Glosario Aduanero
Enviado por carlitapazmino • 10 de Febrero de 2014 • 3.522 Palabras (15 Páginas) • 327 Visitas
GLOSARIO DE TÉRMINOS GENERALES ECUAPASS
OCTUBRE 2012
1. Agente de carga internacional.- Empresa que puede realizar y recibir embarques, consolidar, y desconsolidar mercancías, actuar como Operador de Transporte Multimodal sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad tales como conocimientos de embarque, guías aéreas, certificados de recepción, certificados de transporte y similares.
2. Arribo Forzoso: se considera cuando un medio de transporte por razones climáticas, fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado por la Autoridad Competente, obligue a arribar a un punto del territorio aduanero no previsto en su ruta original.
3. Autoridad Competente: Son todas aquellas autoridades u organismos designados como tal en cada Estado.
4. Bill of Lading: Conocimiento de embarque.
5. Bienes de Capital: Aquellas mercancías que no se destinan al consumo, sino a seguir un proceso productivo, en forma directa o indirecta para incrementar el patrimonio material o financiero.
6. Boya de Mar.- Es una baliza flotante situada en el mar y generalmente anclada al fondo, la cual permite que la embarcación pueda ser amarrada, ésta a su vez está conectada con mangueras que permiten la descarga de hidrocarburos.
7. Buzón de Zona Primaria del Distrito: es una cuenta electrónica en el cual el transportista efectivo operador o agente de carga, deberá remitir con su respectiva firma digital, la información necesaria para el Registro de Informe de Llegada/Salida del medio de transporte, esta información será recibida por el o los servidores públicos del Servicio Nacional de Aduana de Ecuador responsables de dicho registro.
8. Candado Electrónico: Dispositivo físico de seguridad que se coloca en las unidades de carga (contenedores) bajo control aduanero de manera que aseguren la integridad de la carga mediante registro de todos los cierres y aperturas que experimente y que permite la ubicación en tiempo real de la Unidad de Transporte durante su recorrido por el territorio nacional, con la ayuda de un sistema de monitoreo. Su denominación será Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA).
9. Carga de Correos Rápidos o Postal.- Carga agrupada y trasladada bajo nombre y responsabilidad de una persona jurídica pública o privada operadora de encomiendas internacionales
10. Carga mal codificada.- Son mercancías arribadas a determinado destino por error de origen en la codificación del código IATA del destino, que no vienen manifestadas y que son calificados por las Empresas Autorizadas como MC (miss code), que serán re-enrutados a su destino correcto inmediatamente después de detectar el error.
11. Carga mal enrutada.- Son mercancías arribadas a determinado destino por error en la clasificación del material en el exterior, que tendrán guía y/o etiqueta con información de su lugar de destino final, que no vienen manifestadas y que son clasificadas por las personas jurídicas autorizadas como MS (miss sort). Los paquetes serán re-enrutados a su destino correcto inmediatamente después de detectar el error.
12. Carga suelta.- Bienes individuales que por su tamaño o naturaleza no son transportados en unidades de carga y que se manipulan y embarcan como unidades separadas, o que como consecuencia de una desconsolidación, adquieren este estado.
13. Carga y descarga: La mercancía que provenga del exterior, por cualquier vía, deberá estar expresamente descrita en el manifiesto de carga.
14. Carga y descarga: La mercancía que provenga del exterior, por cualquier vía, deberá estar expresamente descrita en el manifiesto de carga.
15. Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC).- es el documento que prueba que el transportista autorizado ha tomado las mercancías bajo su responsabilidad y se ha obligado a transportarlas y entregarlas de conformidad con las condiciones establecidas en ella o en el contrato correspondiente.
16. Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC).- es el documento que prueba que el transportista autorizado ha tomado las mercancías bajo su responsabilidad y se ha obligado a transportarlas y entregarlas de conformidad con las condiciones establecidas en ella o en el contrato correspondiente.
17. Certificado de Compras Locales de Insumos No Procesados.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos que fueron vendidos a un exportador, es decir, con este documento el importador vende los ítems en su estado original, de una o varias importaciones.
18. Certificado de Compras Locales de Insumos Procesados.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos que fueron utilizados para fabricar un producto el cual es vendido al exportador, es decir, con este documento el importador vende un producto procesado por el importador.
19. Certificado de Compras Locales.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos a un exportador que será beneficiario de la Devolución Condicionada. En este documento se especifican todos los productos vendidos al exportador.
20. CIIS - Solicitud de Corrección - Informe de Ingreso y Salida.- Es un documento electrónico en el cual se podrán corregir datos ingresados incorrectamente o eliminar registros..
21. Código IATA.- El código de aeropuertos de IATA es un código de tres letras que se designa a cada aeropuerto en el mundo. Estos códigos son decididos por la organización internacional para el transporte aéreo (International Air Transport Association) IATA.
22. Coeficiente de Devolución Condicionada de tributos.- Es el documento electrónico mediante el cual se detalla el producto que el operador exporta definitivamente y los insumos que son utilizados para la producción o fabricación del producto en mención. Además, es el documento donde se determina el porcentaje de devolución que aplica para el tributo Ad-valorem, el mismo que no podrá superar el 5%.
23. Co-loaded.- O “Carga compartida” en su traducción al español, es una práctica internacional que consiste en el embarque de carga entre dos o más consolidadores, sean estos transportistas no operadores del medio de transporte efectivo, agentes de carga o transitorios, a través
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