LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
Enviado por nelbrivas • 8 de Abril de 2015 • Práctica o problema • 621 Palabras (3 Páginas) • 1.604 Visitas
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
TALLER NO. 1
1. ¿Qué consecuencias tiene para el ente económico el incumplimiento de las obligaciones tributarias?
• En Colombia la constitución política en su artículo 95, numeral 9 señala como Fundamento jurídico para tributar “El deber de cada persona y del ciudadano de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de los conceptos de justicia y equidad. Es decir que es violar la ley el hecho del incumplimiento y de ahí se vendría sanciones de según el tipo de incumplimiento.
2. ¿Puede un ente económico desarrollar actividades comerciales sin pagar impuestos?
• Por regla general todos los entes económicamente activos son contribuyentes del Impuesto sobre la renta. Con excepción de aquellos que la ley expresamente determine como no sujetos a dicho impuestos.
No son contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, por disposición de la ley, los siguientes sujetos jurídicos aunque sean económicamente activos
- La nación
- Los entes territoriales, tales como los departamentos, los distritos, municipios etc
- La propiedad colectiva de las comunidades negras
- Las entidades públicas, tales como superintendencias, unidades administrativas especiales, los establecimientos públicos, y demás entidades oficiales descentralizadas, siempre que la ley no las clasifique como contribuyentes de manera expresa.
- Los sindicatos, las asociaciones de padres de familia o de ex alumnos, las
sociedades de mejoras públicas, las instrucciones de educación superior reconocidas por el ICFES que sean entidades sin ánimo de lucro.
- Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen actividades de salud con permiso de funcionamiento del ministerio de la protección social, siempre que destinen la totalidad de sus excedentes a las actividades de salud, los hospitales constituidos como personas jurídicas sin ánimo de lucro y las asociaciones de alcohólicos anónimos.
- Los fondos de pensiones y fondos de cesantías.
- Las juntas de acción comunal, de defensa civil o de administración de edificios organizados en propiedades horizontal o de copropietarios de
conjuntos residenciales.
- Los partidos o movimientos políticos aprobados por el consejo nacional
electoral
- Las ligas de consumidores.35
- Los fondos de pensionados
- Las asociaciones y congregaciones religiosas, siempre que sean entidades
sin ánimo de lucro.
- Los fondos mutuos de inversión siempre que no realicen actividades industriales ni de mercado.
- Las unidades inmobiliarias cerradas reguladas por la ley 675 de 2001.
- Las asociaciones gremiales, las cajas de compensación familiar y los
fondos de empleados siempre que no realicen actividades
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