MARCO CONSTITUCIONAL 1993
Enviado por 020411 • 22 de Enero de 2014 • Informe • 203 Palabras (1 Páginas) • 232 Visitas
MARCO CONSTITUCIONAL 1993
Constitución Política del Perú - Artículo 74º
Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.
El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio.
MARCO LEGAL
Decreto Legislativo nº 771
El Sistema Tributario Nacional se encuentra comprendido por:
El Código Tributario
Los Tributos: clasificados en Impuestos, Tasas y Contribuciones
TRIBUTOS DEL GOBIERNO CENTRAL
Impuestos
Impuesto a la Renta
Impuesto General a las Ventas
Impuesto Selectivo al Consumo
Derechos Arancelarios
Régimen Único Simplificado
Impuesto de Solidaridad a favor de la Niñez Desamparada.
Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas
Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional
Impuesto a las Transacciones Financiera
Impuesto Temporal a los Activos Netos
Contribuciones
Contribución de Seguridad Social.
Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Técnico Industrial – SENATI.
Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.
Tasas
Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos
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