Las formas jurídicas de las empresas
Enviado por 98_lg • 15 de Febrero de 2016 • Apuntes • 4.559 Palabras (19 Páginas) • 468 Visitas
TEMA 3: LAS FORMAS JURÍDICAS DE LA EMPRESA
Introducción
Una de las decisiones fundamentales a la hora de constituir una empresa es la elección de su forma jurídica, decisión determinada por distintos elementos:
- Volumen de medios necesarios: Si es alto lo más conveniente es la constitución de una sociedad.
- Número de participantes en la idea promocional u obligados por la ley
- Riesgo patrimonial que se quiere asumir con la actividad: Conviene más elegir una fórmula que implique responsabilidad limitada. Responsabilidad limitada (sólo responden con el patrimonio empresarial aportado), nunca atentan contra tu patrimonio personal o ilimitada (de las deudas contraídas por la empresa se responde con el patrimonio empresarial y, si éste no es suficiente, también con el patrimonio personal presente y futuro).
- Tipo de actividad a ejercer: En determinados casos la normativa aplicable establece una forma concreta. Ej: Los bancos han de ser SA.
- Aspectos fiscales: Las sociedades tributan por el Impuesto de Sociedades (IS), un 30% y las empresas individuales o autónomos por el IRPF.
Tipos de empresas.
1.Sociedades mercantiles: Asociación voluntaria de personas que crean un fondo patrimonial común para colaborar en la explotación de una empresa, con ánimo de obtener un beneficio individual, participando en el reparto de las ganancias que se obtengan.
1. Empresas personalistas: Son aquellas en las que cuenta la persona del socio con independencia de la aportación económica realizada. Son: Sociedad colectiva y sociedad comanditaria simple. Los socios llevan la gestión de la empresa. Sus características más importantes son:
- La condición de socio es intransmisible.
- La responsabilidad de los socios por las deudas sociales frente a terceros es
personal e ilimitada.
- La administración de la sociedad corresponde a los socios.
- 2.Empresas no personalistas (capitalistas): Aquellas en las que cuenta la aportación económica (capital) realizada con independencia de la identidad de la persona del socio que realiza la misma. Son: sociedad comanditaria por acciones, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima. Sus características más importantes son:
- La condición de socio es transmisible.
- La responsabilidad de los socios por las deudas sociales frente a terceros está
limitada a la aportación económica realizada.
- La administración de la sociedad no tiene por qué corresponder a los socios.
2. Empresas de economía social: Su objetivo fundamental de la empresa es satisfacer las necesidades de los socios antes que la obtención de los beneficios.
Tipos de personalidad.
Personalidad física: La persona asume a título personal los derechos y obligaciones de la empresa. Es responsable de las deudas y obligaciones de la empresa.
Personalidad Jurídica: Las empresas adquieren una personalidad distinta a la de los empresarios, lo que implica que las deudas y obligaciones se limitan sólo a los bienes que la empresa tiene a su nombre.Para ello se inscriben en el registro mercantil y te dan el CIF:código de identificación fiscal.
La empresa individual: Pertenecen el empresario individual y la sociedad civil privada.
1.El empresario individual. Pertenece a la empresa individual.
Se trata de una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa de forma habitual una actividad comercial, industrial o profesional. Su forma jurídica es muy usual en el comercio minorista o incluso en servicios profesionales. Es habitual en negocios pequeños con poco riesgo y escasa inversión inicial como bares, tiendas pequeñas, electricistas, fontaneros... Los requisitos son ser mayor de edad y tener plena disponibilidad de los bienes propios, es decir, que no caiga ningún embargo sobre ellos ya que son la garantía de la empresa. Sus características son:
- Número de socios: uno.
- Responsabilidad frente a terceros: es ilimitada.
- Capital mínimo: no requiere.
- Fiscalidad: tributan por IRPF.
- Su personalidad: es física.
- Su razón social (denominación): es el nombre del titular.
- Su constitución: no precisa proceso previo de constitución y su inscripción en el registro mercantil es libre.
- Órganos de gobierno: el propietario.
2.Sociedad civil privada. Pertenece a la empresa individual.
Se basa en un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común capital con ánimo de repartir entre sí las ganancias. Los pactos entre los socios son secretos y su relación permanece oculta frente a terceros, por lo que ante ellos cada uno actúa en su nombre. Sus características son:
- Número de socios: dos o más
- Responsabilidad frente a terceros: es ilimitada.
- Capital mínimo: no requiere.
- Fiscalidad: Tributan por IRPF
- Su personalidad: es física, por ello se consideran empresas individuales aunque tenga 2 o +
- Su razón social ( denominación): Cualquiera, es decir, el nombre del propietario.
- Su constitución: mediante documento privado (pactos secretos)
- Órganos de gobierno: los socios.
Empresa sociedad: A esta pertenecen las sociedades civiles públicas, las sociedades mercantiles: personalistas que son sociedad colectiva y sociedad comanditaria simple y las no personalistas ( capitalistas ) que son sociedad comanditaria por acciones, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima y las sociedades de economía social. Poseen personalidad jurídica y deben inscribirse en el registro mercantil.
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