ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Jurisprudencia De Ermelinda


Enviado por   •  21 de Junio de 2015  •  218 Palabras (1 Páginas)  •  180 Visitas

Artículo 208. Se prohíbe bajo pena de sanción a los conductores, realizar alguna de las siguientes acciones, mientras que el vehículo que conducen se encuentre en movimiento sobre una vía pública de circulación, por contravenir la fracción IV del artículo 177 y la fracción XV del artículo 178 de la Ley:

I. Utilizar pantallas en el tablero frontal del vehículo que no sean parte del diseño original del vehículo;

II. Leer un documento o mapa;

III. Utilizar dispositivos de comunicación móviles, aparatos de telefonía, computadoras, agendas electrónicas, radios, tabletas, sistemas de posicionamiento global; y

IV. Aquellos que expresamente dispongan las fracciones de los artículos citados

En el mismo sentido, los pasajeros tienen prohibido generar o presentar una distracción a un conductor. El individuo que viaje en el asiento del copiloto, plaza lateral delantera derecha, deberá asegurarse del cumplimiento de esta disposición.

Artículo 209. Sobre la prohibición expresada en la fracción XV del artículo 178 de la Ley, no podrá alegarse en defensa o justificación el uso de los dispositivos de manos libres con que cuenten los aparatos de telefonía móvil. El conductor deberá estacionar su vehículo y apagarlo para poder recibir o realizar una llamada telefónica o hacer uso de los dispositivos que sanciona este Reglamento.

La violación a lo dispuesto en este artículo por un conductor sólo deberá sancionarse cuando la conducta sea flagrante.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (1 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com