MODELO DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA MERCANTIL
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MODELO DE CONTESTACION DE DEMANDA MERCANTIL
EXP. NUM. 123/2004
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
MSF OPERATIONS DE MEXICO S. A DE C. V.
VS.
IMÁGENES DIAGNOSTICOS DE PUEBLA
S. A DE C. V. y OTROS
SE CONTESTA DEMANDA
CIUDADANO JUEZ DECIMOSEXTO DE LO CIVIL LOS DEL DISTRITO FEDERAL
IMÁGENES DIAGNÓSTICOS DE PUEBLA S.A DE C.V. representada en este acto por su Presidente de Administración Roberto Aguilar Orea, según consta en el instrumento notarial numero doce mil ciento cuarenta y seis de fecha veinticinco de Septiembre del año de mil novecientos noventa y nueve otorgado ante la fe del Licenciado JUAN CARLOS SALAZAR CAJICA, notario auxiliar de la notaria publica numero siete de la ciudad de Puebla, Puebla, cuya copia certificada agrego a al presente contestación de demanda como anexo uno, Roberto Aguilar Orea y Gaviria Abdala Macari por propio derecho señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el despacho marcado con el numero DOSCIENTOS DOS DE LA CALLE SINALOA DE LA COLONIA ROMA, DELEGACION CUAUHTEMOC, MEXICO DISTRITO FEDERAL, autorizando a los Licenciados en Derecho JULIO CESAR LOPEZ HERNANDEZ con cedula profesional 3291667 y MARIA EDITH GOMEZ SANDOVAL con cedula profesional numero3372794 en términos del párrafo tercero del articulo 1069 y a VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, en términos del párrafo sexto del mismo articulo, ante Usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:
Que, por medio del presente ocurso y documentales que acompañamos, estando dentro del termino que se nos concedió dentro de la resolución de fecha trece de Febrero del año dos mil cuatro con fundamento en lo preceptuado por el articulo 1075 del Código de Comercio vigente, venimos a dar formal contestación a la demanda instaurada en contra de IMÁGENES DIAGNOSTICOS DE PUEBLA S. A DE C. V., Roberto Aguilar Orea y Gaviria Abdala Macari, y a oponernos al embargo trabado por el ciudadano Diligenciario par adscrito a Honorable juzgado Cuarto de lo Civil de los de la ciudad de Puebla, en los siguientes términos:
P R E S T A C I O N E S:
A).- Es falso que los suscritos deban a la actora la cantidad de USD $194,947.52 (CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL DOLARES CINCUENTA Y DOS CENTAVOS MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS) o su equivalente en moneda nacional conforme al tipo de cambio vigente en la época del pago, por concepto de suerte principal tal y como lo aduce la actora.
B).- Negamos que la actora tenga derecho a reclamar el pago de los intereses ordinarios tal y como lo pretende en su escrito inicial de demanda y en especifico en el inciso correspondiente que se contesta.
C).- Negamos que la actora tenga derecho a cobrar los intereses moratorios a partir de la fecha que señala y en los términos que consigna.
D).- Negamos que la actora tenga derecho a cobrar los gastos y costas que se originen por la tramitación del presente juicio.
H E C H O S:
1.- Es cierto el punto que se contesta por estar consignado en el pagare base de la acción que se intenta.
2.- Es cierto el punto que se contesta.
3.- Es falso lo que aduce la actora toda vez que tal y como lo demuestro con las documentales que para tal efecto anexo, MSF Operations a recibido pagos relativos a los adeudos que reclama, siendo los siguientes:
A).- La factura numero novecientos trece de fecha veintiuno de Octubre del año dos mil dos, cuenta numero 111-0470067-802, por concepto de primer pago de intereses con la leyenda Octubre del dos mil tres, por la cantidad de USD $10,200.00 (DIEZ MIL DOSCIENTOS DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), mas la cantidad de USD $1,530.00 (UN MIL QUINIENTOS TREINTA DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), dando como resultado la cantidad de USD $11,730.00 (ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA DOLARES CERO CENTAVOS MONDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS), emitida por MSF Operations de México S. A de C. V., a favor de Imágenes Diagnósticos de Puebla S. A de C. V, documental que anexo.
B).- La factura mil cuatrocientos treinta y siete de fecha treinta de Mayo del año dos mil tres, cuenta numero 150-0470067-802, por concepto de primer pago de intereses correspondientes al pago numero uno de dieciocho, con la leyenda Enero del dos mil tres, por la cantidad de USD $5,100.00 (CINCO MIL CIEN DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), mas la cantidad de USD $765.00 (SETECIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), dando como resultado la cantidad de USD $5,865.00 (CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO DOLARES CERO CENTAVOS MONDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS), emitida por MSF Operations de México S. A de C. V., a favor de Imágenes Diagnósticos S. A de C. V., documental que anexo.
C).- La factura mil cuatrocientos treinta y ocho de fecha treinta de Mayo del año dos mil tres, cuenta numero 150-0470067-802, por concepto de segundo pago de intereses correspondientes al pago numero dos de dieciocho, con la leyenda Abril del dos mil tres, por la cantidad de USD $4,816.67 (CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS DOLARES SESENTA Y SIETE CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), mas la cantidad de USD $722.50 (SETECIENTOS VEINTIDOS DOLARES CINCUENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), dando como resultado la cantidad de USD $5,539.17 (CINCO QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE DOLARES DIECISIETE CENTAVOS MONDA NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS), emitida por MSF Operations de México S. A de C. V., a favor de Imágenes Diagnósticos S. A de C. V., documental que anexo.
E X C E P C I O N E S:
1.- LA DE PAGO PARCIAL.- Lo anterior con base en lo preceptuado por el artículo 8º de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que dice a la letra: contra las acciones derivadas de un titulo de crédito solo pueden oponerse las siguientes excepciones y defensas:
VIII.- Las que se basen en la quita o pago parcial que consten en el texto mismo del documento, o en el depósito del importe de la letra en el caso del articulo 132.
XI.- Las personales que tenga el demandado contra el actor.
En el presente caso se actualiza dicho presupuesto dado que la actora a recibido las cantidades ya mencionadas en el punto tres de hechos de la
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