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Glosario De Terminos Maritimos


Enviado por   •  24 de Julio de 2013  •  4.546 Palabras (19 Páginas)  •  531 Visitas

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GLOSARIO DE TERMINOS MARITIMO - PORTUARIOS

A. DEL FLETE MARITIMO

1. Flete Básico: Es el costo de efectuar el transporte marítimo de un puerto a otro. En esta tarifa se consideran los términos de embarque que condicionan el costo final del flete básico y que son:

2. Términos Generales (Liner Terms): Es el flete del transporte de las mercancías del muelle al buque, estibarla, desestimarla y bajarla en el muelle de destino (hasta el gancho en puerto de destino).

3. Contratación FIO / FIOST (Free In and Out / Free In and Out Stowage Trimmed): En esta modalidad el naviero solo se hace cargo del transporte de la carga de un puerto a otro puerto y queda liberado de los gastos y la responsabilidad del embarque, estiba, desestiba y la descarga / trimado.

4. Contratación FILO (Free In Liner Out): Es el traslado de la mercadería de un puerto a otro puerto, así como de la desestiba y la descarga en el puerto de destino. Los gastos de embarque o estiba son por cuenta del embarcador.

5. Contratación LIFO (Liner In Free Out): Es decir que el transportista en sus tarifas solo contempla el embarque, la estiba y el transporte de un puerto a otro, siendo la desestiba y la descarga por cuenta del consignatario.

6. Flete ALL IN: Flete que incluye todas las operaciones de embarque / desembarque, estiba / desestiba, tracción hasta el terminal de almacenamiento u almacén.

B. TERMINOS Y NOMENCLATURA EN EL MANEJO DE CONTENEDORES

1. Servicio Intermodal: Es el servicio de transporte que se efectúa entre dos puntos usando dos o más medios de transporte diferentes, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el contratante de la carga.

2. Términos más usuales y contenido de dichos términos en el servicio a contenedores.

2.1. Servicio Puerta (Door): El porteador dentro del valor del flete contratado es responsable de transportar la carga desde la bodega definida por el embarcador hasta el puerto de embarque, y/o desde el puerto de descarga hasta la bodega definida por el consignatario. Adicionalmente el transportista es responsable de coordinar el movimiento del contenedor vacío en el puerto de origen, como así mismo el movimiento del contenedor vacío en destino. Todos los costos relacionados son por cuenta del transportista.

2.2. Inland Container Yard Service (ICY): El Inland Container Yard es un lugar donde el transportista recibe y entrega la carga, esto puede ser una rampa de ferrocarril, o un depósito de camiones dependiendo del lugar y la modalidad de transporte utilizada.

2.3. Servicio Puerto (PORT): La línea naviera es responsable de transportar la carga desde el puerto de embarque hasta el puerto de descarga. El usuario es responsable a su costo, de transportar la carga desde la bodega del usuario en origen, hasta el puerto de embarque, y/o desde el puerto de descarga hasta la bodega del usuario en destino. Adicionalmente, el usuario es también responsable a su costo del movimiento del contenedor vacío desde el depósito a la bodega en origen, y/o del movimiento desde la bodega al depósito en destino.

2.4. House (HOUSE): Esta condición establece que la línea naviera autoriza al usuario para que disponga del contenedor un tiempo determinado, y posteriormente devolverlo vacío al depósito definido por la línea naviera.

2.5. Pier (PIER): El contenedor no debe salir de los recintos portuarios y debe ser vaciado en el puerto.

2.6. Combinaciones: House / Pier, House / House, Pier / House, Pier / Pier.

2.7. Door / Door: El servicio Door es efectuado en origen y en destino.

2.8. Door / Port: El servicio Door es efectuado en origen y servicio Port en destino.

2.9. Door / Inland CY: El servicio Door es efectuado en origen el ICY en destino.

2.10. Port / Door: El servicio Port es efectuado en origen y el servicio Door en destino.

2.11. Port / Inland CY: El servicio Port es efectuado tanto en origen como en destino.

2.12. Port / Port: El servicio Puerto es efectuado tanto en origen como en destino.

2.13. Inland CY / Inland CY: El servicio ICY es efectuado tanto en origen como en destino.

2.14. Inland CY / Port: El servicio ICY es efectuado en origen y el servicio Port en destino.

2.15. Inland CY / Door: El servicio ICY es efectuado en origen, y el servicio Door en destino.

3. Condiciones de Llenado y Vaciado de Contenedores.-

3.1 Condición Full Container Load (FCL): Las cargas son embarcadas, estibadas y contadas en el contenedor, por cuenta y responsabilidad del usuario.

3.2 Condición Less Container Load (LCL): Las cargas son embarcadas, estibadas y contadas en el contenedor, por cuenta y responsabilidad de la línea naviera.

La operación antes descrita, se efectúa en el lugar designado por la compañía naviera.

3.3 Combinaciones: De acuerdo a lo mencionado en 3.1 y 3.2 se pueden hacer las siguientes combinaciones dependiendo si la condición de llenado o vaciado fue debidamente acordada con el embarque o consignatario.

- FCL / LCL

- LCL / FCL

- LCL / LCL

C. RECARGOS EN LOS CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE

1. En los conocimientos de embarque ALL IN que significa todo incluido, los recargos son cero (o), excluido THC y Documentación.

2. En otros conocimientos de embarque, con la finalidad de estandarizar el flete en el mercado naviero se utilizan los siguientes recargos.

2.1. Cargo por Manipuleo en Terminal / Terminal Handling Charge (THC): Corresponde al costo que aplica el terminal por el manipuleo del contenedor e incluye el movimiento gancho / terminal y viceversa (depende de la condición del flete).

2.2. Factor de Ajuste de Combustible / Bunker Adjustment Factor (BAF): Recargo en base al costo del bunker en el mercado internacional.

2.3. Factor de Ajuste Monetario / Currency Adjustment Factor (CAF): Se aplica cuando el dólar sufre variaciones en relación a otras monedas internacionales.

2.4. Recargo por Carga Peligrosa / Hazardous Cargo Surcharge (HCS): Por cargas peligrosas (IMO) va acorde a su código.

Cualquier otro costo que no tenga relación con la tarifa básica o los recargos descritos anteriormente y que cobre la agencia naviera al consignatario o al embarcador, se considera como costo administrativo.

D. Glosario de operaciones portuarias.

1. Abarloamiento: Operación de amarrar una nave a otra que se encuentra atracada a muelle o fondeada en el área de operaciones acuática del Terminal.

2. Amarre y Desamarre: Servicio que se presta a las naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un punto de amarre a otro y largarlas.

3. Apilar: Colocar en forma ordenada la carga una sobre otra en las áreas de almacenamiento.

4. Area: Superficie

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