Glosario De Terminos Aduaneros
Enviado por karlitac • 6 de Marzo de 2013 • 2.638 Palabras (11 Páginas) • 417 Visitas
Glosario de términos aduaneros
Actividades aduaneras: actos necesarios para que la operación aduanera se pueda realizar. Entre las actividades aduaneras podemos destacar: la confrontación, el reconocimiento, la liquidación, el desaduanamiento, etc.
Admisión temporal : régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.
Admisión temporal para perfeccionamiento activo: régimen mediante el cual se introducen al territorio aduanero nacional insumos, materias primas, partes o piezas de origen extranjero, con suspensión de los impuestos aplicables a la importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, mezcla, reparación o ensamblaje.
Aduana: Son las unidades administrativas adscritas a la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria, que tienen como funciones principales: a) Controlar la entrada y salida de mercancías al país; b) Recaudar los impuestos al comercio exterior; c) Ejecutar la parte correspondiente a las políticas económicas y comerciales; d) Ejercer vigilancia en materia de sanidad, migración, seguridad nacional y e) vigilar que se cumplan las disposiciones en materia de propiedad intelectual.
Aduana de destino: oficina aduanera donde termina la operación de tránsito aduanero.
Aduana de entrada: oficina aduanera por donde entran al territorio aduanero mercancías en tránsito aduanero.
Aduana de partida: oficina aduanera por donde comienza la operación de tránsito aduanero.
Aduana de paso de frontera: oficina aduanera ubicada en frontera, que interviene en el control de una operación de Tránsito Aduanero Internacional, por la cual las mercancías cruzan con motivo de tal operación.
Aduana principal: oficina aduanera que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas subalternas adscritas a ella.
Aduana subalterna: oficina aduanera adscrita a una aduana principal y habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción.
Agente de aduanas: persona (natural o jurídica) autorizada por el Ministerio de Finanzas, para actuar ante los órganos competentes en nombre y por cuenta de aquél que contrata sus servicios, en el trámite de una operación o actividad aduanera.
Agentes marítimos o agentes navieros: representantes legales en el país, de los vehículos que practican operaciones de tráfico internacional. Personas o entidades que en concepto de mandatarios del propietario o del armador del buque, intervienen en operaciones mercantiles relativas al transporte marítimo de personas y de mercancías.
Almacén libre de Impuestos (Duty Free Shops): establecimientos ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en los puertos o aeropuertos internacionales, que tienen por objeto el depósito de determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país o que vayan a entrar o salir del mismo, en calidad de pasajeros.
Almacenaje: derecho que se causa por guardar las mercancías en un almacén o depósito.
Almacenes generales de depósito: establecimientos que tienen por objeto la guarda y conservación de toda clase de productos y la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda.
Abandono de mercancías: Es la renuncia tácita o expresa de la propiedad de las mercancías hecha a favor del Fisco Federal por quien tiene legalmente la facultad de hacerlo, por no haber retirado las mercancías de comercio exterior del recinto fiscal o fiscalizado, en los plazos establecidos por la Ley Aduanera.
Alijo: Es el aligeramiento que se hace de una embarcación, de todo o parte de su carga.
Almacén fiscal: Locales abiertos o cerrados que se encuentran bajo potestad aduanera, destinados a la colocación temporal de las mercancías para su manejo, almacenaje, custodia, carga y descarga en tanto se les solicite su despacho aduanero.
Almacenaje: Es el derecho que se causa por la guardar de las mercancías de comercio exterior en un almacén o depósito.
Almacenamiento: Es el servicio que se presta a la carga que permanece en los lugares de depósito aduanero determinados por los particulares o las empresas.
Almacenes generales de depósito: Es la organización auxiliar de crédito que tiene por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de los bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y el otorgamiento de financiamiento con garantía de los mismos. También podrán realizar procesos de incorporación del valor agregado, así como la transformación reparación y ensamble de las mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su naturaleza.
Almoneda: Es la venta que se hace al público de mercancías para cubrir al Fisco Federal, de impuestos, derechos y demás contribuciones que se le adeuden, adjudicándolos al que ofrece un mayor precio, es decir, al mejor postor.
ALTEX Ver: Programa para el Fomento y Operación de las Empresas Altamente Exportadoras.
Amarradero: Es el espacio físico que ha sido designado para el amarre de naves.
Amarre y desamarre de nave.
Servicio que se presta a las naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un punto de amarre a otro y largarlas.
Apoderado aduanal: Es la persona física designada por otra persona física o moral para que en su nombre y representación se encargue del despacho de mercancías, siempre y cuando obtenga la autorización del SAT. El apoderado aduanal promoverá el despacho ante una sola aduana, en representación de una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por los actos de aquel.
Apoderado de almacén: Es la persona física autorizada por la SHCP y designada por la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte que cuente con autorización de depósito fiscal o Almacén General de Depósito para que en su nombre y representación
...