Levantar Inventarios Y Evaluar Sistemas De Aplicacion
Enviado por tecmileniolaguna • 7 de Abril de 2013 • 4.386 Palabras (18 Páginas) • 563 Visitas
NIF C-4 INVENTARIOS
Derivado de la convergencia con las "NIIF", el "CINIF" considero conveniente sustituir el Boletín C-4, con la NIF C-4 sobre inventarios en la que se adoptan las normas establecidas en la actual NIC-2 Inventarios, la NIF C-4 entra en vigor para ejercicios que inicien a partir del 1 de enero del 2011, comentamos los principales cambios en relación con pronunciamientos anteriores:
• Se elimina el costeo directo como un Sistema de Valuación.
• Se elimina la formula (antes método) de asignación del costo de inventario denominado Ultimas Entradas Primeras Salidas "UEPS".
• El Boletín C-4 establecía que, bajo ciertas circunstancias, el costo de los inventarios se modificara sobre la base del "costo o valor de mercado, el que sea menor, excepto que: (1) el valor de mercado no debe exceder del valor de realización y que (2) el valor de mercado no debe ser menor que el valor neto de realización". La NIF C-4 establece que esa modificación debe hacerse únicamente sobre la base del valor neto de realización.
• La NIF C-4 establece normas para la valuación de los inventarios de prestadores de servicios, las cuales no se incluían en el Boletín C-4.
• El Boletín C-4 establecía que las entidades que efectuaran desembolsos por concepto de anticipo a proveedores debían "registrarlos dentro del concepto general de inventarios en una cuenta especifica", la NIF C-4 requiere que se reconozcan como inventarios los artículos cuyos riesgos y beneficios ya se hayan transferido a la entidad; por lo tanto, debe entenderse que los pagos anticipados no forman parte de los inventarios.
NIF: Norma de Información Financiera.
NIIF: Normas Internacionales de Información Financiera.
CINIF: Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financieras.
NIC: Norma Internacional de Contabilidad.
RUBROS DE INVENTARIOS
MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES
44.7.1.1 Las materias primas y los materiales son artículos que se transforman para elaborar bienes de consumo u otros artículos que se convertirán en productos terminados o en componentes de productos de una entidad manufacturera.
PRODUCCION EN PROCESO
44.7.2.1 Por la naturaleza continua del proceso de fabricación y la necesidad de preparar información a ciertas fechas, contablemente debe efectuarse un corte de operaciones y, por tanto, los artículos que aún no estén terminados constituyen el inventario de producción en proceso y deben valuarse en proporción a los diferentes grados de avance que se tenga en cada uno de los elementos que forman su costo.
ARTICULOS TERMINADOS
44.7.3.1 Este rubro comprende aquellos artículos destinados a su venta dentro del curso normal de las operaciones de la entidad y el importe reconocido debe ser el costo de producción tratándose de industrias y el costo de compra si se trata de comercios.
ARTICULOS ENTREGADOS Y/O RECIBIDOS EN CONSIGNACION Y/O DEMOSTRACION
44.7.4.1 Las materias primas, materiales, artículos terminados y en proceso entregados a terceros en consignación y/o en demostración o a vistas para su proceso y/o venta deben formar parte de los inventarios al costo que les corresponda, pues su venta aún no se ha efectuado, ya que los riesgos y beneficios aún no se han transferido. Los artículos recibidos en consignación y/o en demostración no deben reconocerse en el estado de posición financiera.
INVENTARIOS (MERCANCIAS) EN TRANSITO
44.7.5.1 Los artículos que se adquieren y se trasladan por cualquier medio de las instalaciones del proveedor a las de la entidad adquirente, a partir del momento en que se transfieren a ésta los beneficios y riesgos inherentes a ellos deben reconocerse en el rubro de inventarios en tránsito, como parte de los inventarios. Los inventarios en tránsito pueden ser artículos terminados y/o en proceso, materias primas, materiales, etcétera. Los gastos de compra y traslado, incluyendo en su caso, gastos aduanales deben acumularse a los costos aquí reconocidos.
ANTICIPO A PROVEEDORES
44.7.6.1 Los anticipos a proveedores deben tratarse conforme a la NIF C-5, Pagos anticipados. Sólo deben reconocerse como inventarios los activos que cumplan con la definición de éstos que se incluye en el inciso h) del párrafo 30.1 de esta NIF. Cuando los proveedores transfieren a la entidad adquirente los riesgos y beneficios de los artículos que se adquieren debe reconocerse la adquisición del activo (inventario) en su totalidad como parte del rubro de inventarios.
REFACCIONES, SUMINISTROS Y HERRAMENTALES
44.7.7.1 Sólo las existencias de refacciones, suministros y herramentales que cumplan con la definición de inventarios deben incluirse en este rubro. Aquéllas que están destinadas a la producción pero no cumplen con la definición de inventarios deben tratarse conforme a la NIF C-6, Inmuebles maquinaria y equipo, y según proceda, se incorporarán al costo de producción a través de su depreciación o amortización.
METODOS DE VALUACION DE INVENTARIOS
ASPECTOS GENERALES
44.8.1.1 La determinación del costo de los inventarios debe hacerse sobre la base de alguno de los siguientes métodos de valuación: costo de adquisición, costo estándar o método de detallistas; en el caso del método de costo estándar, siempre y cuando los resultados de su aplicación se aproximen al costo real.
COSTO DE ADQUISICION
44.8.2.1 Es el importe pagado de efectivo o equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición.
COSTO ESTANDAR
44.8.3.1 El costo estándar se determina anticipadamente y en esta determinación se toman en consideración los niveles normales de utilización de materia prima, materiales, mano de obra y gastos de fabricación y la eficiencia y la utilización de la capacidad de producción instalada. Las cuotas de costo estándar se revisan periódicamente, y deben ajustarse a la luz de las circunstancias actuales.
DETALLISTA
44.8.4.1 Con el método de detallistas, los inventarios se valúan a los precios de venta de los artículos que los integran deducidos del correspondiente margen de utilidad bruta. Para efectos del método de detallistas, por margen de utilidad bruta debe entenderse el importe del precio de venta asignado a un artículo disminuido de su costo de adquisición. El porcentaje de margen de utilidad bruta se determina dividiendo la utilidad bruta entre el precio de venta.
RECONOCIMIENTO POSTERIOR
FORMULAS DE ASIGNACION DEL COSTO
ASPECTOS GENERALES
46.1.1.1 El costo unitario de los inventarios debe asignarse utilizando alguna de las siguientes fórmulas:
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