Las corporaciones y cooperativas
Enviado por mafermo • 24 de Mayo de 2013 • Informe • 564 Palabras (3 Páginas) • 328 Visitas
Sociedades Capitalistas: En estas sociedades domina el capital social. En esta clasificación se incluyen las Sociedades Anónimas y las Cooperativas.
Sociedad de Responsabilidad Limitada: tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal a las mismas.
Sociedad anónima: S. A.1 es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta el monto del capital aportado.
cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para formar una organización democrática cuya administración y gestión debe llevarse a cabo de la forma que acuerden los socios, generalmente en el contexto de la economía de mercado o la economía mixta, aunque las experiencias cooperativas se han dado también como parte complementaria de la economía planificada.
Responsabilidad de los socios: es pagar las aportaciones a la sociedad así como hacer frente a los acreedores de ellos.
Obligaciones:
• Actuar con lealtad
• soportar perdidas
• entregar a la sociedad las aportaciones principales
ARTICULO 1. LAS PERSONAS FISICAS Y LAS MORALES, ESTAN OBLIGADAS A CONTRIBUIR PARA LOS GASTOS PUBLICOS CONFORME A LAS LEYES FISCALES RESPECTIVAS. LAS DISPOSICIONES DE ESTE CODIGO SE APLICARAN EN SU DEFECTO Y SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO POR LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE MEXICO SEA PARTE. SOLO MEDIANTE LEY PODRA DESTINARSE UNA CONTRIBUCION A UN GASTO
El artículo 4º:
"Son Créditos Fiscales los que tengan derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, aprovechamientos o sus respectivos accesorios."
El Derecho Fiscal no solamente regula la obligación del contribuyente que consiste en el deber de entregar una cantidad de dinero al Estado en virtud de haber causado un tributo, sino además la facultad de exigir coercitivamente el mencionado tributo en caso de la falta del pago oportuno.
Artículo 9o.- Se consideran residentes en territorio nacional:
• Que ayan establecido su casa habitación en México.
• Q en el territorio nacional este su centro de interés vitales.
• Cuando el 50% de su ingresos estén en México.
• Que sean funcionarios del estado y su centro de interés este en el extranjero.
CONCEPTO DE DOMICILIO FISCAL:
Artículo 10.- Se considera domicilio fiscal:
I. Tratándose de personas
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