se repita en el periodo facturado.
2. Verificar que la fecha de elaboración de la factura corresponda a la fecha de entrega de la facturación, que debe ser entre el primer día hábil y el 20 calendario del mes siguiente a la prestación del servicio.
3. Verificar el mes que se esté facturando corresponda al mes anterior a la fecha de la presentación de la factura, de tratarse de un mes diferente solicitar la respectiva aclaración.
4. Verificar que el valor de la factura se ajuste a la sumatoria de todas la subfacturas adjuntas, descontando las cuotas moderadoras y/o copagos.
5. Verificar que la Entidad Responsable del Pago, a la que se le expide la factura global o de venta corresponda a la facturada en las subfacturas y sus respectivos soportes, de no ser así devolver la factura al agente liquidador para que haga la respectiva corrección.
6. Verificar las direcciones de la Entidades Responsables del Pago, adonde se le pueda radicar las facturas generadas, y se consignaran en el formato que para tal efecto diseñe el jefe de facturación, esta actividad se realizara en la gestión de cartera, o más tardar del 20 al 25 de cada mes objeto de facturación, dejando constancia la fecha en que se realiza la modificación.
7. Generar un certificado de revisión por el periodo facturado, al jefe de la unidad, donde se adjunte copia del recibido del formato de entrega de factura de cada liquidador, haciendo las respectivas observaciones, a tener en cuenta en el próximo cierre de factura.
8. Para realizar las actividades anteriores los agentes encargados de llevar la cartera hospitalaria del Hospital San Juan Bosco, contaran con dos días hábiles contados a partir de la fecha de entrega de las facturas por los agentes liquidadores, la cual no será inferior a los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes.
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