INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE LA COMPENSACION ECONÓMICA POR RETIRO VOLUNTARIO DE LOS SERVIDORES DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA O SUS BENEFICIARIOS
Enviado por Joel Argueta • 13 de Septiembre de 2016 • Trabajo • 1.649 Palabras (7 Páginas) • 450 Visitas
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INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE LA COMPENSACION ECONÓMICA POR RETIRO VOLUNTARIO DE LOS SERVIDORES DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA O SUS BENEFICIARIOS
EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO
1. Que de conformidad a la atribución 6ª del artículo 195 de la Constitución de la República, la Corte de Cuentas de la República dictará los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones;
11. Que la Asamblea Legislativa emitió el día 31 de agosto de 1995, el Decreto Legislativo Nº. 438, que contiene la Ley de la Corte de Cuentas de la República, publicado en el Diario Oficial Nº. 176, Tomo Nº. 328 del 25 de septiembre de 1995;
111. Que el Presidente de la Corte de Cuentas de la República, emitió el día 19 de noviembre del 2007, el Decreto Nº. 106, el cual contiene el vigente Reglamento Interno de Personal de la Corte de Cuentas de la República, publicado en el Diario Oficial Nº. 223 Tomo Nº. 337 del 29 de noviembre del 2007;
- Que en_ el citado Reglamento Interno de Personal, el artículo 29 letra g) número 6, regula lo atinente al derecho que tienen los servidores de la Corte de Cuentas de la República o sus beneficiarios, de acogerse a la compensación económica por retiro voluntario;
- Que en virtud de lo anterior, se vuelve necesario emitir un instructivo que establezca y regule el procedimiento a seguir para el pago de la compensación económica por retiro voluntario.
POR TANTO,
En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, artículos 195 atribución 6ª de la Constitución de la República, 12 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República, y 29 del Reglamento Interno de Personal de la Corte de Cuentas de la República,
EMITE el siguiente:[pic 4]
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INSTRUCTIVO PARA EL PAGO DE LA COMPENSACION ECONÓMICA POR RETIRO VOLUNTARIO DE LOS SERVIDORES DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA O SUS Beneficiarios
Art. 1 OBJETO
El presente instructivo tiene por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para hacer efectiva la compensación económica por retiro voluntario; cese de funciones; incapacidad total o permanente o muerte de los funcionarios y empleados que presten o hayan prestado sus servicios a la Corte de Cuentas de
la República.
En el curso de este instructivo, la Corte de Cuentas de la República se denominará "la Corte" ó "la Institución"; a cada uno de los funcionarios y empleados que prestan o hayan prestado sus servicios en la institución se identificará de manera genérica como "el servidor público" ó "la parte interesada"; a la compensación económica por retiro voluntario, por cese en las funciones por causas no imputables al servidor público, incapacidad total o permanente o muerte, se denominará "la compensación" ; y a la Comisión Especial "la Comisión".
Art. 2 ALCANCE
Tendrán derecho a la citada compensación por una sola vez, los funcionarios y empleados que presten sus servicios a la Corte, que expresen su deseo de retirarse de la Institución; que cesaren en sus funciones por causas que no le fueren imputables; por incapacidad total o permanente; o los beneficiarios, en caso de muerte del servidor público que haya prestado sus servicios en la Corte.
Art. 3 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO
Para iniciar el trámite de la compensación, el servidor público o beneficiarios, según el caso, deberán cumplir, además de los requisitos establecidos en el número 6, letra "g", del artículo 29 del Reglamento Interno de Personal de la Corte, con lo siguiente:
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