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LEGISLACIÓN LABORAL Y COMERCIAL


Enviado por   •  31 de Enero de 2022  •  Tarea  •  1.021 Palabras (5 Páginas)  •  172 Visitas

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DE LOS ACTOS DE COMERCIO Y LOS COMERCIANTES
Cristián Andrés Urrutia Infante

Derecho y Empresa

Instituto IACC

18-01-2022


Desarrollo

  1. Indique cómo se clasifican los actos jurídicos y ejemplifique cada uno.
    R:  
    *
    Unilateral: Son aquellos actos que dependen de una voluntad, un ejemplo sería un testament.
    * Bilateral: Se require el consentimiento de dos o más personas, un ejemplo sería los contratos.
    *
     Gratuito: Deriva ventajas o beneficios solo para una de las partes. Un ejemplo sería, con la donación
    *
     Oneroso: Deriva ventajas o beneficios para todas las partes intervinientes,
    Los actos jurídicos onerosos pueden ser conmutativos o aleatorios.
    * Principal: Cumplen de manera autónoma su finalidad jurídica, no dependen de otro acto juridico para existir, ejemplo, contrato de arrendamiento.
    * Accesorio: No pueden subsistir por si mismo, no se entiende su existencia si no, dependen de la existencia previa de otro contrato, ejemplo, contrato de garantía, fianza, prenda e hipoteca.


     2. Defina con sus palabras el concepto de bienes. 
    R: Articulo 565. Un bien son las cosas que prestan una utilidad al hombre y son susceptible de apropiación.
    Estos bienes consisten en cosas corporales y no corporables.

    Corporables. Articulo 566 (mueble e inmueble): son las que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos como casa o un libro, este ejemplo tiene su relevancia porque además de definer lo que es un bien corporal da la distinción entre bienes muebles (libro) y bienes inmuebles (casa).
    Incorporales. Artículo 576 (reales y personales): Consisten en meros derechos como las servidumbres activas y créditos, los créditos son derechos personales y las servidumbres, derechos reales, estos se definen como el que temenos sobre una cosa sin respecto a determinada persona.Podemos desglosar los derechos reales de goce y de garantia. Y los derechos personales son aquellos que solo pueden reclamarse de ciertas personas que por un hecho o una sola disposición de la ley han contraido las obligaciones corelativas según el articulo 578, los elementos de los derechos personales son un deudor, acreedor y la prestación.

    3. Describa los elementos de las obligaciones.
    R: Definamos oblogación: Vínculo jurídico en virtud del cual una parte se obliga con otra parte a una prestación. De esta definición encontraremos los elementos de las obligaciones, primero.
    Vínculo Juridico: Es la relación jurídica que liga a una persona con otra de un modo sancionado por el ordenamiento jurídico, es decir, que esta característica es un elemento inmaterial y es preopio de la naturaleza de la obligación, esto quiere decir que es es una ficción jurídica, Es el enlace o relación que se evidencia en el mundo jurídioco. Es aquello que ata, une o sujeta la voluntad de la persona.
    En Segundo punto es:
    Las Partes. Acá encontramos un sujeto activo y por otro lado un sujeto pasivo.
    El sujeto activo es el que tiene la facultad, es decir es el acreedor (crédito).
    El sujeto pasivo es el que tiene el deber, es decir el deudor (debitor).
    Las partes deben de cumplir dos requisitos, 1-deben ser personas determinadas o determinables. Personas juridicas o personas naturales 2- Existir.

    En tercero: Prestación u objeto, es:
    Es el contenido de la obligación, es aquello que le procura al acreedor la satisfacción de su interés. Es el contenido de la obligación, puede ser positive o negative.
    Si es positivo es de una obligación de Hacer (art.1610 Pretende la ejecución de un hecho cualquiera, material o jurídico) o de Dar (Art. 1605. Es la que tiene por objeto transferir el dominio o constituir un derecho real) y si es Negativo, es una obligación de No Hacer (Art 1612. Consiste en que el deudor se abstenga de un hecho que, de otro modo, le sería lícito ejecutar).

    4. Señale cómo se clasificación contratos.
    La doctrina clasificó a los contratos atendiendo a diversos criterios como requicitos, validez y cumplimiento. Un mismo contrato puede tener más de una clasificación o categoría.
    -Contratos Unilateral: Este no se clasifica desde el punto de vista de la voluntad de los contratantes, sino que la unilateralidad se implica en cuanto a la carga de obligaciones, estos implica que sólo una d las partes conlleva alguna opbligación.
    Ejemplo: Depósito Gratuito.
    -Contrato Bilateral: Es aquel que determina derechos y obligaciones para ambas partes lo que implicaría que la mayoría de los contratos corresponde a esta clasificación.

    -Contratos Onerosos y Gratuitos: Esta clasificación de los contratos se toma Partido de los provechos o gravamenes que implican cierto tipo de contrato, el cotrato gratuito implica que los provechos son para una de las partes y ek gravan para la otra. Un ejemplo: El contrato de comodato.
    Sub clasificación, Conmutativos y Aleatorios.
    *Conmutativo: Es aquel en el que los provechos y gravamenes son ciertos y conocidos por ambas partes desde la celebración del contrato.
    *Aleatorio: Los provechos y gravamenes son desconocidos en la celebración del contrato hasta que se de cierta hipótesis o condición. Ejemplo: contrato de Esperanza.

    -Contratos Reales o Consensuales:
    Reales: Es el que el contrato en si mismo puede decirce inicia su validez a raíz de la entrega de una cosa o bien, a raíz del acuerdo de voluntades.
    Consensual: Las obligaciones nacen a raíz del contrato mismo.

    -Contratos Principales y Accesorios:
    Principal: Es aquel que por si mismo existe sin ningún tipo de requisite adicional como por ejemplo el arrendamiento.
    Accesorio: Usualmente es de garantía, depende de la existencia de un contrato principal por ejemplo una hipotéca.
     5. Describa qué son los derechos reales.

R: Los derechos reales son derechos o poderíos que una persona tiene en relación a un objeto y que son oponibles a cualquier persona. Las características de los derechos reales tienen como objeto la relación entre una persona y un bien sin que esto implique una relación jurídica ya que

Estas son exclusivas entre personas y es más bien el poderío que se ejerce en la persona sobre el objeto. Otra característica, es que son oponibles a cualquier persona, estos no requieren de una intermediación para ser ejercidos, la mayoría de ellos son preferente sobre otro tipo de derecho como por ejemplo los personales, esto lo podemos ver ejemplificado en la hipoteca, que es una garantía real que se realiza afectando a un inmueble con un gravamen para garantizar el pago de una deuda.

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