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Introducción y Principios Fundamentales.


Enviado por   •  2 de Febrero de 2016  •  Ensayo  •  3.104 Palabras (13 Páginas)  •  458 Visitas

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Código de Ética.

Parte A – Aplicación General del Código.

Sección 100

Introducción y Principios Fundamentales.

Esta sección nos habla de la principal responsabilidad de un Contador Público que es servir al interés público, es decir, buscar un bien común de la sociedad y no solo las necesidades de un determinado cliente. Al servir el Contador Público deberá cumplir con lo establecido en el Código de Ética, a menos de que la Ley o Reglamento lo prohíba.

En esta sección  se muestran de forma concreta los principios fundamentales de un Contador Público, los cuales son:  

  1. Integridad: Ser leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios.
  2. Objetividad: Evitar prejuicios, conflictos de interés o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesional.
  3. Diligencia y competencia profesional: Mantener el conocimiento y habilidades profesionales  con base en los desarrollos actuales de la practica y actuar de manera diligente, de acuerdo con las técnicas  y normas profesionales aplicables.
  4. Confidencialidad: Respetar la confidencialidad de la informacion obtenida, no revelar la informacion a terceros sin autorización apropiada y especifica, ni usar la informacion para provecho personal o de terceros.
  5. Comportamiento Profesional: Cumplir con las leyes y reglamentos relevantes y evitar cualquier acción que desacredite la profesión.

 El marco conceptual del código de ética nos hace referencia de que existen muchas circunstancias que podrían representar amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales contenidos en el mismo, por lo que el marco conceptual le brinda al Contador Publico las bases para evaluar dichas amenazas e identificar si hay salvaguardas disponibles que puedan aplicarse a las mismas para eliminarlas o reducirlas a un nivel aceptable y así cumplir con los requerimientos éticos q este código demanda.

En los casos que no sea posible eliminar las amenazas ya sea porque se trate de una amenaza demasiado importante o porque no haya salvaguardas apropiadas disponibles el Contador Público deberá declinar o suspender el servicio profesional de que se trate.

A continuación se define cada una de las diferentes categorías de amenazas, las cuales son:

  • Amenaza de interés personal: Esto ocurre cuando existe un interés económico o cualquier otro que afecte el juicio profesional del Contador Público.
  • Amenaza de auto revisión: Esto es cuando el Contador Público no evalué  de forma objetiva y correcta los resultados prestados por el mismo o de otra persona dentro de la organización.
  • Amenaza de interceder por el cliente: La amenaza de que el Contador promueva la posición de un cliente o entidad para la que trabaja cuando su objetividad se comprometa.
  • Amenaza de familiaridad. La amenaza de que debido a una relación larga o cercana con un cliente o entidad para la que trabaja coincida demasiado con los intereses de estos o sea demasiado tolerante con su trabajo.
  • Amenaza de intimidación: La amenaza de que el Contador Público éste impedido para actuar de manera objetiva debido a presiones reales o percibidas.

Como se mencionó anteriormente las salvaguardas son acciones u otras medidas que pueden eliminarlas amenazas o reducirlas a un nivel aceptable, se dividen en 2 categorías:

  1. Salvaguardas creadas por  la profesión, legislación o reglamento.
  2. Salvaguardas en el entorno del trabajo.

Las salvaguardas creadas por profesión, legislación o reglamento incluyen:

  • Requisitos educacionales, de entretenimiento y de experiencia para ejercer la profesión.
  • Requisitos de educación continua.
  • Reglas del gobierno cooperativo
  • Normas profesionales.
  • Procedimientos de monitoreo por un organismo profesional.
  • Revisión externa por un tercero con poderes legales.

Las Partes A, B y C de este Código analizan las salvaguardas en el entorno del trabajo de los Contadores Públicos en la práctica independiente y en los sectores público y privado respectivamente.

El Contador Público puede ser requerido para que resuelva un conflicto, cuando se inicia un proceso formal e informal de resolución de conflicto los siguientes factores pueden ser relevantes:

  1. Hechos relevantes.
  2. Asuntos éticos involucrados.
  3. Principios fundamentales relacionados con el asunto en cuestión.
  4. Procedimientos internos establecidos.
  5. Cursos de acción alternos.

Una vez que se han considerado los factores relevantes y ponderado las consecuencias de cada posible curso de acción, el Contador Público deberá determinar el curso de acción apropiado. Si el asunto sigue sin resolverse, el Contador Público podrá consultar a otros miembros adecuados dentro de la firma u organización que lo emplea, para que lo ayuden a obtener la resolución.

SECCIÓN 110

 Integridad

El principio de integridad impone una obligación a todos los Contadores Públicos de ser leales, veraces y honrados en todas las relaciones profesionales y de negocios. La integridad también implica actitudes objetivas, justas y veraces.

El Contador Público no deberá permitirse estar asociado a relaciones e información que considere confusa, falsa o que sea causa de errores por omitir u ocultar datos o circunstancias.

Objetividad

El principio de objetividad impone una obligación a todos los Contadores Públicos de no comprometer su juicio profesional o de negocios a causa de prejuicios, conflictos de interés o influencia indebida de terceros.

Diligencia y competencia profesional

  1. Este principio nos habla de actuar de manera diligente, es decir, que cuando se preste un servicio profesional se realice de manera correcta, cuidadosa, minuciosa y oportuna utilizando las técnicas y normas profesionales aplicables.

  1. En cuanto a mantener el conocimiento y habilidades profesionales, se refiere a que el Contador  Público debe mantenerse actualizado en todo lo relacionado con el ejercicio de su profesión con el fin de prestar un servicio competente a sus clientes o entidad.

Confidencialidad

El principio de confidencialidad impone una obligación, a todos los Contadores Públicos, de abstenerse de:

  1. Revelar fuera de la firma u organización que le emplea la información confidencial obtenida como resultado de relaciones profesionales y de negocios, sin la autorización apropiada y específica, a menos que haya un derecho u obligación legal o profesional de revelarla;

  1. Usar información confidencial obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios, para su beneficio o de terceros.

El principio de comportamiento profesional impone una obligación a todos los Contadores Públicos de cumplir con las leyes y reglamentos relevantes, y evitar cualquier acción que el Contador Público conozca o deba conocer, que pueda desacreditar a la profesión.

Un claro ejemplo de lo mencionado anteriormente ocurre en la mercadotecnia y promoción que lleven a cabo los Contadores Públicos, ya que está no deberá causar mala reputación a la profesión. Los Contadores Públicos deberán ser honrados y veraces, y no:

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