Incentivos para mejorar la productividad
Enviado por Fabricio Rodríguez • 2 de Marzo de 2020 • Informe • 671 Palabras (3 Páginas) • 132 Visitas
- Introducción.- Actualmente algo que podría ser de una repercusión considerada, es el tema de los beneficios sociales en Bolivia, que para entrar en materia, no es nada más que indemnización por tiempo de servicios y al desahucio; sin embargo es menester llamarlo también “derechos laborales” debido al momento del fin de la relación laboral. Los pagos en este último, se realizaran dentro del finiquito que es la liquidación absoluta de las cantidades adeudadas entre la empresa y el trabajador.
Además de la indemnización y el desahucio, cabe mencionar que el trabajador también podrá percibir las vacaciones consolidadas cada año que estén en pendientes de uso, las duodécimas de vacación y de aguinaldo, los salarios devengados y otros conceptos impagos a que el trabajador tiene derecho.
Incluso sí el empleador al margen de las obligaciones legales determina gratificar voluntariamente al trabajador, no se modifica los que por ley corresponden; como cualquier pago de sueldo adicional o extralegal, para precipitar o incentivar a que el trabajador acepte terminar con el contrato, no puede pretenderse que sea considerado dentro del promedio indemnizable, a no ser que el empleador de forma libre, consciente y voluntario lo acepte.
A todo esto por jurisprudencia, esta dicho que más de tres meses de servicios ininterrumpidos, genera recién derecho a los ya mencionados beneficios sociales.
Sin embargo actualmente en caso de producirse el despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince (15) días calendario el finiquito correspondiente a sueldos devengados, indemnización y todos los derechos que correspondan: pasado el plazo indicado y para efectos de mantenimiento de valor correspondiente., el pago de dicho monto será calculado y actualizado en base a la variación de la Unidad de Fomento z la Vivienda – UFV ( Índice referencial que muestra la evolución diaria de los precios), desde la fecha de despido del trabajador asalariado hasta el día anterior a la fecha en que se realice el pago del, finiquito; en caso que el empleador incumpla su obligación en el plazo establecido, pagará multa en beneficio del trabajador consistente, en el 30% del monto del total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor(1)
Aclarado esos puntos, desde un punto de vista empresarial, no conviene a una entidad promedio, ya que generaría un gran porcentaje de pérdidas; lo cual para el presente trabajo, seria considerar para un futuro, la elaboración de un manual para pago de beneficios sociales para el correspondiente cumplimiento, desde el momento en que se retira el trabajador hasta la cobranza; sancionar a quienes y no, beneficiar quien corresponda y no.
- Antecedentes.-
1. Incentivos para mejorar la productividad
Para encontrar el origen de estos incentivos hay que remontarse a finales del siglo XIX y principios del XX.
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